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Ensayo Sobre El Principio De Igualdad


Enviado por   •  11 de Junio de 2014  •  8.363 Palabras (34 Páginas)  •  617 Visitas

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ENSAYO SOBRE EL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO

RESUMEN:

Se desarrolla desde una perspectiva jurídica, la diferenciación del concepto y concepciones de la igualdad, el criterio de relevancia aplicable y las dimensiones de la igualdad. Tratando de establecer la forma como el Estado Constitucional Peruano ha desarrollado el mismo a través de las sentencias del Tribunal Constitucional Peruano.

Palabras Clave: Igualdad, concepto, concepciones, criterio relevante de comparación, igualdad material, igualdad formal, valor, principio, derecho fundamental, derecho-principio constitucional.

ABSTRACT

It develops from a legal perspective, the differentiation of the concept and conceptions of equality, applicable criteria of relevance and dimensions of equality. Trying to establish how the Peruvian Constitutional State has developed the same through the Peruvian Constitutional Court rulings.

Keywords: Equality, concept, conception, relevant criteria of comparison, material equality, formal equality, courage, principle, fundamental right, right-constitutional principle.

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo corresponde a inquietudes que surgieron al momento de cursar la Maestría en Derecho Constitucional y Derechos Humanos en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en el período 2008/2009, siendo que implicó un gran desafío para mi abordar estos temas, pues a priori se sabe que el estudio de la igualdad es muy complejo, sólo pensar el estudiar el alcance del principio de igualdad en el Estado Constitucional deviene en imposible para una persona, por lo cual el presente trabajo sólo es un vértice de tan amplio tema.

La igualdad se puede estudiar en diversos campos y desde diversas perspectivas, siendo mi objetivo analizar solo a nivel jurídico y ver el estado de cuestión en cuanto al desarrollo del concepto de la igualdad en el Estado Constitucional de Derecho, utilizando como herramienta metodológica la Jurisprudencia más relevante del Tribunal Constitucional Peruano.

Ello se ha hecho en el presente trabajo sin desligarse de la exigencia constante de la vida colectiva, que ha variado la igualdad en cuanto a su significación, contenido y relevancia social a lo largo del proceso histórico. Así, se com­prueba que en distintas épocas se ha dado preeminencia a diferentes aspec­tos de la igualdad al conectarse esta idea con exigencias religiosas, políti­cas, jurídicas, raciales o socioeconómicas.

En cuanto al contenido, en el presente trabajo en primer orden se ha desarrollado la diferencia entre concepto y concepciones de la igualdad, y su relación con la identidad, semejanza y diferencia. Luego se analizó el criterio relevante de comparación y su relación con la moral, pues pueden haber igualdades injustas que deben combatirse. En la segunda parte se desarrolló las dimensiones de la igualdad, para evitar confusiones de términos entre aplicación de la ley, en la ley, ante la ley, entre otros. Finalmente, se expuso el estado de la cuestión en cuanto a lo que ha manifestado el Tribunal Constitucional Peruano en cuanto al derecho-principio.

Otro objetivo del presente ensayo y que se plantea al final en forma de preguntas, es indicar los nuevos horizontes teóricos de la igualdad a fin de promover nuevos trabajos, esperando que les sirva el mío. Como se indica en una de las conclusiones, es importante el tema para poder proteger mejor los derechos fundamentales.

1. EL CONCEPTO DE IGUALDAD

CONCEPTO Y CONCEPCIONES

Rawls planteó en A Theory of Justice o Teoría de la Justicia, una distinción entre concepto y concepciones, como se sabe con gran impacto, usando como concepto referente el de Justicia, siendo que esta diferenciación puede ser usada con el principio de la igualdad, pues los planteamientos de Rawls son una herramienta teórica para poder encontrar un concepto único o universal de donde derivan las concepciones de la igualdad. Veamos.

Rawls ofrece una concepción de la justicia sin preocuparse por su concepto de justicia, presuponiendo que a partir de un concepto único existen varias concepciones distintas de la justicia. Pero esta diferenciación la hace en dos ámbitos que paso a explicar.

En principio, el concepto de Justicia que plantea es el más abstracto y común a las distintas concepciones, planteando que para él parece natural que el concepto de justicia distinga las diversas concepciones de la Justicia y que se especifica por el papel que tienen en común estos diferentes conjuntos de principios, estas diferentes concepciones.

Entonces el concepto de Justicia configuraría una idea común a todos los seres humanos, la idea en la que todos podemos estar de acuerdo, mientras tanto las distintas concepciones discreparían sobre el alcance y la interpretación de tales nociones.

Lo que Rawls propone aquí es defender una determinada interpretación del contenido de la Justicia o si se quiere unos determinados principios de Justicia. Pero indica que también en las concepciones de la Justicia debe darse alguna medida de acuerdo como “prerrequisito para una comunidad humana viable”1.

El otro ámbito que da a entender Rawls a la hora de distinguir concepto y concepciones, es que el concepto suministra una descripción de significados ordinarios, usuales en una determinada comunidad jurídica, en cambio, la concepción amplía este significado ordinario que normalmente va a requerir una justificación, además de una interpretación.

Estos dos ámbitos, aspectos o criterios, sorprendentemente, son independientes en su aplicación, siendo que uno muestra una relación de abstracción – concreción, referente al contenido y la otra es más metodológica y está vinculada a justificar (argumentar) e interpretar los contenidos de las concepciones.

Dworkin también adopta una distinción entre concepto y concepciones y también caracteriza dos formas de considerar la misma.

En la primera se refiere también a una distinción por contenido igual que Rawls, pero la formula como un contraste entre ideas en distintos niveles de abstracción, haciendo la símil de un árbol, coincidiendo solamente con Rawls en que el concepto sería el “tronco o elemento común o más abstracto del que surgen diferentes ramas o interpretaciones que, como concepciones, concretan alguno de los diferentes significados posibles de aquel”2.

La segunda caracterización o distinción se refiere también al contraste de criterios de función

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