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Resúmen Decreto 170 De Educación Especial, Chile.


Enviado por   •  9 de Mayo de 2012  •  1.790 Palabras (8 Páginas)  •  10.179 Visitas

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Intro: La Educación Especial ó Educación Diferencial, en la actualidad es reconocida en la Ley General de Educación (LGE) como una modalidad del sistema educativo que desarrolla su acción de manera transversal en los distintos niveles educativos, tanto en los establecimientos de educación regular, como especial, proveyendo un conjunto de servicios, recursos humanos, técnicos, conocimientos especializados y ayudas para atender las necesidades educativas especiales que puedan presentar algunos alumnos de manera temporal o permanente a lo largo de su escolaridad, como consecuencia de un déficit o una dificultad específica de aprendizaje.

Contenidos

Titulo I Evaluación Diagnóstica.

Conforme a los criterios y dimensiones de la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF), la evaluación diagnóstica debe entregar información referida a:

a) Tipo y grado del déficit y su carácter evolutivo en el tiempo.

b) Funcionamiento del o la estudiante en lo relativo a sus funciones físicas; actividades que es capaz de desarrollar y posibilidades de participación efectiva en el medio escolar.

c) Los factores contextuales, tanto ambientales como personales que interactúan con el o la estudiante.

• La evaluación diagnóstica debe ser integral, interdisciplinaria, confidencial y contar con la

autorización por escrito de la familia o de los apoderados del estudiante.

• Debe aportar información relevante del ámbito educativo y de la salud para la identificación de

los apoyos

• Se debe registrar a través de un Formulario Único proporcionado por el MINEDUC.

- El sostenedor o director del establecimiento es responsable de la coordinación de los

profesionales evaluadores.

- Todos los profesionales evaluadores son responsables y firman

• La reevaluación es anual, pero cada dos años el sostenedor deberá justificar cuando un

estudiante necesite un tercer año. Los exámenes médicos y evaluaciones estandarizadas

deberán establecerla los propios equipos.

• La evaluación será financiada por el sostenedor, sin perjuicio de los aportes que pueda

realizar la familia. No hay inhabilidad para contratar profesionales del área privada.

• El establecimiento debe elaborar un informe anual; que de cuenta de los avances, determine

la continuidad y el tipo de apoyos requeridos . Informe debe cumplir con instrucciones del

MINEDUC y estar documentado con evidencias.

• La documentación es de propiedad de la familia, pero debe estar disponible para la

fiscalización. La familia debe estar informada de los avances y de los apoyos que debe dar a

su hijo o pupilo.

• Los egresos deben ser documentados con un informe psicopedagógico

Titulo II Profesionales Competentes

Se entenderá por profesional competente, aquél idóneo que se encuentre inscrito en el Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico.

Será requisito para la evaluación diagnóstica que ésta sea efectuada por los siguientes profesionales idóneos:

• Para evaluar estudiantes pertenecientes a comunidades que hablen otra lengua, el profesional que realice dicho diagnóstico deberá poseer un manejo fluido de la lengua de que se trate o en su defecto usar intérprete.

Igualmente deberá tener conocimiento de la cultura, idiosincrasia, valores y cosmovisión de la comunidad a la que pertenece el niño, niña o joven que evalúa.

• Se debe diseñar una estrategia para la inscripción de los profesionales de la

salud.

TITULO III

Serán beneficiarios de la subvención de necesidades educativas especiales de carácter transitorio aquellos que en virtud de un diagnóstico realizado por un profesional competente, en conformidad a las normas de este reglamento, presenten algunos de los siguientes déficit o discapacidades:

¨ Trastornos Específicos del Aprendizaje.

¨ Trastornos Específicos del Lenguaje (TEL).

¨ Trastorno Déficit Atencional con y sin Hiperactividad (TDA) o Trastorno Hipercinético.

· Rendimiento en pruebas de coeficiente intelectual (CI) en el rango límite, con limitaciones significativas en la conducta adaptativa.

· Solo los niños y niñas del nivel de educación parvularia que presentan TEL pdrán asistir a una escuela especial de lenguaje.

· Los demás estudiantes solo recibirán la subvención de NEE de carácter transtorio cuando se encuentren desarrollando sus actividades enestablecimientos de educación regular que cuentan con PIE.

TITULO IV. Diagnóstico de los alumnos beneficiarios del incremento de la subvención especial

Los establecimientos que atiendan alumnos y alumnas con

discapacidad visual: La Discapacidad Visual es una alteración de la senso-percepción visual, que se puede presentar en diversos grados y ser consecuencia de distintos tipos de etiologías. Este déficit se presenta en personas que poseen un remanente visual de 0.33 o menos en su

medición central y se manifiesta a través de limitaciones cuantitativas y cualitativas en la recepción, integración y manejo de la información visual que es fundamental para el logro de un desarrollo integral armónico y la

adaptación al medio ambiente.

Se puede presentar como: a. Baja visión, consiste en una disminución de la

visión que se presenta de diferentes modos, sin embargo, la

capacidad visual resulta funcional para la vida cotidiana,ya que aun cuando la dificulta,

...

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