ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Principio De Igualdad


Enviado por   •  4 de Marzo de 2015  •  743 Palabras (3 Páginas)  •  201 Visitas

Página 1 de 3

Principio de igualdad

Principio general del derecho que propugna la igualdad de trato de las personas de manera que ante situaciones iguales se otorgue el mismo trato y en situaciones desiguales se favorezca un trato distinto a las personas. La igualdad puede ser vista desde un punto de vista formal en la regulación de las diferentes cuestiones en las leyes (igualdad en la ley), así como desde un punto de vista material en la aplicación de las mismas (igualdad en la aplicación de la ley). En este sentido, los arts. 9.1 y 14 CE. La contrapartida es la igualdad como derecho subjetivo, que implica la prohibición de cualquier tipo de discriminación. La CE recoge distintas manifestaciones de este principio, como son el art. 23.2, igualdad en el acceso y funciones y cargos públicos; art. 31.1 en relación con el sistema tributario; art. 32.1, igualdad jurídica plena del hombre y la mujer en el matrimonio; art. 39.2 igualdad de los hijos ante la ley; art. 139.1 igualdad de derechos y obligaciones. La igualdad también es concebida como un valor superior del ordenamiento jurídico en el art. 1 de la Constitución Española.

CE, arts. 1, 9.1, 14; Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

(2) Principio de igualdad [DF] Principio del Derecho tributario por el que todos son iguales a la hora de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos, sin privilegios ni tratos diferenciados. Este principio supone iguales aportaciones por los iguales, y desiguales aportaciones por desiguales; no obstante, «en la práctica se reduce al principio de capacidad contributiva» (Smith). ga CE, art. 31.1.

Derecho de las Comunidades Europeas

Los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas contienen desde su redacción originaria algunos artículos que son expresión concreta de este principio. Así el art. 12 (a. art. 6) T.C.E. prohibe cualquier discriminación por razón de nacionalidad (el Derecho derivado ha hecho aplicación de esta prohibición en materias como la libre circulación de trabajadores y la apertura de los mercados públicos) y el art. 141 (a. art. 119) T.C.E. establece el criterio de la igualdad de retribución entre hombres y mujeres.

El T.J.C.E., por su parte, sostiene desde su sentencia Quellmehl (asuntos 117/76 y 16/77) que el principio de igualdad es un principio general del Derecho comunitario, de modo que las específicas prohibiciones previstas expresamente en los Tratados no son sino un desarrollo particular de aquél principio. El T.J.C.E. ha recurrido en sus sentencias a este principio general sobre todo en su vertiente formal de igualdad en la aplicación del Derecho, según el cual no se deben dar diverso tratamiento a situaciones iguales ni tratar igual situaciones diversas. El T.J.C.E. ha prestado atención particular

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4.8 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com