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REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN


Enviado por   •  18 de Febrero de 2016  •  Informes  •  6.842 Palabras (28 Páginas)  •  348 Visitas

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El presente reglamento interior tiene por objeto regular la organización y funcionamiento internos del Tribunal Superior de Justicia y órganos que lo integran, para el debido ejercicio de sus atribuciones previstas en la Constitución Política del Estado de Nuevo León, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León, los códigos procesales locales y demás disposiciones legales aplicables.

REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN.

TÍTULO PRIMERO.

Del reglamento interior; su objeto y reformas………………………………………………...3

TÍTULO SEGUNDO.

Del Pleno del Tribunal Superior de Justicia.

Capítulo primero. Atribuciones del Pleno…………………………………….................4

Capítulo segundo. Funcionamiento del Pleno………………………………................4

Capítulo tercero. De las contradicciones de criterios entre salas……………………..7

Capítulo cuarto. De la elección del Presidente………………………..………….…….9

Capítulo quinto. Otras atribuciones del Pleno……………………………..……..… 10

TÍTULO TERCERO.

Del Presidente del Tribunal Superior de Justicia…………………………………...11

TÍTULO CUARTO.

De los órganos auxiliares del Pleno y de la Presidencia, y de la publicación de tesis………………………………………………………………………………………12

TÍTULO QUINTO.

De las Salas Colegiadas.

Capítulo primero. Integración y competencia de las Salas Colegiadas…………….15

Capítulo segundo. Funcionamiento de las Salas Colegiadas………………............17

TÍTULO SEXTO.

De las Salas Unitarias…………………………………………………………………19

TÍTULO SÉPTIMO.

Disposiciones generales…………………………………………….………………20

TÍTULO OCTAVO.

De la formación de la lista oficial de peritos ………………………………………21

Transitorios…………………………….………………………………………............24

Reformas

El Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nuevo León, en sesión ordinaria celebrada el 18 dieciocho de mayo de 2009 dos mil nueve, y con fundamento en los artículos 96 fracción VII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y 18 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Nuevo León, tiene a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN.

TÍTULO PRIMERO.

Del reglamento interior; su objeto y reformas.

Artículo 1. Objeto del reglamento. El presente reglamento interior tiene por objeto regular la organización y funcionamiento internos del Tribunal Superior de Justicia y órganos que lo integran, para el debido ejercicio de sus atribuciones previstas en la Constitución Política del Estado de Nuevo León, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León, los códigos procesales locales y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 2. Órganos del Tribunal Superior. Son órganos del Tribunal Superior de Justicia:

I. El Pleno del Tribunal Superior de Justicia;

II. El Presidente del Tribunal Superior de Justicia;

III. Los órganos auxiliares del Pleno y de la Presidencia;

a) La Secretaría General de Acuerdos.

b) Los secretarios auxiliares.

c) La Dirección Jurídica Consultiva y de Criterios Judiciales.

d) Se deroga.

IV. Las Salas Colegiadas;

V. Las Salas Unitarias.

(Se modifica en acuerdo General 3/2013, publicado en Periódico Oficial de fecha 27 febrero 2013)

Artículo 3. Reformas al reglamento interior. Están facultados para presentar iniciativas de reformas a este Reglamento Interior, cualquiera de los integrantes del Pleno.

Toda iniciativa será presentada al Presidente para que éste a su vez la someta oportunamente al Pleno, pudiendo turnarla previamente para dictamen a una comisión de magistrados.

Aprobadas las reformas o adiciones a este Reglamento, el Pleno ordenará su publicación en el Boletín Judicial y en el Periódico Oficial del Estado.

TÍTULO SEGUNDO.

Del Pleno del Tribunal Superior de Justicia.

CAPÍTULO PRIMERO.

Atribuciones del Pleno.

Artículo 4. Atribuciones. Para cumplir las atribuciones establecidas en la Constitución y las leyes estatales, particularmente en los artículos 96 de la Constitución Política del Estado y 18 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, el Pleno tendrá las siguientes potestades:

I. Crear

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