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SOCIEDADES DE BENEFICIO DE INTERES COLECTIVO


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2019  •  Ensayos  •  2.355 Palabras (10 Páginas)  •  227 Visitas

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SOCIEDADES DE BENEFICIO DE INTERES COLECTIVO

Jenny Marcela Lasso

Jefferson Leandro Vélez

Junio del 2019

Universidad del Quindío

Facultad ciencias Económicas Administrativas y Contables

Armenia Quindío

Ética profesional

Tabla de contenido

SOCIEDADES DE BENEFICIOS E INTERÉS COLECTIVO        3

RESUMEN        3

INTRODUCCION        4

DESARROLLO        6

¿QUÉ SON LAS SOCIEDADES BIC?        6

¿Qué se entiende por impacto positivo?        8

CONCLUSIONES        11

REFERENCIAS        13


SOCIEDADES DE BENEFICIOS E INTERÉS COLECTIVO

RESUMEN

Las sociedades de beneficio e interés colectivo (BIC) han tomado mayor importancia en los últimos años, tanto para los empresarios como los grupos de interés.  Ha pasado a ser un proyecto de ley propuesto por el congreso de Colombia a una nueva modalidad estratégica a la que muchas empresas podrán acogerse, para la creación de valor a sus organizaciones ya que pasaran a ser reconocidas como sociedades que no solo buscan el beneficio de sus accionistas, sino proteger el interés de la colectividad y el medio ambiente. Esto visto como una oportunidad para ingresar comercialmente a países desarrollados, una variable competitiva de reconocimiento mundial y un medio para contribuir al desarrollo sostenible mediante la inclusión de impactos positivos económicos, sociales y medio ambientales en el desarrollo de las actividades de la organización.

Para el análisis de la implementación de esta ley aprobada en junio de 2018 se tendrá en cuenta algunas teorías de economía naranja y del bien común en las que se basó dicho proyecto de ley para dar paso a la creación de las BIC. Para dicho propósito se tiene presente al autor Cristian felber quien, (Salzburgo, 1972), en mitad de una conferencia, se pone con los pies en alto para deleitar al público. Tiene estudios de filología hispánica, sociología y política, y da clase en la Universidad de Economía y Negocios de Viena. Miembro de Greenpeace y cofundador de la organización antiglobalización Attac en Austria, es autor de libros como 'La economía del bien común' (Deusto, 2012) o 'Salvemos el euro' (Anaya, 2013). Felber defiende un cambio radical en el modelo económico, la llamada economía del bien común.

INTRODUCCION 

El presente ensayo tiene como finalidad dar a conocer que son las sociedades de beneficios e interés colectivo, que empresas se pueden considerar BIC y cuáles no, así como también especificar los requisitos para pertenecer a este grupo de entidades y, la normatividad que las rige. Seguido de un análisis tipo reflexión acerca de los impactos positivos y negativos de la implantación de esta ley en la economía colombiana.  

Para poder hablar sobre el tema (SBIC), es sumamente importante traer a colación al economista austriaco Christian Felber quien propone un proyecto económico abierto presentado y dirigido a las empresas, como nuevo modelo económico el cual propone implementar y desarrollar una “verdadera economía sostenible” y que busca ser la alternativa a los mercados financieros tradicionales en los cuales están necesariamente relacionadas las empresas.

El modelo económico, capitalista actual y global, salvo con algunas excepciones de algunos países, entre sus principios plantean un crecimiento sostenido, es decir infinito, con el fin de satisfacer las necesidades humanas y generar beneficios económicos a las empresas, cuando para algunos autores no se puede tener un crecimiento infinito en un mundo finito. En oposición a esto, Felber plantea otra perspectiva económica fundamentada en otros principios, por ejemplo, él afirma que la economía no debe ir dirigida hacia el crecimiento sostenido, el cual en otras palabras es producir y consumir, sino que debe ir orientada a la satisfacción de las necesidades a través del bien común en un entorno en el que se tengan valores de confianza, honestidad, responsabilidad, cooperación, solidaridad, generosidad y compasión.

Con este modelo económico se cambia la manera como las empresas ven a la sociedad, no como demandantes de bienes y servicios y generadores de ingresos, sino como seres humanos que pueden aportar mucho al desarrollo de la sociedad y en relación con otros factores que son beneficio para todos como lo es la media ambiente y la justicia social.

El gobierno colombiano a través de su plan de gobierno desarrolla un modelo económico llamado la “economía naranja” y en concordancia con la filosofía de dicha propuesta, está el impulso del crecimiento económico desde la productividad y beneficios individuales o colectivos, por tal razón decide incluir un nuevo actor al régimen societario y este son las sociedades de beneficio de interés colectivo (BIC) y de las cuales se hablara en el desarrollo del tema.

DESARROLLO

Las entidades de beneficios he interés colectivo, al estar inmersas en la sociedad deberán comportarse como "buenos ciudadanos empresarios", cumpliendo distintos aspectos de ética y respeto por el medio ambiente y las diferentes personas con las que se relaciona.

Es así como los impactos sociales, ambientales y económicos que genera una organización, la globalización de la economía, la apertura comercial de Colombia y los grandes retos relacionados con la superación de la pobreza y el logro de un ambiente sano, han hecho que empresas que actúan no solo en beneficio propio si no buscando el interés de la colectividad cobre mayor relevancia en el mundo de hoy.

En este sentido es pertinente conocer los conceptos, enfoques y beneficios de las BIC.

¿QUÉ SON LAS SOCIEDADES BIC?

El Congreso colombiano tramito el Proyecto de Ley a través del cual se pretende la creación de las denominadas Sociedades Comerciales de "Beneficio e Interés Colectivo" - BIC, un tipo societario que cualquier sociedad podrá adoptar voluntariamente, para ser identificada como sociedad que no solo busca el beneficio de sus accionistas, sino proteger el interés de la colectividad y el medio ambiente.

Esta ley estableció que las BIC serán todas aquellas empresas que se creen con un beneficio colectivo y se acojan a todos los requisitos establecidos por la LEY No.1901 8 JUN 2018 POR MEDIO DE LA CUAL SE CREAN Y DESARROLLAN LAS SOCIEDADES COMERCIALES DE BENEFICIO E INTERÉS COLECTIVO (BIC). Cuyo cumplimiento estará vigilado por la Superintendencia de Sociedades gracias al reporte de gestión que las empresas tendrán que presentarle cada año.

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