Resumen Ley Federal De Trabajo
julioricolino25 de Octubre de 2013
4.048 Palabras (17 Páginas)1.555 Visitas
la republica y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el articulo 123, apartado "a", de la constitucion.
ART. 2o. NORMAS DE TRABAJO TIENDEN A CONSEGUIR EL EQUILIBRIO Y LA JUSTICIA SOCIAL EN RELACIONES ENTRE TRABAJADORES Y PATRONES.
articulo 3o. el trabajo es un derecho y un deber sociales. No es comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel economico decoroso para el trabajador y su familia.no podran establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina politica o condicion social.asimismo, es de interes social promover y vigilar la capacitacion y el adiestramiento de los trabajadores.
articulo 4o. no se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni que se dedique a la profesión, industria o comercio que le acomode, siendo lícitos. el ejercicio de estos derechos solo podrá vedarse por resolución de la autoridad competente cuando se ataquen los derechos de tercero o se ofendan los de la sociedad. se atacan los derechos de tercero en los casos previstos en las leyes y en los siguientes: a) cuando se trate de substituir o se substituya definitivamente a un trabajador que haya sido separado sin haberse resuelto el caso por la junta de conciliacion y arbitraje) cuando se niegue el derecho de ocupar su mismo puesto a un trabajador que haya estado separado de sus labores por causa de enfermedad o de fuerza mayor, o con permiso, al presentarse nuevamente a sus labores; yai. se ofenden los derechos de la sociedad en los casos previstos en las leyes y en los siguientes: a) cuando declarada una huelga en los términos que establece esta ley, se trate de substituir o se substituya a los huelguistas en el trabajo que desempeñan, sin haberse resuelto el conflicto motivo de la huelga, salvo lo que dispone el articulo 468.b) cuando declarada una huelga en iguales términos de licitud por la mayoria de los trabajadores de una empresa, la minoria pretenda reanudar sus labores o siga trabajando.
Art 5o. Las disposiciones de ley son de orden publico por lo que no producira efecto legal, ni impedira el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, I. Trabajos para niños menores de 14 años;
Ii. Una jornada mayor 8 hrs
Iii. Una jornada inhumana
Iv. Horas extra de trabajo para los menores de dieciseis años
V. Un salario inferior al minimo;
Vi. Un salario que no sea remunerador,pago a nua semana
Vii pago a una semana
Viii. Un lugar de recreo, fonda, cantina, cafe, taberna o tienda, parar el pago de los salarios,
Ix. La obligacion directa o indirecta para obtener articulos de consumo en tienda o lugar determinado;
X. La facultad del patron de retener el salario por concepto de multa;
Xi. Un salario menor que el que se pague a otro trabajador en la misma empresa o establecimiento por trabajo de igual eficiencia, en la misma clase de trabajo o igual jornada, por consideracion de edad, sexo o nacionalidad;
Xii. Trabajo nocturno industrial o el trabajo despues de las veintidos horas, para menores de dieciseis años; y
Xiii. Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos de prerrogativas consignados en las normas de trabajo.
En todos estos casos se entendera que rigen la ley o las normas supletorias en lugar de las clausulas nulas.
art 6o. las leyes respectivas y los tratados celebrados y aprobados en los terminos del articulo 133 de la constitucion aplicables a las relaciones de trabajo en todo lo q beneficien al trabajador,
arti7o. en toda empresa , el patron debera emplear un noventa por ciento de trabajadores mexicanos,
ART 8. TRABAJADOR ES LA PERSONA FISICA QUE PRESTA A OTRA, FISICA O MORAL, UN TRABAJO PERSONAL SUBORDINADO. PARA LOS EFECTOS DE ESTA DISPOSICION, SE ENTIENDE POR TRABAJO TODA ACTIVIDAD HUMANA, INTELECTUAL O MATERIAL, INDEPENDIENTEMENTE DEL GRADO DE PREPARACION TECNICA REQUERIDO POR CADA PROFESION U OFICIO.
ART 9o. LA CATEGORIA DE TRABAJADOR DE CONFIANZA DEPENDE DE LA NATURALEZA DE LAS FUNCIONES DESEMPEÑADAS Y NO DE LA DESIGNACION QUE SE DE AL PUESTO. SON FUNCIONES DE CONFIANZA LAS DE DIRECCION, INSPECCION, VIGILANCIA Y FISCALIZACION, CUANDO TENGAN CARACTER GENERAL, Y LAS QUE SE RELACIONEN CON TRABAJOS PERSONALES DEL PATRON DENTRO DE LA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO.
ART 10. PATRON ES LA PERSONA FISICA O MORAL QUE UTILIZA LOS SERVICIOS DE UNO O VARIOS TRABAJADORES. SI EL TRABAJADOR, CONFORME A LO PACTADO O A LA COSTUMBRE, UTILIZA LOS SERVICIOS DE OTROS TRABAJADORES, EL PATRON DE AQUEL, LO SERA TAMBIEN DE ESTOS.
art 11. los directores, administradores, gerentes que ejerzan funciones de direccion o administracion seran considerados representantes del patron y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores.
art 12. intermediario es la persona que contrata o interviene en la contratacion de otra u otras para que presten servicios a un patron.
art 13. no seran considerados intermediarios, sino patrones, las empresas establecidas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores. en caso contrario seran solidariamente responsables con los beneficiarios directos de las obras o servicios, por las obligaciones contraidas con los trabajadores
art 14. las personas que utilicen intermediarios para la contratacion de trabajadores seran responsables de las obligaciones que deriven de esta ley y de los servicios prestados.los trabajadores tendran los derechos siguientes:i. prestaran sus servicios en las mismas condiciones de trabajo y tendran los mismos derechos que correspondan a los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa o establecimiento; y ii. los intermediarios no podran recibir ninguna retribucion o comision con cargo a los salarios de los trabajadores.
articulo 15. en las empresas que ejecuten obras o servicios en forma exclusiva o principal para otra, y que no dispongan de elementos propios suficientes de conformidad con lo dispuesto en el articulo 13, se observaran las normas siguientes:
i. la empresa beneficiaria sera solidariamente responsable de las obligaciones contraidas con los trabajadores; yii. los trabajadores empleados en la ejecucion de las obras o servicios tendran derecho a disfrutar de condiciones de trabajo proporcionadas a las que disfruten los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa beneficiaria. para determinar la proporcion, se tomaran en consideracion las diferencias que existan en los salarios minimos que rijan en el area geografica de aplicacion en que se encuentren instaladas las empresas y las demas circunstancias que puedan influir en las condiciones de trabajo.
ARTICULO 16. PARA LOS EFECTOS DE LAS NORMAS DE TRABAJO, SE ENTIENDE POR EMPRESA LA UNIDAD ECONOMICA DE PRODUCCION O DISTRIBUCION DE BIENES O SERVICIOS Y POR ESTABLECIMIENTO LA UNIDAD TECNICA QUE COMO SUCURSAL, AGENCIA U OTRA FORMA SEMEJANTE, SEA PARTE INTEGRANTE Y CONTRIBUYA A LA REALIZACION DE LOS FINES DE LA EMPRESA.
articulo 17. a falta de disposicion expresa en la constitucion, en esa ley que se refiere el articulo 6o., se tomaran en consideracion sus disposiciones que regulen casos semejantes, los principios generales que deriven de dichos ordenamientos, los principios generales de justicia social que derivan del articulo 123 de la constitucion, la jurisprudencia, la costumbre y la equidad.
articulo 18. en la interpretacion de las normas de trabajo se tomaran en consideracion sus finalidades señaladas en los articulos 2o. y 3o. en caso de duda, prevalecera la interpretacion mas favorable al trabajador.
articulo 19. todos los actos y actuaciones que se relacionen con la aplicacion de las normas de trabajo no causaran impuesto alguno.
ARTICULO 20. SE ENTIENDE POR RELACION DE TRABAJO, CUALQUIERA QUE SEA EL ACTO QUE LE DE ORIGEN, LA PRESTACION DE UN TRABAJO PERSONAL SUBORDINADO A UNA PERSONA, MEDIANTE EL PAGO DE UN SALARIO. CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO, CUALQUIERA QUE SEA SU FORMA O DENOMINACION, ES AQUEL POR VIRTUD DEL CUAL UNA PERSONA SE OBLIGA A PRESTAR A OTRA UN TRABAJO PERSONAL SUBORDINADO, MEDIANTE EL PAGO DE UN SALARIO. LA PRESTACION DE UN TRABAJO A QUE SE REFIERE EL PARRAFO PRIMERO Y EL CONTRATO CELEBRADO PRODUCEN LOS MISMOS EFECTOS.
articulo 21. se presumen la existencia del contrato y de la relacion de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe.
articulo 22. queda prohibida la utilizacion del trabajo de los menores de catorce años y de los mayores de esta edad y menores de dieciseis que no hayan terminado su educacion obligatoria, salvo los casos de excepcion que apruebe la autoridad correspondiente en que a su juicio haya compatibilidad entre los estudios y el trabajo.
articulo 23. los mayores de 16 años pueden prestar libremente sus servicios, con las limitaciones establecidas en esta ley. los mayores de catorce y menores de dieciseis necesitan autorizacion de sus padres o tutores y a falta de ellos, el sindicato a que pertenezcan, de la junta de conciliacion y arbitraje, del inspector del trabajo o de la autoridad politica.los menores trabajadores pueden percibir el pago de sus salarios y ejercitar las acciones que les correspondan.
articulo 24. las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables. se haran dos ejemplares, por lo menos, de los cuales quedara uno en poder de cada parte.
ARTICULO 25. EL ESCRITO EN QUE CONSTEN LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEBERA CONTENER:
II. SI LA RELACION DE TRABAJO ES POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO O TIEMPO
...