Reglamento De Agua Potable
joscarin20 de Marzo de 2014
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Tierra Blanca
Ayuntamiento comprometido
REGLAMENTO DE AGUA POTABLE
RINCON DEL CANO, TIERRA BLANCA. GT0.
INTRODUCCION 1
FUNCIONES DEL COMITÉ 2
FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ 3
FUNCIONES DEL SECRETARIO Y TESORERO 4
DE LOS VOCALES 5
FUNCIONES DE LOS RESPONSABLES DE LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA 5
LO QUE CORRESPONDE AL AYUNTAMIENTO 5
LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS 6
OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS 7
PAGOS QUE DEBEN REALIZARSE 8
MEDIDAS PARA COBRAR LOS ADEUDOS 9
PATRIMONIO DEL COMITÉ 9
INSPECCIONES DOMICILIARIAS 10
REQUERIMIENTOS Y ESPECIFICACIONES DE LA TOMA 10
SANCIONES E INFRACCIONES 11
INCONFORMIDADES 13
ANEXOS 14
CONTENIDO
INTRODUCCION
El Reglamento Interno se elaboró como una medida legal de establecer; funciones del Comité y sus integrantes, derechos y obligaciones de la población beneficiada, así como las infracciones y sanciones en relación al sistema de Agua Potable.
La importancia del Reglamento, radica en que fue elaborado por la población y es el documento que fundamenta la organización (Comité), y apoya los Cuidados, la operación y el mantenimiento del sistema, y con esto la apropiación de la misma.
FUNCIONES DEL COMITE
Art. 1; El comité del Agua Potable es un organismo creado, para gestionar, informar y coordinar la prestación del servicio público de Agua Potable. El Comité estará Integrado por un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales, dentro de las cuales figurara el miembro del vocal de control y vigilancia
Frac. I; Las personas que forman el comité durarán en su cargo un periodo de 3 años y podrán ser reelectos o removidos de sus funciones en cualquier momento si la asamblea así lo establece.
Frac. II; Debe administrar, organizar y vigilar el buen servicio del sistema.
Frac. III; Solicitar ante cualquier autoridad, instancia u organización que corresponda para la elaboración de estudios, proyectos o la ejecución de obras que sean necesarias para el funcionamiento del sistema de Agua Potable.
Frac. III; Solicitar ante cualquier autoridad o instancia la correspondencia para la elaboración de estudios, proyectos o ejecución de obras que sean necesarias para el funcionamiento del Agua Potable.
Frac. IV; Coordinarse con Dependencias Municipales para solicitar asesoría y apoyo técnico que pudiera requerirse en ciertos casos.
Frac. V; Formular y promover, ante la asamblea para su aprobación la tarifa para metro cúbico de agua así como el fondo para el mantenimiento del servicio de agua potable y vigilar su correcta aplicación.
Por metro cúbico de agua así como el fondo para el mantenimiento el servicio de agua potable y vigilar su correcta aplicación.
Frac. VI; Vigilar que los usuarios cubran sus cuotas correspondientes en los plazos establecidos.
Frac. VII; Difundir programas de cultura del agua y uso eficiente del recurso en la comunidad así como vigilar que el vital liquide no sea desperdiciado.
Frac. VIII; Mandar los avisos necesarios a las personas cuando se requiera el mantenimiento al sistema o se tenga que hacer alguna reparación a la toma domiciliaria.
Frac. IX; Otorgar facilidades para que le sean realizadas auditorias
Frac. X; Informar anualmente a la asamblea de los estados financieros del comité
Frac. XI; Informar anualmente el funcionamiento del sistema de agua potable
Frac. XII; El comité tiene la obligación de publicar en la puerta del domicilio del tesorero copia del recibo de consumo de energía eléctrica del mes inmediato anterior.
Art. 2; Cada uno de los miembros del comité tiene funciones específicas, y las tiene que desempeñar la persona a cargo del puesto, solo en casos especiales, como la ausencia de ésta o cualquier otro motivo, la persona que le sigue del comité podrá desempeñar o tomar las decisiones que se necesiten como se explica en los siguientes artículos.
Art, 2.1; El Presidente;
Frac. I; Convoca, asiste y preside las asambleas del comité.
Frac. II; Ejecuta los acuerdos en la asamblea.
Frac. III; Coordina las actividades del secretario, tesorero y los vocales.
Frac. IV; Coordina las actividades técnicas, administrativas y financieras.
Frac. V; Proporciona al personal de dependencias oficiales información referente al sistema de agua potable y guía recorridos por las instalaciones del sistema a personal que lo solicite para estudios o inspecciones que se requieran.
Frac. VI; Cobra los adeudos a los usuarios morosos, por concepto de servicios de agua potable.
Frac VII; Impone las sanciones a que se hagan acreedores los usuarios y les notifica por escrito como lo explica el Art. 8, Frac. I.
Frac. VIII; Recibe y resuelve inconformidades, solo en aquellos casos especiales no considerados en el presente documento se propondrá a la Asamblea General las alternativas de solución.
FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ
Frac. IX; Abre y maneja en forma mancomunada con el tesorero del comité una cuenta Bancaria para la administración de las recaudaciones,
Frac. V; Firma y sella documentos oficiales.
Art. 2.2; El Secretario;
Frac. I; Levanta y da lectura a las actas en las asambleas que preside el comité del agua potable, y lleva el control del archivo.
Frac. II; Redacta documentos como: solicitudes, acuerdos internos, etc.
Frac. III; Difunde las acciones y actividades del comité, así como las sesiones a las que convoca al presidente.
Frac. IV; Realiza gestiones ante las Instituciones correspondientes.
Frac. V; En ausencia del presidente, toma decisiones que beneficien al sistema de agua potable y autoriza con su firma los documentos que dirija a nombre del comité.
Frac. VI; Firma documentos oficiales,
Art. 2.3; El Tesorero;
Frac. I; Recaudar las aportaciones económicas por concepto de pago de agua potable, fondo para la operación y mantenimiento del sistema de agua potable y en su caso las multas a las que los usuarios se hagan acreedores.
Frac. II; Vigila la recaudación de los fondos del comité y su correcta aplicación.
Frac. III; Tiene a su cargo el inventario y la actualización del número de tomas domiciliarias
Frac. IV; Revisa los estados financieros del comité debiendo emitir Informes anuales ante la asamblea general.
Frac. V; Lleva la contabilidad del comité.
Frac. VI; Tiene a su cargo la compra de herramienta y materiales de reserva que serán utilizados para el buen funcionamiento del sistema de agua potable
Frac. VII; Abre y maneja en forma mancomunada con el Presidente del comité una cuenta bancaria para la administración de las recaudaciones.
Frac. VIII; Remite al presidente del comité la relación de deudores, para que requiera el pago a los usuarios morosos y en su caso remitirlos al H. Ayuntamiento.
Frac. IX; Establece un horario y periodo de pago de las cuotas por concepto de servicio de agua potable en el mes correspondiente y tiene la obligación de informarlo a los usuarios.
Frac. X; En conjunto con el comité, deberán expedir recibos precisando cada concepto de pago, foliados con carácter oficial
Art. 2.4; Los vocales;
Frac. I; Asisten con voz y voto a las reuniones que convoca el Comité.
Frac. II; Aportan ideas al comité para el buen funcionamiento del sistema de agua potable.
Frac. III; Desempeñan las actividades que le sean asignadas por el comité.
Frac. IV; Solo los tres juntos representan al; Presidente, Secretario y el Tesorero en caso de que estos no se encuentren en la localidad.
FUNCIONES DE LOS RESPONSABLES DE LA OPERACION Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA
Art. 3; Los responsables de la operación y mantenimiento del sistema serán los Vocales del Comité y las actividades se explican en las siguientes fracciones.
Frac. I; Realizan revisiones periódicas y reportan al comité los daños que presenta el sistema de agua potable.
Frac. II; Solicita al Presidente del Comité, notifique a los usuarios sobre la suspensión del servicio por el tiempo de reparación.
Frac. III; Organiza y capacita a los usuarios para realizar las reparaciones menores que estos requieran en sus hogares.
Frac. IV; Tienen la responsabilidad del uso y cuidado de las herramientas y materiales de reserva.
CORRESPONDE AL H. AYUNTAMIENTO
Art. 4; Le corresponde al H. Ayuntamiento oficializar el nombramiento del comité y validar el Reglamento Interno de la localidad, también debe promover
y coordinar programas de uso eficiente y cultura del agua en la comunidad, además de;
Frac. I; Vigilar que se proporcione adecuadamente el servicio de agua potable.
Frac. II; Asesorar al comité sobre los tramites de gestión para solicitar las obras complementarias.
Frac. III; Apoyar en la prevención y control de la contaminación de las aguas.
Frac. IV; Cobrar los adeudos de los usuarios morosos que sean reportados por el comité.
DERECHOS DE LOS USUARIOS
Art. 5; Cada usuario del sistema tiene derechos y los puede usar cuando el crea oportuno, estos derechos se explican en las siguientes fracciones, las cuales dicen que los usuarios tienen derecho a;
Frac. 1; Tener acceso al servicio de agua potable, siempre y cuando lo soliciten al comité y pague la cuota por derecho de toma,
Frac.
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