Reforma Laboral LEY 20.940
Valentina RetamalesEnsayo19 de Mayo de 2018
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Reforma Laboral
LEY 20.940
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Nombres: Belén Gonzalez
Fernanda Pozo
Valentina Retamales
Teresa Zavalla
INDICE
1.- Antecedentes generales y objetivos de la ley 20.940
2.- Los principales aspectos que en la ley 20.940 se ven modificados
3.- Nuevos topicos integrados con la ley 20.940
4.-Negociacion colectiva de los trabajadores, obra o faena
5.-Otras modificaciones contenidos en la reforma
6.-Conclusion
7.- Biblografia
INTRODUCCIÓN
Una reforma es la acción y el resultado de reformar algo, en tanto, esta implica rehacer, enmendar o modificar algo , un comportamiento, una cuestión, entre otros. En el aspecto legal se refiere al modificar un texto con el fin de darle un sentido distinto, o en sí darle un significado mas claro.
En tanto, laboral se refiere a todo aquello relativo o propio del trabajo(una actividad que se desarrolla a cambio de algún tipo de remuneración o retribución), en especial a todo aquello que se enfoca a cuestiones jurídicas y económicas. Con las definiciones anteriormente señaladas podemos tener la concepción de lo que trata una reforma laboral, su iniciativa es modificar la legislación que regula las relaciones en el trabajo con el objetivo de otorgarles una mayor flexibilidad.
La reforma laboral consiste en un programa estrictamente relacionado al ambiente laboral, este también implica el modificar leyes relacionados al aspecto laboral, modificando aspectos de las leyes que regulan todo aquello relacionado con el trabajo; mejorando así el espectro laboral en distintas áreas como la productividad, y el abaratamiento de costos. Esto puede tener efectos positivos como negativos para el mercado laboral; todo esto está estrechamente relacionado con los ítems a modificar.
El marco legal es fundamental para el mundo económico debido que este es un cuerpo normativo, es decir, este “raya la cancha” para los procesos económicos; también norma el funcionamiento de las empresas; considerando que el capital humano es el principal recurso para una empresa, “lo que se dicte en el código del trabajo resulta determinante en el dinamismo del empleo, de la producción y por ende del crecimiento económico y bienestar”.
La misión de las reformas de este tipo es necesariamente generar un impacto positivo al favorecer la la creación de nuevos empleos, a través de la modificación en la ley que favorezcan a las empresas, al reducir costos para las empresas y disponer de menos riesgos, alienta a las empresas a contratar un mayor porcentaje de personal debido a que corren menos riesgos a nivel económico, lo cual en otro contexto social no lo harían, es decir sin estas modificaciones estas empresas no lo harían.
El 8 de septiembre de 2016 se publica en el Diario Oficial la ley N.º 20,940 que trata expresamente sobre la reforma laboral; dicha Ley tiene como fecha para entrar en vigencia el día 1 de abril de 2017.
DESARROLLO
ANTECEDENTES GENERALES Y OBJETIVOS DE LA LEY 20.940
El 29 de diciembre del año 2014 el Presidente en conjunto con sus Ministros ingresan al congreso el proyecto de Ley de Reforma Laboral, esta consistía en modernizar el sistema de relaciones laborales.
“Según el mensaje, esta iniciativa tiene como objetivo central el desarrollo de relaciones modernas , justas y equilibradas entre trabajadores y empleadores”, esto a su vez busca que la equidad, eficiencia y productividad se combinen de manera simultanea.
Para lograrlo esta reforma se enfoca en aspectos relacionados a la negociación colectiva, la cual esta contenida en uno de los cinco libros que conforman el Código del Trabajo. Existen también aspectos dentro de la reforma que no muestran cambios, algunos ejemplos de estos son: el contrato individual de trabajo y la capacitación laboral, en tanto a aquellos aspectos referidos a organizaciones sindicales y la jurisdicción laboral fueron parcialmente modificados con un fin regulatorio.
Para alcanzar el objetivo final la reforma se apoya en cuatro pilares fundamentales para ej trabajo.
-Ampliación de la cobertura de la negociación colectiva a trabajadores excluidos en la ley vigente.
-Titularidad sindical y grupos negociadores .
Ampliación del derecho de información de los sindicatos, la simplificación del procedimiento de negociación reglada y derecho a huelga .
-Piso de negociación y ampliación de las materias de Negociación colectiva.
La tramitación del proyecto de ley se extendió en un total de 18 meses desde el inicio hasta su culminación en la cámara alta el 30 de junio del año 2016.Finalmente la Ley fue publicada en el diario oficial el día 8 de septiembre del año 2016 pero no fue hasta el día 1 de abril del siguiente año que esta reforma entro en rigor.
LOS PRINCIPALES ASPECTOS QUE EN LA LEY N°20.940 SE VEN MODIFICADOS:
-Cobertura , plazos mínimos de la Negociación Colectiva y otros aspectos generales: se amplio la cobertura de la negociación Colectiva, por ende se elimino el listado de trabajadores los cuales no tenían permitido negociar de manera colectiva tales como , los trabajadores que se encontraban con contrato de aprendizaje y los contratados de manera exclusiva para faenas u obras transitorias.
Se modifico también el plazo para dar inicio a una Negociación Colectiva, distinguiéndose entre la micro, pequeña, mediana y gran empresa, en estos debe transcurrir un lapso mínimo de 18,12 y 6 meses respectivamente para negociar de manera colectiva; todas estas fechas son consideradas desde el inicio de sus actividades.
Se extiende el fuero sindical a aquellos trabajadores que se incorporen a un sindicato cuando estos están en el proceso de su negociación Colectiva, esto abarca desde los 10 días anteriores a la presentación del proyecto de contrato colectivo y hasta 30 días después de la suscripción al mismo o de notificación de un fallo arbitral si es que este se tratara de un arbitraje.
Ademas de esto se mantiene inalterada la norma que establece que la negociación colectiva tiene un carácter universal entre la empresas, esta abarca a todas las empresas de carácter privado y aquellas en las que el Estado tiene cierta participación, esta norma no aplica para todas aquellas empresas que se acogen o tengan dependencia del Ministerio de Defensa Nacional o que se relacione con el gobierno por vías de este ministerio o aquellas empresas que la ley prohíba expresamente la prohibición de la participación en una negociación colectiva.
-Ampliación de los derechos de información de los sindicatos : acceso a malformación económica y financiera de la empresa por parte del sindicato, ademas queda estipulado la entrega de cierto tipo de información dependiendo si esta en una empresa pequeña, mediana o grande; también se encuentra normado que la información debe ser utilizada para un propósito,específicamente para un proceso de negociación colectiva o
puede ser de carácter informativo pero periódico.
Con anterioridad a esta reforma el empleador de una empresa sin importar el tamaño de esta se veía en la obligación de proporcionar cierta información especifica para ser utilizada dentro de proceso de Negociación Colectiva, esta información consistía en los balances de los últimos dos años ademas de la información financiera necesaria para la negociación. A pesar de esto no se contemplada la entrega de información de manera periódica , se refiere a que esta no estuviese relacionada con una negociación en particular.
Grandes Empresas | Pyme y micro empresas | |
Periódica | 1. Balance, Estado de Resultados y Estados Financieros auditados 2. Información publica (svs) | 1. Ingresos y Egreso (treinta días después de presentada la declaración de impuestos a la renta) |
Grandes y medianas | Micro y pequeñas | |
Especifica para negociar | 1. planilla de remuneraciones. 2. Valor actual de los Beneficios 3.Costos de mano de obra de los últimos dos años 4. Otra información no entregada en su oportunidad 5. Políticas futuras de inversiones | 1. Plantilla de remuneraciones 2. Valor actual de los Beneficios 3. Costos de mano de obra de los últimos dos años |
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