PROYECTO LUDOTECA MÓVIL
Miguel FrancoEnsayo9 de Agosto de 2018
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PROYECTO
LUDOTECA MÓVIL
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NORMALIZACION Y ESTANDARIZACION
INTEGRANTES:
Pedro Pérez Montoya
Torres Tovar Luis Armando
Franco Reyna Miguel Angel
Contenido
1. ACTA CONSTITUTIVA 4
4. APERTURA DE CUENTA BANCARIA FISCAL 7
5.- REGISTRO EN EL IMPI 8
DOCUMENTOS NECESARIOS 8
6. Reglamento Interno (Ludoteca) 8
Condiciones de admisión 8
Documentación requerida 8
Horario de trabajo 9
Horas extra y trabajo nocturno 9
Vacaciones 9
Permisos 10
Salarios 10
Servicio médico 10
Prescripciones de orden 10
Orden jerárquico 10
Obligaciones de la empresa 11
Obligaciones del empleado 11
Reclamos 11
7.-Actividades 11
Autobús Volvo 8300 12
Normas de área de trabajo: 14
PAREDES. 14
PISOS. 15
Escaleras. 15
RAMPAS . 16
LAYOUT 17
CESTO DE BASURA 19
PANEL DE YESO 19
INSTALACIONES ELECTRICAS, HIDRAULICAS Y SANITARIAS 20
SISTEMA ELÉCTRICO 21
INSTALACIÓN AGUA POTABLE Y SANITARIA 21
ILUMINACION 21
RUIDO 23
TRANSICIONES DE ENTRADA Y SALIDA. 23
TEMPERATURA 23
EXTINTORES 24
DESECHOS DE BASURA 26
SEÑALIZACIÓN 26
ESPECIFICACIONES EN LOS SEÑALAMIENTOS: 28
FORMAS Y DIMENSIONES DE LOS SEÑALAMIENTOS: 28
POR DONDE CIRCULAR 29
DONDE ESTACIONAR 29
REFERENCIAS 30
1. ACTA CONSTITUTIVA
NOTARIO Presentarse a pedir cita.
Se llena una hoja donde se anota el nombre de la empresa, el régimen de capital (dependiendo a que se vaya a dedicar la empresa), nombre de los socios, cuánto fue el porcentaje que aportaron a la sociedad (puede ser acciones o monto de dinero)
Nota: Mínimo son dos socios por acta constitutiva.
Debe haber un representante legal que será el presidente y los demás son socios o accionistas, puede haber tesoreros y estos pueden no tener facultades como administración la empresa (solo se mencionan por requisito y es opcional)
Ya que se llenó la hoja, la Secretaría de Economía se encarga de avisar a la notaría si el nombre de la empresa está disponible, una vez que está disponible el nombre avisan en un periodo mínimo de 15 días a la notaría, la notaria cita a todos los integrantes de la empresa con los documentos siguientes:
Original:
RFC (constancia emitida por el SAT)
Comprobante de domicilio de todos los socios o todos los integrantes de la empresa
Acta de nacimiento
INE
Copias:
INE
CURP
NOTA: Los documentos se escanean y se quedan con acta de nacimiento en original, comprobantes de domicilio en original, RFC, copia del CURP y copia del INE.
Los socios o integrantes de la empresa deben estar presentes cuando se constituye la empresa.
Nota: Una SAS (Sociedad por Acciones Simplificadas) para el cálculo de los impuestos se determina en base al estímulo de acumulación de ingresos, es decir la empresa no podrá rebasar más de 5 millones al año, el representante legal no puede formar parte de otra empresa ni tampoco ser socio de otra empresa, las SAS son constituidas principalmente por empresas pequeñas que no generan mucho ingreso y puede estar formada por una sola persona.
En una SAS no se presenta la declaración de la DIOT (Declaración Informativa para Operaciones con Terceros).
A diferencia de una empresa constituida ante un notario o corredor público que tienen la opción de elegir si el cálculo de sus impuestos será por estímulo de acumulación de ingreso o por coeficiente de utilidad, el coeficiente de utilidad son las que principalmente (aunque no necesario) si rebasan más de 5 millones al año, los socios y el representante legal puede ser parte de otra empresa, se presenta la DIOT y en ambas se presentan declaraciones mensuales a más tardar el 17 de cada mes a partir de donde el notario, corredor público o en la SAS se da fe.
Pedir permiso de uso de suelo.
Se explicará cómo se lleva a cabo el trámite ante el SAT una empresa que es constituida ante un notario o corredor público y cuáles son los requisitos.
Se explicarán cada uno de los trámites a seguir para hacer una empresa.
Tipo de sociedad ideal Ludoteca móvil, sociedad anónima de capital variable (S.A. de C.V.), con fines de lucro.
2. ALTA EN EL SAT
Documentación requerida
Cita de inscripción de persona moral
Acta constitutiva en original y copia (Si es copia certificada por el notario, porque está en trámite la original, llevar la hoja donde el notario da fe que el acta constitutiva original está en trámite)
Identificación original y copia (IFE, licencia de conducir, pasaporte o cedula profesional, las identificaciones antes mencionadas deben estar vigentes)
Comprobante de domicilio a nombre de uno de los socios (Servicios de luz, agua, teléfono, predial, contrato de comodato, contrato de arrendamiento con copia de alguna identificación del arrendatario y del arrendador previamente suscrito en el SAT con actividad de arrendamiento, estado de cuenta a nombre de uno de los socios que asistan a la cita, cualquiera de estos comprobantes no mayor a 4 o 3 meses) Actividades requeridas en el marco del trámite
El trámite se realiza únicamente con el socio o representante legal que vaya a dar de alta la persona moral, ya que la información es confidencial y personal.
Se checa en el acta constitutiva la denominación o razón social (Nombre de la empresa), el régimen de capital (Tipo de sociedad)
Se revisa que tiene por objeto (A qué se va a dedicar) la sociedad, que actividad tiene como principal y si tendrá participación del extranjero o no.
Se cerciora que las cláusulas transitorias donde se explica cuántas acciones o porcentaje tiene el capital social para cada uno de los socios o accionistas de la empresa, en esta parte se desglosan cuantos socios o acciones son y qué facultades consignadas se les otorgan, se menciona el artículo de los estatutos social donde se les otorga el poder para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio. (Es obligatorio que tenga actos de administración) para poder realizar el trámite.
Se Inspecciona la parte donde el notario certifica y da fe, se menciona que, leída y explicada la escritura a los comparecientes, manifestaron su conformidad para ser firmada un día, mes y año, a partir de esa fecha queda inscrita la persona moral para presentar declaraciones antes del 17 del mes siguiente de su inscripción.
Se checa que todos los socios o accionistas de la empresa estén inscritos como activos en el SAT y que el RFC y nombre manifestado en el acta estén correctos (En caso de que en el acta no se mencionan los RFC de los socios o accionistas de la empresa, se realiza un escrito libre donde el representante legal de la empresa de fe de que los RFC de los socios son los que se manifiesta en su escrito libre)
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