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Principio de legalidad como garantía de seguridad jurídica


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2015  •  Ensayos  •  1.383 Palabras (6 Páginas)  •  180 Visitas

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Principio de legalidad como garantía de seguridad jurídica

De acuerdo con la suprema corte de justicia de la nación, la seguridad jurídica “es la certeza que debe tener el gobernado de que su persona, su  familia, sus posesiones o sus derechos serán respetados por la autoridad, pero si esta debe producir una afectación en ellos, deberá ajustarse a los procedimientos previamente establecidos en la constitución y en las leyes secundarias

Causa del surgimiento de las garantías de seguridad

Debido a que el estado, al hacer uso del poder de imperio con el que cuenta cuando realiza cualquier acto de autoridad través de sus diferentes órganos de alguna manera u otra afecta la esfera jurídica del gobernado.

Es por eso que el gobernado debe contar con alguna certeza de que el estado deberá apegarse a diversos lineamientos que legitimen su actuar  

Garantías de seguridad jurídica

El conjunto general de condiciones, requisitos elementos o circunstancias previas a que debe sujetarse una cierta actividad estatal autoritaria para generar una afectación valida de diferente índole en la esfera del gobernado

Derechos subjetivos públicos a favor de los gobernados,  que pueden ser oponibles a los órganos estatales a fin de exigirles que se sujeten a un conjunto de requisitos previos a la comisión de actos que pudieran afectar la esfera jurídica de los individuos para que estos no caigan en la indefensión o la incertidumbre jurídica lo que hace posible la pervivencia de condiciones de igualdad y libertad para todos los sujetos de derechos y obligaciones

La garantía de legalidad consiste en que las autoridades del estado solo pueden actuar cuando la ley se lo permite y en término que dicha ley determine.

Molestia al gobernado como acto de autoridad  

Por acto de molestia se debe considerar toda afectación que se haga a la esfera jurídica del gobernado. La jurisprudencia define a estos actos como aquellos que solo restringen de manera provisional o preventiva un derecho con el objeto de proteger determinados bienes jurídicos.

De la misma forma en la última parte del artículo 16 párrafo 1.

Requisitos para que los mencionados actos de molestia puedan ser considerados como constitucionales

 y por ende legales ¿?????????????????????????????????????????????????????

  • Que sea por escrito
  • Que provenga de la autoridad competente
  • Que funde y motive la causa legal del acto de molestia

Bienes jurídicos tutelados

  • La persona
  • La familia
  • El domicilio
  • Los papeles
  • Las posesiones

Competencia constitucional

Implica la atribución de un órgano o entre en concreto de la potestad de regular determinadas materias o de dictar cierto tipo de normas con exclusión de los demás

Mandamiento por escrito de la autoridad competente fundamentación y motivación

Escrito

Es de vital importancia este requisito ya que al constar por escrito, se puede comprobar la existencia del acto y así el gobernado pueda conocer exactamente el contenido del acto, que se encuentra debidamente fundado y motivado el alcance legal del mismo, y la autoridad que emite.

Ovalle favela añade

Firma autógrafa de la autoridad que emite el acto de molestia.

Tesis del tribunal colegiado del noveno circuito

 Añade que la firma consiste en asentar al pie de una resolución o acto estricto de autoridad el nombre y el apellido de la persona que la expide en la forma legible o no en la que acostumbra hacerlo, con  el propósito de dar autenticidad y firmeza a la resolución así como aceptar la responsabilidad que deriva de la emisión del mandamiento

Es por ello que la firma en una resolución, para que tenga validez a la luz de la constitución  general de la república debe ser autógrafa

En caso de que se omita la firma se daría una violación a las garantías del gobernado y se podrá alegar la inconstitucionalidad del mediante juicio de amparo. Por otra parte y a contrario sensu se puede considerar que si un acto de molestia deriva de un mandamiento verbal, es violatorio de lo dispuesto por esta garantía y por lo tanto inconstitucional.

Que provenga de la autoridad competente

Se refiere a que la autoridad que emite el acto de molestia debe estar habilitada constitucional o legalmente y que dentro de sus facultades se encuentre la atribución de emitir los mencionados actos de molestia

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