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Sistema Penitenciario

2 de Diciembre de 2014

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CAPÍTULO 2. EL SISTEMA PENITENCIARIO EN MÉXICO

Concepto de sistema penitenciario

. Concepto de Sistema Penitenciario Existen tres conceptos muy concatenados el de Sistema, Régimen y Tratamiento Penitenciario. Se Define el Sistema penitenciario como “ La organización creada por el Estado para la ejecución de las sanciones penas (penas o medidas de seguridad) que importan privación o restricción de la libertad individual como condición sin la cual no es posible para su efectividad

* 2. La palabra clave es organizar, naturalmente por el Estado, quien es el que detenta el derecho de castigar. En el sistema, tienen cabida los distintos regímenes que en el momento dado lo integran. El género es el sistema y la especie el régimen. Organizar es establecer, disponer y preparar algo para lograr un fin; es poner los medios idóneos y adecuados que funcionen y lograr esa finalidad propuesta. Los gobiernos de la federación y de los Estados organizaran el Sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como medios de readaptación social del delincuente Por lo tanto hay que cumplir con ese mínimo constitucional que son tres fundamentos: Trabajo, Capacitación o pedagogía laboral y educación

* 3. Régimen Penitenciario La definición es proporcionada por E. Neumann: “ Es el conjunto de condiciones e influencias que se reúnen en una institución para procurar la obtención de la finalidad particular que le asigne a la sanción penal con relación a una serie de delincuentes criminológicamente integrada” El Régimen penitenciario tendrá carácter progresivo y técnico; Es progresivo por que se encuentra dividido en fases o etapas y es técnico ya que se utiliza fundamentos psicológicos y criminológicos. En lo particular se le puede llamar Régimen a la política penitenciaria que el Estado se ha propuesto llevar y que se encuentra plasmado en la ley. Entendida la política como un forma de llevar las cosas de conducir y manejar la institución.

* 4. Tratamiento Penitenciario Consiste en la aplicación intencionada a cada caso particular de aquellas influencias peculiares, especificas, reunidas en una institución determinada para remover, anular o neutralizar los facetes relevantes de la inadaptación social del delincuente. La premisa principal del tratamiento penitenciario, es lograr la readaptación social del sujeto, por eso en su definición se debe destacar (Aplicación intencionada a cada caso en particular) y su objetico es remover, sacudir, recordarle a la persona cuales fueron los factores criminógenos, los motivos por los que delinquió, e intentar con el esfuerzo siempre de lógralo, de neutralizarlo si al menos no se lograra anular esos factores.

Sistema penitenciario en México

Para hablar del sistema penitenciario en México, es necesario hacer referencia a algunos conceptos del marco jurídico que lo sustentan, lógicamente tendremos que referirnos al Derecho Penitenciario como la rama del derecho que estudia y regula la ejecución de las sanciones penales y los efectos que las mismas tienen en la sociedad y para ello es apropiado referirnos, en primer término a las disposiciones constitucionales que señalas las bases del llamado sistema penitenciario en México.

Artículo 18 constitucional

Es así como tenemos el artículo 18 constitucional que dispone en su segundo párrafo lo siguiente:

“Los gobiernos de la federación y de los estados organizaran el sistema penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la capacitación parta el mismo y la educación como medidas para la readaptación social del delincuente…”.

Lo anterior implica que nuestro sistema penitenciario mexicano, la sanción corporal no es vista como una forma de venganza pública sino como una expectativa de incorporación o reincorporación social de aquellos individuos que han infringido la ley.

Cabe resaltar, que al mencionar las palabras incorporación o reincorporación social y no solamente readaptación social, nos referimos, a que no todos los que delinquen, son o han sido personas que han participado en la convivencia social, ya que por desgracia debemos reconocer que hay individuos que durante la mayor parte de su vida han transgredido la ley o que no podrían ser considerados como socializados.

Por ello y retomando el precepto constitucional en que se fundamenta el sistema penitenciario en nuestro país, encontramos que en el mismo se plantean: el trabajo, la capacitación para el mismo y la educación como el camino o el medio para la readaptación social del individuo.

EVOLUCION DE LOS SISTEMAS PENITENCIARIOS

SISTEMAS PENITENCIARIOS: Los sistemas penitenciarios están basados en un conjunto de principios orgánicos sobre los problemas que dieron origen a las reformas carcelarias.

Surgen como una respuesta natural y lógica contra el estado de hacinamiento, promiscuidad, falta de higiene, alimentación, educación, rehabilitación de los internos.

PENAS CORPORALES: entendiendo por tales aquéllas que se caracterizan por causar un daño físico en el cuerpo del delincuente, sin llegar a ocasionarle la muerte. De este modo, tras ofrecer las líneas generales del desarrollo histórico, se plantea la tipología; de un lado, las mutilaciones, entre las que se incluyen la castración, la desorbitación o vaciado de la cuenca de los ojos, las amputaciones de miembros y la extirpación de la lengua; y de otro, los azotes. También existen diversos ejemplos en las fuentes medievales, mostrando los delitos concretos que llevaban aparejadas dichas sanciones, se expone la evolución posterior de este tipo de penas hasta su desaparición definitiva.

El castigo físico, disciplina física o castigo corporal es la aplicación deliberada de dolor corporal a una persona con la intención de disciplinar para que cambie su conducta en una orientación positiva para la persona que recibe dicha disciplina. Usualmente se aplica, suministrando golpes con las manos o con algún objeto. También se recurre en ocasiones a tirar de partes del cuerpo, tales como el cabello o las orejas.

Los castigos físicos han sido aplicados a lo largo de la historia como método de educación tanto con niños por parte de sus padres, como con personas adultas por parte de las autoridades estatales. La admisibilidad de su aplicación y legalidad, tanto en sistemas pedagógicos como en el campo jurídico han ido cambiando con el tiempo, por lo general en manera negativa. En la actualidad, el castigo físico en general está legalmente prohibido en un 12% de los países del mundo, considerando el resto de países que no conviene hacer ilegal esta práctica.

Se denomina pena privativa de libertad a un tipo de pena impuesta por un juez o tribunal como consecuencia de un proceso penal y que consiste en quitarle al reo su efectiva libertad personal ambulatoria (es decir, su libertad para desplazarse por donde desee), fijando que para el cumplimiento de esta pena el sentenciado quede recluido dentro de un establecimiento especial para tal fin.

Es la sanción penal más común y drástica en los ordenamientos occidentales (a excepción de la pena de muerte, de escasa extensión). Supone la privación de la libertad del sujeto, y dependiendo del grado de tal privación, pueden distinguirse las siguientes:

* Prisión.

* Arresto domiciliario.

* Destierro.

Cuando la pena privativa de libertad no tiene un plazo de finalización se la conoce como cadena perpetua

La pena de prisión nace en Españaen el siglo XVI, como sustituto de galeras o como trabajos forzados. En el siglo XVIII el objeto de las penas cambia debido a dos razones principalmente: el exceso de mano de obra de la revolución industrial y el pensamiento ilustrado de la época que creía en la rehabilitación del delincuente. Es de esta manera como se legaliza la pena y se empieza a imponer en tribunales, y a orientarla hacia la prevención.

En la actualidad, a pesar de los intentos por endurecer las penas privativas de libertad, hay corrientes que ven la pena de prisión como un método obsoleto e inhumano. Vemos por qué:

1. Desigualdad: La grandísima mayoría de los reos pertenecen a clases bajas y no altas, que se ven obligados a delinquir para mejorar sus precarias condiciones de vida.

2. Estigmatización: La pena de prisión “deshonra” al reo frente a la sociedad una vez que sale de la cárcel.

3. Marginación: derivada de la estigmatización.

4. Aislamiento de la sociedad: que produce la cárcel cuando su pretensión es resocializar.

5. Subculturas carcelarias: dentro de la propia prisión rigen unos códigos entre los presos.

La reinserción social

En nuestro país es un tema relativamente nuevo y del que en la actualidad es uno de los más importantes tanto para el estado como para los ciudadanos los cuales se nos debe garantizar la seguridad pública. El estado por medio del sistema de seguridad pública está obligado a ofrecernos seguridad a los ciudadanos, así siendo los cuatro objetivos del sistema de seguridad pública: la prevención del delito, la procuración de justicia, la administración de justicia, y el sistema penitenciario; el cual este último es el que nos interesa para poder hablar de la reinserción social, aunque si nos vamos a lo que dice la ley en verdad también a la administración de justicia le toca una parte de reinserción social.

El sistema penitenciario mexicano, las normas, leyes que rigen a este se encuentran fundamentadas y con un buen sistema con el que cuenta nuestro país, nuestras leyes están bien hechas pero lamentablemente

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