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Resumen NIF B-1


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2020  •  Resúmenes  •  1.273 Palabras (6 Páginas)  •  893 Visitas

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NIF B-1

CAMBIOS CONTABLES Y CORRECIONES DE ERRORES

La norma de información financiera B-1 habla sobre establecer normas particulares de presentación y revelación de cambios contables y corrección de errores las cuales son aplicables para todas las entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos por la  NIF- A3 la cual establece la comparabilidad de la información financiera.

La NIF B-1 establece los siguientes términos; aplicación prospectiva la cual es el reconocimiento del periodo actual y de periodos futuros del efecto de un cambio contable, aplicación retrospectiva que reconoce el efecto de un cambio contable o de la corrección de un error, cambio contables que a su vez se dividen en cambio en la estructura del ente económico el cual es la modificación del número de entidades que se consolidan o combinan; cambio en estimación contable que es el ajuste al valor en libro en un activo; cambio de norma particular que se refiere a la modificación de una norma particular y reclasificaciones que son las presentaciones de partidas integrantes que no modifican los importes de utilidad.

Reconocimiento de cambios contables y de corrección de errores

El efecto que provoca un cambio contable o la corrección de un error debe reconocerse e informarse de acuerdo con los lineamientos que se establecen en esta NIF, salvo que la emisión de una nueva NIF particular de lugar a un cambio contable.

Normas de presentación y revelación (Consistencia en la aplicación de las normas particulares)

La información que se presente en los estados financieros debe ser confiable, relevante, comprensible y comparable. Cuando para una situación determinada se permite más de un tratamiento contable, la administración de la entidad, debe seleccionar aquel que mejor refleje la sustancia económica.

El marco conceptual establece la consistencia como un postulado del sistema contable por lo que implica que operaciones similares se les debe de aplicar el mismo tratamiento contable. También establece que la comparabilidad no debe ser un freno a la evolución y mejoramiento de la calidad de la información financiera.

En la preparación de un estado financiero una vez adoptada una norma particular, no debe modificarse ni sustituirse por otra para el reconocimiento contable de operaciones de tipo semejante. El uso consistente de una norma particular de un periodo a otro enriquece la utilidad de la información, facilitando así su análisis y el entendimiento de la información comparativa que se presentan en los mismos.

Bajo circunstancias especiales, la sustitución de una norma particular no solo es recomendable sino necesaria, aun cuando ocasione una falta de comparabilidad.

Cambios contables con tratamiento  retrospectivo   y corrección de errores.

Los cambios en normas particulares, reclasificaciones y corrección de errores, deben reconocerse mediante su aplicación retrospectiva.

Esto implica que los estados financieros básicos que se presenten comparados con los del periodo actual sean afectados por un cambio contable o una corrección de un error deba ejecutarse o reclasificarse retrospectivamente para reconocer los efectos del cambio o error contable.

Cuando se presente efectos que perjudiquen los periodos previos al último presentado, se debe ajustar o reclasificarse los efectos acumulados correspondientes a periodos anteriores desde el inicio del periodo más antiguo que se presente en forma comparativa.

Los efectos derivados de ajustes retrospectivos por cambios contables y correcciones de errores deban reconocerse netos de los impuestos a la utilidad conforme a las normas información financiera aplicables.

No debe aplicarse el tratamiento retrospectivo cuando se adopte o modifique una norma particular; sobre operaciones que se presentan por primera vez o que genera efectos que nos fueron importantes en periodos anteriores.

RECLASIFICACIONES

Para mejorar la claridad de la información es necesario efectuar cambios en la presentación y agrupación de las partidas que integran los estados financieros, en estos casos los estados financieros de periodos anteriores, deben reclasificarse respectivamente conforme a la nueva clasificación adoptada.

Las reclasificaciones NO modifican los importes de utilidad (perdida) neta o integral, o cambio neto en el patrimonio, ni al total del capital o patrimonio contable.

Corrección de errores

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