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Sindicalismo En Mexico

muminkoketo5 de Marzo de 2014

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INTRODUCCION

El propósito de la presente antología, es valorar la importancia que tiene el derecho laboral para los individuos como para la sociedad. En el trabajo se establece una relación entre trabajadores y los patrones, que es la llamada relación de trabajo, donde se prestan servicios personales subordinados, recibiendo a cambio una remuneración económica por dichos servicios prestados, se analizan en nuestra primera unidad las Secretarias, Delegaciones e Instituciones competentes para conocer a acerca del derecho laboral y los conflictos que puedan surgir de las relaciones de trabajo, ya sean individuales y colectivas, así mismo, los antecedentes del movimiento obrero europeo en el siglo XIX, como los antecedentes del sindicalismo en México, el Derecho de reunión, de asociación, de sindicalización, y el concepto de coalición.

El Contrato colectivo de trabajo, el individual de trabajo y el contrato-ley, abarcarán parte de nuestro estudio y serán analizados de manera completa, desde sus definiciones, conceptos, duración, hasta su terminación, así mismo con la opinión de varios autores mexicanos como De Buen Lozano, De la Cueva Mario, Trueba Urbina, Trueba Barrera, entre otros, y la fundamentación de la Ley Federal del Trabajo.

Contiene información de las formas de sindicación, como lo son los sindicatos gremiales, de oficios varios, de empresa, por mencionar algunos, los conceptos de Federación y Confederación, los requisitos de los sindicatos, sus estatutos, sus cláusulas de exclusividad, mismas que deberán ser analizadas, los conflictos de trabajo y las formas de solucionarlo, y lo referente a la Huelga, sus objetivos, Requisitos, etc.

Mismo material servirá de apoyo para la comprensión de la legislación laboral en la interrelación con las empresas y trabajador, teniendo una visión más amplia del Derecho del Trabajo.

INDICE

PRINCIPIOS GENERALES.

Secretarias, Delegaciones e instituciones competentes.

Asociaciones profesionales.

Derecho de reunión.

Derecho de asociación.

Derecho de sindicalización.

Conclusiones.

La libertad y la democracia.

Asociaciones patronales.

Sindicatos.

Antecedentes históricos.

El movimiento obrero europeo en el siglo XIX.

El socialismo utópico, el anarquismo y el marxismo.

Sindicalismo del siglo XX.

Sindicalismo en México.

El desarrollo de la clase obrera en el México Pre-revolucionario.

El movimiento obrero mexicano.

Teoría y práctica del movimiento.

Las grandes centrales obreras.

Perspectivas del movimiento obrero.

Coaliciones.

Contrato colectivo.

Antecedentes.

Definición.

Contenido.

Duración.

Modificación.

Terminación.

Contrato ley.

Antecedentes.

Definición.

Contenido.

Duración.

Modificación.

Terminación.

Reglamento interior de trabajo.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO.

Relaciones de trabajo.

Contrato individual.

Antecedentes.

Definición.

Contenido.

Duración.

Modificación.

Terminación.

Contrato de prestación de servicios Profesionales.

RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO.

Formas de sindicalización.

Plural.

Gremiales.

De empresa.

Industriales.

Nacionales de industria.

De oficios varios.

Federaciones.

Confederaciones.

Requisitos para la formación de sindicatos.

De fondo.

De personas.

Registro sindical.

Personalidad jurídica.

Estatutos sindicales.

Contenido.

Facilidades y obligaciones de sus miembros.

Sanciones.

Prohibiciones.

Cancelación y disolución.

Federaciones.

Confederaciones y sindicatos.

Negociación colectiva.

Concepto.

Técnicas.

Ventajas obreras.

Ventajas patronales.

Finalidad.

Caracterización del sindicato en la contratación colectiva.

Gestión de negocios.

Mandato.

Mandato complejo.

Estipulación a favor de terceros.

Persona física.

CONTRATO COLECTIVO.

Naturaleza jurídica.

Interpretación.

Contenido.

Elemento obligatorio.

Elemento transitorio.

Su relación con los individuos.

Efectos.

Con los trabajadores.

Con el patrón.

Con los terceros.

Cláusulas de exclusividad sindical.

Antecedentes históricos.

Envoltura del contrato colectivo.

Responsabilidades en su aplicación.

Patrón.

Sindicato.

Trabajador.

Conflictos de trabajo.

Concepto.

Clasificación.

Formas de solución.

Conciliación.

Transacción.

Arbitraje.

HUELGA.

Objetivos de la huelga.

Requisitos.

Importancia de la negociación.

CAPITULO I

PRINCIPIOS GENRALES.

1.1. SECRETARIAS, DELEGACIONES E INSTITUCIONES COMPETENTES.

El Derecho del trabajo se encuentra regulado por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, por la Junta de Conciliación Local y Federal, Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, Juntas Federal de Conciliación y Arbitraje, por la Procuraduría de la defensa del trabajo, A las secretarias de Hacienda y Crédito Publico y de Educación Pública, Servicio Nacional de empleo, Capacitación y Adiestramiento, ala Inspección del Trabajo, Comisión Nacional de Salarios mínimos, Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, a continuación mencionaremos las funciones que tienen algunas de ellas.

La Secretaria del Trabajo y Previsión Social le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

Vigilar la observancia y aplicación de las disposiciones relativas contenidas en el artículo 123 y demás de la Constitución Federal, en la Ley Federal del Trabajo y en sus reglamentos;

Procurar el equilibrio entre los factores de la producción, de conformidad con las disposiciones legales relativas;

Intervenir en los contratos de trabajo de los nacionales que vayan aprestar sus servicios en el extranjero, en cooperación con las Secretarias de Gobernación, de Comercio y Fomento Industrial y de Relaciones Exteriores;

Coordinar la formulación y promulgación de los contratos ley de trabajo;

Promover el incremento de la productividad del trabajo;

Promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo, así como realizar investigaciones, prestar servicios de asesoría e impartir cursos de capacitación que para incrementar la productividad en el trabajo requieran los sectores de productivos del país, en coordinación con la secretaría de Educación Pública;

Establecer y dirigir el servicio nacional de empleo y vigilar su funcionamiento;

Coordinar la integración y establecimiento de las Juntas Federales de Conciliación, de la Federal de Conciliación y Arbitraje y de las comisiones que se formen para regulare las relaciones obrero patronales que sean de jurisdicción federal, así como vigilar su funcionamiento;

Llevar el registro de las asociaciones obreras, patronales y profesionales de jurisdicción federal que se ajusten a las leyes;

Promover la organización de toda clase de sociedades cooperativas y demás formas de organización social para el trabajo, en coordinación con las dependencias competentes, así como resolver, terminar y registrar su constitución, disolución y liquidación;

Estudiar y ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales, para la protección de los trabajadores, y vigilar su cumplimiento;

Dirigir y coordinar la procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo;

Organizar y patrocinar exposiciones y museos de trabajo y previsión social;

Participar en los congresos y reuniones internacionales de trabajo, de acuerdo con las disposiciones que establezca la Secretaria de Relaciones exteriores;

Establecer la política y coordinar los servicios de seguridad social de la administración pública federal, así como intervenir en los asuntos relacionados con el seguro social en los términos de la ley;

Llevar las estadísticas generales correspondientes

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