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Responsabilidad Social Empresarial

Jesus_MNP2 de Junio de 2013

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La Responsabilidad Social Empresarial renueva la concepción de la empresa, otorgando a ésta una dimensión amplia e integradora, que va más allá de la mera cuestión económica en la que se incorpora perfectamente la triple faceta de la sostenibilidad: económica, social y medioambiental. El desarrollo sostenible se sitúa como fin a alcanzar por medio de la adecuada implantación de un modelo de empresa socialmente responsable, en el que los distintos grupos de interés, stakeholders, son el centro de atención esencial para la gestión.

Se caracteriza por:

• Integral, es decir, abarca a un conjunto complejo de dimensiones de la empresa.

• Gradual, puesto que se presenta como un camino de excelencia a seguir.

• Proporcional, ya que la expectativa de su ejercicio y aplicación tiene una relación directa con el tamaño de la empresa y su correspondiente poder o capacidad de influencia en el mercado.

Entre los rasgos del entorno que influyen con mayor intensidad en el desarrollo de la RSE se encuentran los siguientes:

• Globalización.

• Desarrollo de la sociedad civil.

• Demandas surgidas por diversos problemas sociales, económicos (como los mencionados escándalos empresariales) y medioambientales.

• Nuevas formas de organización del trabajo.

• Pérdida de peso del sector público e incremento de la influencia de las empresas.

• Protagonismo e impulso de las organizaciones supranacionales.

• El modelo de creación de valor de las organizaciones.

• La innovación tecnológica, especialmente la aparición de Internet como red universal de telecomunicaciones.

Este entorno ha llevado a grandes compañías y algunos sectores a introducir ya en sus prácticas comerciales y de gestión aspectos de la RSE como consecuencia de:

• Compromisos voluntarios y autorregulación sobre aspectos medioambientales y sociales específicos de determinados sectores como el de la energía y la industria papelera, entre otros, estableciéndose en ocasiones como mecanismos de barrera de entrada.

• Condiciones sobre certificaciones y otros aspectos impuestos por grandes corporaciones a su cadena de proveedores

• Normas y regulaciones desarrolladas por organismos públicos.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (publicada en G.O. N° 5.453 del 24 de marzo de 2000), cuyo artículo 135 establece que “las obligaciones que correspondan al Estado, conforme a esta Constitución y a la ley, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, no excluyen las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, corresponden a los o a las particulares según su capacidad. La ley proveerá lo conducente para imponer el cumplimiento de estas obligaciones, en los casos en que fuere necesario. Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley”.

Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) (publicada en G.O. N° 38.242 del 3 de agosto de 2005). Su objeto es desarrollar principios en materia de ciencia, tecnología e innovación, organizar el sistema y desarrollar mecanismos para promover la investigación científica, a fin de orientar las actividades al bienestar de la humanidad y preservación del ambiente.

Esta ley establece una obligación para todas aquellas empresas cuyos ingresos brutos anuales excedan las 100 mil unidades tributarias (100 U.T.), de contribuir con una cantidad equivalente al 0,5% y hasta un 2% de dichos ingresos (dependiendo de la actividad que desarrolle la empresa el porcentaje varía) en formación de talento humano, actividades de investigación y desarrollo, a ser realizadas en el país o contribución con proyectos sociales.

Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (publicada en G.O. N° 38.337 del 16 de diciembre de 2005). Esta ley establece una obligación para las personas naturales y jurídicas, de contribuir en la prevención de los delitos de consumo ilícito y tráfico de las sustancias establecidas en la ley. Así, prevé un Aporte Especial Derivado del Principio de la Responsabilidad Social, el cual conlleva la obligación para las personas jurídicas fabricantes de bebidas alcohólicas, tabaco y sus mezclas, en función de su responsabilidad social, a destinar un aporte del 2% de sus ganancias netas anuales a la creación, construcción, restauración, mantenimiento, fortalecimiento y funcionamiento de centros de prevención, desintoxicación, tratamiento, rehabilitación y readaptación social de personas consumidoras de alcohol, tabaco y sus mezclas; así como apoyo a programas de prevención social integral elaborados por el Ejecutivo Nacional. Asimismo, la ley establece que las empresas con más de cincuenta (50) trabajadores, deben contribuir en distintas proporciones en función de sus ingresos, con programas de prevención integral social contra el tráfico y consumo de drogas ilícitas.

Ley de Impuesto Sobre la Renta (publicada en G.O. N° 38.628 del 16 de febrero de 2007). Esta ley establece que están exentas de impuesto las instituciones benéficas y de asistencia social, las actividades religiosas, deportivas, educacionales y ambientales, entre otras. De igual forma, prevé una deducción del ISLR a las liberalidades realizadas en cumplimiento de responsabilidad social y fines de utilidad colectiva.

Ley Orgánica del Ambiente (publicada en G.O. N° 5.833 Ext. Del 22 de diciembre de 2006). Su objeto consiste en establecer las disposiciones y principios rectores de la gestión del ambiente, en el marco de un desarrollo sustentable. De esta forma, establece la obligación para personas naturales y jurídicas, de formular y ejecutar proyectos para la utilización correcta de los recursos naturales y la generación de procesos permanentes de educación ambiental para la conservación de ecosistemas y capacitación de personal.

La Responsabilidad Social viene a ser un compromiso u obligación que los miembros de una sociedad, ya sea como individuos o como miembros de subgrupos, tienen con la sociedad en su conjunto. Compromiso que implica la consideración del impacto positivo representado en un bien social.

El Objeto de este Compromiso no es más, que satisfacer algunas de las demandas de interés social, relacionadas con: La ejecución de proyectos de desarrollo socio comunitario, la creación de nuevos empleos permanentes, la formación socio productiva de los intrigantes de la comunidad, la venta de bienes a precios solidarios o al costo, el aporte en especies a programas sociales determinados por el estado o a instituciones sin fines de lucro y cualquier otro que satisfaga las necesidades prioritarias del entorno social del órgano o ente contratante.

La Misión del Cumplimiento del Compromiso de Responsabilidad Social es proporcionar la mejor atención al ciudadano con calidad y eficiencia, y es un compromiso que involucra a todas las partes que forman el conjunto social y/o comunitario: familia, servicios (médicos, educacionales, culturales), organizaciones sociales, comunidad organizada, gobierno y la empresa privada que contrata con el estado venezolano.

LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

Artículo 6, Numeral 19

Compromiso de Responsabilidad Social

Son todos aquellos acuerdos que los oferentes establecen en su oferta, para la atención de por lo menos una de las demandas sociales relacionadas con: 1. La ejecución de proyectos de desarrollo socio comunitario. 2. La creación de nuevos empleos permanentes. 3. Formación socio productiva de integrantes de la comunidad. 4. Venta de bienes a precios solidarios o al costo, 5. Aportes en dinero especies a programas sociales determinados por el Estado o a instituciones sin fines de lucro y 6. Cualquier otro que satisfaga las necesidades prioritarias del entorno social del órgano o ente contratante.

REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

Articulo 34.

Supuesto cuantitativo de procedencia

El Compromiso de Responsabilidad Social, será requerido en todas las ofertas presentadas en las modalidades de selección de Contratistas previstas en la Ley de Contrataciones Públicas, así como en los procedimientos excluidos de la aplicación de estas, cuyo monto total, incluidos los tributos, superen las dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 UT).

Articulo 35.

Rango y normativa interna

Para el suministro de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras se establece para el Compromiso de Responsabilidad Social un valor mínimo del uno por ciento (1%) y un valor máximo del 5% del monto del contrato suscrito, el cual asumirán los contratistas beneficiarios de la adjudicación del mismo. Los órgano s o entes contratantes deberán fijar los porcentajes a ser aplicados a cada condición del Compromiso de Responsabilidad Social, así como, establecer categorías o escalas proporcionales con base en los montos de los contratados a ser suscritos.

Artículo 36

Plazo de ejecución

A los fines de garantizar el cumplimiento del Compromiso de Responsabilidad Social, el plazo de ejecución de la obra o proyecto social debe ser menor al plazo de la ejecución de la actividad u objeto del contrato principal, para asegurar su terminación y entrega a entera satisfacción de la comunidad beneficiada, antes o en la misma fecha del cierre administrativo del contrato,

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