Resumen NIF B-7
Irvint XanResumen21 de Junio de 2021
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[pic 1] TAREA 1 CONTROL DE LECTURA NIF B-7
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Contabilidad V |
Introducción.
El presente control de lectura tiene como intención primordial dar un resumen acerca de lo que he aprendido sobre la NIF-B7
Resumen Normas de Información Financiera (NIF) B-7.
Esta norma debe ser aplicada en todas las entidades que realicen una adquisición de negocios ya sea en efectivo, activos, acciones o de una subsidiaria de la entidad.
Existen varios casos en los cuales se da una adquisición de negocios entre ellos podemos encontrar los siguientes:
- Cuando hay una fusión de dos o más entidades.
- Por medio de la transferencia de activos netos es decir activos menos pasivos, acciones ordinarias, partes sociales a otra, o por combinación de estas transacciones.
- Cuando se entrega un negocio por otro.
Estas adquisiciones se van a presentar cuando una entidad logra obtener el control de uno o más negocios.
- Respecto al método de compra los que se debe de hacer es:
- Evaluar la adquisición del negocio
- Debemos reconocer a la adquiriendo
- Señalar la fecha de adquisición
- Al hacer el reconocimiento inicial debemos valuar todos los activos identificables y los pasivos asumidos y la participación no controladora.
- Debemos valuar la contraprestación.
- En caso de que exista un crédito mercantil o una compra a precio de ganga se debe reconocer.
Evaluación de si lo que adquirimos califica como negocio.
Como poder considerarlo como negocio, la entidad que adquirimos debe poseer bienes y tener actividades coordinadas por una administración en aplicación a los bienes genere un bien o servicio.
En el método de compra debemos identificar la entidad adquiriente, entonces debemos tomar en cuenta:
- Identificar a la entidad adquiriente, pues obtendrá el control de la entidad adquirida.
- Si la contraprestación es con emisión de instrumentos de capital, a través de un intercambio de éstos por parte de la adquirente, puede darse el caso de que constituya una nueva entidad que emita capital para cambiarlo por el de las entidades que se unen.
Valor de contraprestación.
La integración a valor razonable de los activos netos transferidos, pasivos asumidos y capital emitido por la adquirente a favor de en favor del vendedor para la adquisición conforman el valor de la contraprestación del negocio adquirido.
Existen distintos casos de adquisición sin que exista alguna contraprestación, por ejemplo:
- Cuando por parte de la adquirida hace una recompra de sus acciones que origine un incremento proporcional y también otorgue control a la adquirente.
- Si sucede un acontecimiento que le imposibilita ejercer control.
Reconocimiento del crédito mercantil.
El crédito mercantil se debe reconocer por la entidad cuando la suma de la contraprestación pagada y la participación de la no controladora valuadas a su valor razonable sea mayor al monto de los activos netos del negocio.
Conclusión:
Como contadores públicos debemos conocer esta norma pues es de suma importancia identificar conceptos para su aplicación, por ejemplo, al adquirente, los métodos de compra, crédito mercantil etc.
Las entidades donde laboremos en un futuro pueden presentar una situación de compra de negocio y es cuando deberemos seguir al pie de la letra la NIF-B7 tanto las normas de presentación, revelación y valuación.
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