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SIMILITUDES Y DIFERENCIAS ENTRE LA INTERMEDIACIÓN Y TERCERIZACIÓN LABORALES EN COLOMBIA


Enviado por   •  5 de Agosto de 2021  •  Ensayos  •  436 Palabras (2 Páginas)  •  178 Visitas

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SIMILITUDES Y DIFERENCIAS ENTRE LA INTERMEDIACIÓN Y TERCERIZACIÓN LABORALES EN COLOMBIA.

La intermediación y tercerización son dos situaciones jurídicas diferentes que comparten algunas similitudes, es por ello, que es muy importante determinar cuando nos encontramos ante cada una de ellas, siendo que ambas externalizan servicios, es decir que el empleador se desvincula, cede o transfiere esta actividad a un tercero, quien será quien desarrollara dicha actividad, bajo las necesidades y requerimientos de quien lo esta contratando.

        

Es así, como podemos determinar y diferenciar la intermediación laboral de la tercerización, puesto que, la primera se entiende como una empresa de intermediación laboral, donde presta su servicio a una empresa usuaria, en donde el servicio prestado es el suministro solamente de la mano de obra o provisión de trabajadores para que éstos presten sus servicios bajo el mando y dirección de un tercero o empresa usuaria. Bajo este entendido podemos determinar que no existe vinculo laboral entre la empresa usuaria y el trabajador, por lo tanto, podemos establecer que el empleador formal es la empresa intermediaria, quien tiene a su cargo la obligación del pago de la remuneración y la seguridad social.

La tercerización laboral, fue usado en el Decreto 583 del 2016, el que fue anulado por el Consejo de Estado, puesto que la tercerización, es entendida como la actividad que ejerce una empresa a quien se le confiere o le faculta el desarrollo de una actividad o mas actividades de la empresa usuaria, para que la empresa tercerizada le provea las obras o servicios requeridos. Dicha empresa tercerizada asumirá los riesgos, tendrá sus propios recursos financieros, técnicos y materiales, es decir que cuentan con su patrimonio propio, tienen independencia administrativa y funcional del objeto social o actividad comercial a la que se dedica la empresa usuaria, de igual manera serán responsables por las actividades prestadas y sus trabajadores estarán bajo sus dominio, dirección y subordinación.

Conforme a lo anterior definición y diferenciación podemos concluir que la intermediación laboral es una actividad de carácter temporal y los trabajadores no pueden prestar servicios de ejecución permanente de la empresa usuaria, y según la normativa colombiana esta actividad solo puede ser desarrollada por las empresas de servicios temporales y autorizadas por el Ministerio de Trabajo, a diferencia de la tercerización, hay recordar que existe partición de la actividad de la empresa usuaria a una empresa terciaria, la cual puede ejercer la actividad de manera indefina y autónoma, que esta prevista para los caso de los contratistas independientes, cooperativas de trabajo asociado, las empresas asociativas de trabajo quienes deben tener esta actividad en su objeto social.

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