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Proyecto de las dependencias y funciones de la Direccion general de Trabajo

Neu CurtissEnsayo11 de Febrero de 2018

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Índice

Caratula………………………………………………………………………………...1

Índice……………………………………………………………………………………2

Introducción…………………………………………………………………………….3

Misión…………………………………………………………………………………...4

Visión…………………………………………………………………………………...5

Objetivo…………………………………………………………………………………6

Resumen……………………………………………………………………………..7,8

Funciones………………………………………………………………………...…9,10

Dependencias…………………………………………………………11,12,13, 14,15

Registro Laboral, Departamento de salarios, Protección al Trabajador……16,17

Conclusión……………………………………………………………………..18,19,20

Bibliografía…………………………………………………………………………….21

Introducción.

El ministerio de trabajo es la institución del estado encargada de velar por el cumplimento de los derechos laborales, así como la aplicación de la legislación laboral vigente y los tratados y convenios  internacionales en la materia, como institución pública persigue una cultura de auto cumplimiento de la legislación laboral, con el fin de que colaboradores y empleadores respeten las leyes convenios, pactos colectivos y reglamentos que normen las condiciones de trabajo, entre sus dependencia se encuentra el departamento nacional del salario el cual se encarga de facilitar  a  patronos  y empleadores   el cumplimiento de la legislación laboral, con énfasis en la habilitación  de  libros  y formas para las operaciones del pago de salarios, el departamento del registro laboral dotada de fe pública, con el objetivo de perpetuar, garantizar y certificar los actos, asuntos y resoluciones de índole laboral susceptibles de inscripción, también lleva el registro sistemático de pactos colectivos de condiciones de trabajo, contratos individuales de trabajo, convenios colectivos de trabajo y reglamentos interiores de trabajo, el departamento de protección al trabajador es el encargado de velar por la equidad en las relaciones laborales.

   

Misión

Velar por la estricta observancia de las leyes y reglamentos de trabajo y previsión social, está obligada a promover la sustanciación y finalización de los procedimientos por faltas de trabajo que denuncien los inspectores de trabajo y trabajadores sociales y procurar por la aplicación de las sanciones correspondientes, a los infractores. Con base a las políticas sociales y económicas, dirigir, las acciones del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Visión

Desarrollar las funciones para las cuales fue creada la Inspección. Integrarse a la política y proceso de descentralización y desconcentración administrativa del sector público. Velar porque en el ámbito productivo, se establezca y fije la equidad y las buenas relaciones de producción, en un ambiente de apoyo mutuo y digno entre patronos y trabajadores Contribuir a Contar en el corto plazo, de manera permanente con un Ministerio altamente calificado y oportuno capaz de cumplir, sus actividades programadas, con base a las políticas y demandas de servicios de la población en el concepto seguridad laboral y previsión social

Objetivo

Velar porque los patronos, trabajadores individuales y organizados, cumplan, respeten las leyes, convenios colectivos y reglamentos, que norman las condiciones de trabajo y previsión social en vigor o que se emitan en lo futuro.

Resumen

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (mintrabajo), Es la institución estatal encargada de velar y promover el cumplimiento eficiente y eficaz de la legislación, políticas y programas relativos al trabajo y la previsión social. En Chimaltenango, se hizo un convenio interinstitucional entre la municipalidad de Chimaltenango y el ministerio de trabajo, quedando establecida la ventanilla única municipal de empleo (Vume), la número 17 a nivel nacional.

El Ministerio de Trabajo y previsión social de divide en Inspección general de trabajo, Personal Administrativo y Comisión Nacional del Salario.

La Inspección General de Trabajo se divide en Delegado departamental de Inspección de Trabajo e Inspectores de Trabajo. La inspección del trabajo tiene dos ramas: Inspectores de Conciliación e Inspectores de Visitaduría.

Los Inspectores de Conciliación, velan que el patrono pague las prestaciones al trabajador, cuando el empleado, ya no pertenece a la empresa. Los Inspectores de Visitaduría, velan por los conflictos del empleado con el patrono, cuando todavía labora para la empresa.

El Personal Administrativo se divide en: Secretarias,  Personal que Maneja la Contabilidad, Operativos, Programa del Adulto Mayor y El Sistema Nacional del Empleo   (Oficina del Empleo).

El Programa del Adulto Mayor, se encarga de recibir solicitudes de la tercera edad (65 años), realizando un estudio socioeconómico, optando a un bono de Q400.00 mensuales. Actualmente hay 6000 beneficiarios y hay gente en el banco de datos, esperando su turno.  

El sistema Nacional del Empleo, proporciona información de las empresas que estén solicitando personal.

La Comisión Nacional de Salario, se divide en; Trabajadores, Representantes de Trabajadores, Representantes de Patrono y Representantes de Gobierno, fijando un salario para el nuevo año.

 

Los Tipos de Multa  para los patronos, son de  2 a 18 salarios por incumplimiento a lo establecido por inspectoría, agotando la vía administrativa, se va al juzgado y con la ayuda de un abogado pone la demanda, cobrando honorarios y un porcentaje por sus servicios.

Las Facultades del Juzgado son coexistidas. (Facultades de Presión), siendo las siguientes: Orden de embargo / congelación de cuentas, Orden de aprehensión y Orden de arraigo.

FUNCIONES

Además de las que le asigna la Constitución Política de la República de Guatemala, los Convenios Internacionales de Trabajo ratificados por Guatemala, la Ley del Organismo Ejecutivo, el Código de Trabajo y demás leyes, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social tiene asignadas las funciones siguientes

 1. Formular la política laboral, salarial, de higiene y seguridad en el trabajo del país y, en general, la política de trabajo decente.

2. Diseñar, promover y desarrollar las políticas de diálogo social, tanto tripartito como bipartito y multisectorial, promoviendo el tripartimos como metodología de participación estratégica para la discusión, análisis y propuesta de los diferentes temas del trabajo y la previsión social.

 3. Estudiar, analizar, discutir y, si fuere el caso, recomendar la ratificación de los Convenios Internacionales del Trabajo, así como velar por la divulgación y la aplicación de las Normas Internacionales del Trabajo.

4. Representar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con la ley, al Estado de la República de Guatemala ante los Organismos Internacionales relacionados con asuntos de su competencia y en los procesos de negociación de Convenios Internacionales en materia de Trabajo.

5. Administrar sistemas de información actualizada sobre migración, oferta y demanda en el mercado laboral.

6. Diseñar mecanismos que faciliten la movilidad e inserción de la fuerza laboral en el mercado de trabajo.

7. Velar por el cumplimiento de la legislación laboral con relación a la mujer, adolescentes, pueblos indígenas, personas con discapacidad, y grupos vulnerables de trabajadores.

8. Promover la erradicación de las peores formas de trabajo infantil.

9. Diseñar políticas de capacitación técnica y formación profesional de los trabajadores y de aquellos que deseen formar parte de la fuerza laboral del país. La ejecución de los programas de capacitación será competencia de las entidades privadas y estatales correspondientes.

10. Formular y velar por la ejecución de la política de Previsión Social, propiciando el mejoramiento de los sistemas de previsión social.

11. Armonizar y conciliar las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores; prevenir los conflictos laborales e intervenir, de conformidad con la ley, en la solución extrajudicial de éstos, propiciar el diálogo social y la conciliación como mecanismo de solución de conflictos laborales; todo ello, de conformidad con la legislación vigente.

12. Otras que sean asignadas por la Presidencia de la República.

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