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Para Estudiar El Libro De Garcia Maynez


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2014  •  5.210 Palabras (21 Páginas)  •  374 Visitas

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Material de Estudio Teoría General del Derecho

*Definiciones y autores del Capitulo 1; “Conceptos de Norma y Ley natura”.

GenusProximun: Es la determinación del carácter normativo o enunciativo de sus preceptos.

Norma: Reglas que tienen carácter obligatorio o son atributivas de facultades.

La palabra norma se divide en dos sentidos, un amplio (lato sensu) y otro estricto (stricto sensu).

 Lato sensu: aplícase a toda regla de comportamiento, obligatorio o no.

 Stricto sensu: correspondiente a la que impone deberes o confiere derechos.

Reglas técnicas: reglas cuyo cumplimiento es potestativo.

Formula de Helmhotz: A determinadas condiciones, que en cierto respecto son iguales, se hallan siempre unidas determinadas consecuencias, que en otro cierto respecto también son iguales.

Ley Natural: Es un juicio que expresa relaciones constantes entre fenómenos.

Leyes estadísticas: Son leyes en sentido impropio, por su mismo carácter contingente.

Imperativo eficaz: Tiene facticidad o positividad, cuando es acatado por los sujetos a quienes se dirigen.

Obligado: La persona que debe realizar (u omitir) la conducta ordenada (o prohibida) por el precepto.

El Deber según Kant: la necesidad de acción por un respeto a la ley.

Jorge Simmel: Tanto el ser como el deber ser, son categorías primarias.

Kant divide los juicios Normativos en:

Categóricos: Pueden ser positivos o negativos, es decir, mandatos o prohibiciones, ordenan si condición.

 Imperativos categóricos: son aquellos que mandan una acción por sí misma, como objetivamente necesaria.

Hipotéticos: Los que perciben una conducta como medio para logro de determinado fin.

 Imperativos hipotéticos: los principios de la habilidad, o reglas técnicas, y los consejos de la sagacidad, o imperativos pragmáticos.

Según Nicolai Hartmann, existen tres momentos diversos en el planteamiento y realización de los fines: Elección del fin, selección de los medios, la realización.

Una norma estatuye: un deber condicionado cuando hace depender la existencia de éste la realización de ciertos supuestos.

Supuesto normativo: es la hipótesis de cuya realización depende el nacimientos del deber estatuido por la norma.

Definiciones y autoresdel Capitulo 2; “Moral y Derecho”.

León Petrasizky: Los preceptos del derecho son normas imperativo-atributivas; las de la moral son puramente imperativas. Las primeras imponen deberes y, conceden facultades; las segundas imponen deberes, mas no conceden derechos.

Definiciones y autores del Capitulo 3; “El derecho y los convencionalismos sociales”.

Radbruch: Los usos representan una etapa embrionaria de las normas del derecho, o bien una degeneración de éstas.

R. Stammler: Las normas del derecho y los convencionalismos sociales deben ser distinguidos, atendiendo a su diverso grado de pretensión de validez.

Definiciones y autores del Capitulo 4; “Principales acepciones a la palabra derecho”.

Derecho objetivo: conjunto de normas que imponen deberes y conceden facultades.

Derecho subjetivo: La autorización concedida al pretensor por el precepto.

Derecho vigente: Conjunto de normas imperativo-atributivas que en una cierta época y un país determinado la autoridad política declara obligatorias. Integrado por: Reglas de origen consuetudinario que el poder público reconoce, como los preceptos de la formula

Teoría romano-canónica: Para que surja la costumbre es indispensable que una práctica social más o menos constante, se halle unida la convicción de que una dicha práctica es obligatoria.

Vigencia: El sello que el Estado imprime a las reglas jurídicas consuetudinarias, jurisprudenciales o legislativas sancionadas por él.

Positividad: Estriba en la observancia de cualquier precepto, vigente o no vigente.

Derecho positivo: La costumbre no aceptada por la autoridad política.

Perdida de la vigencia: Indispensable que otra ulterior la abrogue o derogue, ya de manera expresa, ya en forma presunta.

Abrogar: Quitar la fuerza de la ley en todas sus partes.

Derogar: abolir la ley sólo de sus preceptos.

Derecho natural: Problema muy debatido por los juristas, suele darse a un orden intrínsecamente justo, que existe a lado o por encima del positivo.

Positivismo jurídico: El derecho que efectivamente se cumple en una determinada sociedad y una cierta época.

1) Derecho formalmente valido, sin positividad ni valor intrínseco.

2) D. intrínsecamente valido, con validez formal pero carente de positividad.

3) d. intrínsecamente valido, no reconocido por la autoridad y desprovisto de eficacia.

4) d. formalmente valido, sin valor intrínseco, pero provisto de factidad.

5) d. positivo, formal e intrínsecamente valido.

6) derecho intrínsecamente valido, positivo, pero sin validez formal.

7) derecho positivo, sin vigencia formal ni validez intrínseca.

Definiciones y autores capitulo 5; “Las fuentes formales del orden jurídico”.

Fuentes del derecho: Son 3, las fuentes formales, las reales y las históricas.

 Fuente formal: Son los procesos de creación de las normas jurídicas.

 Fuentes reales: Son los factores y elementos que determinan el contenido de tales normas.

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