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Sistema Penitenciario

noemi050425 de Junio de 2015

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FORMULACIÓN DEL PROBLEMA:

¿DE QUE MANERA LAS CONDICIONES DE VIDA DENTRO DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS AFECTAN LA DIGNIDAD HUMANA?

OBJETIVOS:

• GENERAL:

 Determinar si las condiciones de vida dentro de los centros penitenciarios afectan la dignidad humana de los internos.

• ESPECIFICOS:

 Precisar las distintas definiciones de dignidad en base a las teorías.

 Determinar los factores que influencian en la mala organización de los centros penitenciarios.

 Analizar el derecho comparado para mejorar el sistema de los centros penitenciarios.

MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL:

• REALIDAD DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS EN EL PERÚ

1. Las cárceles peruanas

1.1 ALGUNAS CIFRAS OFICIALES

En nuestro país existen 83 establecimientos penitenciarios que albergan a 32,046 internos e internas a enero del 2005, a pesar que su capacidad total es de 20,497 (la sobrepoblación existente es de 11,549 personas). De los casi 29,000 internos e internas que poblaban las cárceles de nuestro país en el año 2003, hoy son más de 32,000 personas privadas de libertad, y esta situación cada día se viene agudizando más. El crecimiento promedio de la población penal del 2003 al 2004 fue aproximadamente del 13%. Del total de la población penal, el 93,04 % son varones y el 6,96% mujeres. En cuanto a la población juvenil - entre los 18 y 29 años de edad - se presenta como la más numerosa, representando el 47,9% del total de la población penal. Es necesario resaltar que aunque las mujeres privadas de libertad representan un porcentaje menor, su tratamiento debe ser diferenciado de los varones. Además se debe brindar un tratamiento especial a las 161 madres que conviven al interior de las cárceles con sus menores hijos. La presencia de la madre es de vital importancia para éstos pequeños y ocasionaría un daño irreparable romper dicho vínculo. Pero, por otra parte también es muy penoso que el niño o niña padezca las condiciones carcelarias. Son éstas las principales razones para que el Estado, tomando cartas en este asunto implemente algunas medidas alternativas a la pena privativa de libertad. Ellas representan sólo el 7.1% del total de mujeres privadas de libertad, a nivel nacional. 3 Los datos consignados en el presente informe han sido tomados del “Informe Estadístico Mensual - enero 2005” que edita el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) - Ministerio de Justicia. 8 9 De otro lado encontramos un sistema judicial que no responde eficazmente a la problemática legal de los internos e internas. Esto se ve reflejado a enero del 2005 en la población penal en calidad de sentenciados, entre varones y mujeres que alcanza el 29,53%, mientras que la gran mayoría se encuentra en calidad de procesada: el 70,47%. Es decir, las autoridades judiciales aún no han determinado la responsabilidad frente al hecho que provocó su encarcelamiento. Es también preocupante la situación de los extranjeros en prisión que a enero del 2005, sumaban 699, cifra que cada día va en aumento. La mayor población extranjera proviene de España (104), seguida de Colombia (101), Bolivia (48) y Sudáfrica (48). Un gran porcentaje de extranjeros se encuentra recluido en los Penales Sarita Colonia (Callao) y Santa Mónica (Chorrillos) entre otros. El ordenamiento legal del país asume que la cárcel debe lograr que la persona que no respetó las leyes de convivencia social modifique esa conducta. Para conseguirlo, la persona privada de libertad recibe un tratamiento con la finalidad de reeducarlo y re-socializarlo. Sin embargo, las autoridades responsables de brindar dicho tratamiento en el penal señalan que los resultados obtenidos no han sido favorables. Afirman que carecen de recursos materiales y del personal profesional necesario para poder efectuar un buen trabajo. El presupuesto de apertura del INPE el año 2004 ascendió a S/. 143’622,000.00 nuevos soles, el cual fue modificado a S/. 148’266,858.00 nuevos soles. Incremento insuficiente para las carencias que vienen sufriendo muchos de los penales de nuestro país. El INPE cuenta con aproximadamente 4,865 trabajadores, de los cuales 2,600 prestan servicios de seguridad. El personal restante está a cargo de realizar labores administrativas y de tratamiento. Es importante resaltar que la normatividad internacional referida al personal penitenciario, en nuestro país difiere mucho de la realidad, pues si bien se indica que la administración penitenciaria se esforzará para que el trabajador tenga la convicción que la función penitenciaria constituye un servicio social de gran importancia, el tener una remuneración adecuada y asimismo que se mantendrán en constante capacitación y profesionalización. Sin embargo, los bajos sueldos y remuneraciones de los empleados penitenciarios que oscilan entre S/.700 (US$ 210.00) y S/.1, 000 nuevos soles mensuales (US$ 330.00), son de subsistencia. Se suma a ello la falta de incentivos por parte 8 9 de la propia institución, originando que algunos trabajadores tengan un rol pasivo y no busquen alternativas de formación, capacitación y reformas en el ámbito penitenciario.

1.2 RESPUESTA DEL ESTADO PERUANO ANTE ESTA REALIDAD

Ante esta situación, la respuesta del Estado no ha sido favorable. Durante el año 2004 se adicionó una partida presupuestaria para mejorar la seguridad en los penales, y se dejó atrás áreas muy deficitarias tanto o más importantes que requieren con urgencia ser atendidas (salud, alimentación, etc.). A ello se suma el aumento de personas encarceladas y el poco personal penitenciario que no puede cumplir sus labores favorablemente por carencia de recursos, poca capacitación especializada, bajos ingresos, etc. Aunque teóricamente existe un Plan Nacional de Tratamiento Penitenciario, dado en el 2003, son pocas las acciones realizadas bajo los lineamientos de este documento. Aunque se proponen políticas de corto, mediano y largo plazo en cuestiones de infraestructura (construcción de cárceles) y seguridad, las cuestiones esenciales de tratamiento no difieren a las actuales. Es decir, se mantienen con pequeños cambios, y esto es insuficiente. Este documento reconoce que la política de tratamiento no ha sido la más adecuada. Creemos que el Estado debe plantear reformas reales en esta materia como el impulso de una política penitenciaria diferenciada por segmentos de internos/as, promovido por el actual Presidente del INPE, que hasta la fecha no ha sido implementada. Por otro lado, los últimos gobiernos no han priorizado esta problemática porque no contaban con un plan de reforma en el ámbito penitenciario, o en algunos casos, este tema ha sido postergado. Durante el período gubernamental de Alberto Fujimori (1990-2000) se dictaron un sinnúmero de leyes de emergencia que contravinieron diversos derechos constitucionales. El espíritu normativo de la época estuvo marcado por el incremento de penalidad, implementación de regímenes penitenciarios de extrema rigurosidad y restricción considerable de beneficios penitenciarios. Seguidamente, durante el gobierno de transición presidido por Dr. Valentín Paniagua, se restauró la democracia en el Perú. Esto trajo consigo el desmontaje de las estructuras autoritarias del período anterior y tuvo también influencia 10 11 en el ámbito penitenciario. Se inició una política de apertura y diálogo con la sociedad civil que significó avances importantes en materia legislativa y penitenciaria: favoreciendo la despenalización, mejora de las condiciones de vida al interior de las cárceles y una mayor y mejor relación con los sectores involucrados en el sistema penal y penitenciario. Sin embargo, subsistieron los problemas presupuestales que truncaron mejoras en la infraestructura, tratamiento y servicios básicos para la población penitenciaria. Una vez elegido el gobierno de turno presidido por Dr. Alejandro Toledo, el sector Justicia centró sus funciones en la lucha contra la corrupción dentro de las instituciones estatales. En la práctica esto significó dejar de lado el problema carcelario de nuestro país. No obstante, en el año 2003 dos acciones relevantes ponen en el debate nuevamente la situación de las cárceles: la aprobación del Plan Nacional de Tratamiento Penitenciario4 y la promulgación del Reglamento del Código de Ejecución Penal. A inicios de febrero del 2004, asume la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario el Dr. Wilfredo Pedraza Sierra, quien viene realizando algunas acciones positivas de humanización de las cárceles, con los pocos recursos que cuenta y los grandes problemas que afronta. Su política se ha centrado en los siguientes pilares: respeto a la autoridad, a los derechos de la persona encarcelada y transparencia en la gestión. También plantea implementar una política penitenciaria diferenciada, que tiene en cuenta los siguientes segmentos de internos e internas:

1. Delincuentes jóvenes, ocasionales, ancianos enfermos.

2. Internos comunes que integran bandas organizadas con múltiples ingresos.

3. Internos por corrupción de considerable poder económico y político.

4. Internos por terrorismo que funcionan como una organización para su propio fin.

5. Extranjeros.

6. La realidad penitenciaria en Lima y provincia es distinta.

Esta política penitenciaria diferenciada urge ser implementada en su integridad, pues permitiría un tratamiento adecuado a estos segmentos de internos e internas, especialmente la más joven que no pertenece a la cultura delincuencial y que requiere más atención por el riesgo de vulneración de precarios valores. Durante la actual gestión del INPE, se creó la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, se culminó el Penal de Piedras Gordas - se aperturó el 15 de

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