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Propuesta contenido inicial plan de comunicaciones


Enviado por   •  5 de Julio de 2021  •  Apuntes  •  334 Palabras (2 Páginas)  •  55 Visitas

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Propuesta contenido inicial plan de comunicaciones.

CARTILLA COMUNICACIONAL 1

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA,

¿Qué es? Equipo asesor de la máxima autoridad en temas relativos a gobiernos, gestión de riesgos y control. Es una actividad independiente y objetiva.

¿Qué hace?

  • Proporciona servicios de aseguramiento y consultoría.
  • Agrega valor y mejora las operaciones del Slep Atacama.
  • Contribuye al logro de los objetivos estratégicos, tácticos y operativos del Slep Atacama.
  • Aporta un enfoque sistemático y disciplinado en la evaluación y mejoramiento de los procesos, su gobernanza, la gestión de riesgos e idoneidad de los controles en el Servicio.

Propósito:

  • Promover la ética y los valores apropiados dentro del Slep Atacama.
  • Promover los principios de la función pública, como: el uso adecuado de los recursos, la eficiencia, eficacia, probidad, responsabilidad, coordinación, control y economía del desempeño del Slep Atacama.

Valores:

  • Ética
  • Respeto
  • Impecabilidad
  • Urgencia
  • Servicio

CARTILLA COMUNICACIONAL 2

Ley de Lobby y comisiones evaluadoras.

  • Los integrantes de la Comisión Evaluadora constituida bajo la normativa de compras públicas, se consideran sujetos pasivos de la Ley del Lobby (N°20.730), independientemente de su calidad de contratación.
  • Un sujeto pasivo, para efectos de la Ley del Lobby, podría ser definido como aquel sujeto que, en ejercicio de sus funciones, puede adoptar decisiones y acciones que impliquen, en el caso de licitaciones, la celebración de contratos con un organismo público, afectando intereses particulares.
  •  La calidad de sujeto pasivo es temporal y transitoria sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integre la mencionada Comisión.
  • El asesor de una comisión evaluadora, así como otros funcionarios de la institución que estén relacionados con el proceso licitatorio (persona que elaboró las bases, asesor jurídico, etc.) no son considerados sujetos pasivos (Ley del Lobby) por no ser integrantes de la Comisión designada.
  • Los miembros de las comisiones evaluadoras deben ser publicados en Plataforma Ley de Lobby. La no publicación implica multas entre 10 y 30 Utm
  • La responsabilidad de verificar la publicación en Plataforma Ley de Lobby recaen en el funcionario miembro de dicha comisión.

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