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Sistema de Derecho Continental y Common Law


Enviado por   •  11 de Octubre de 2018  •  Ensayos  •  8.942 Palabras (36 Páginas)  •  339 Visitas

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Universidad Evangélica de El Salvador

Facultad de Ciencias Jurídicas

Licenciatura en Ciencias Jurídicas

 

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Asignatura: Introducción al Estudio del Derecho II

Tema: Sistema de Derecho Continental y Common Law

Catedrático: Lic. Eduardo Enrique Monroy Bernal

 Integrantes: 

  • Aníbal Fernando Pocasangre Crespín
  • Josué Ernesto Oporto Oporto

 

Fecha: 20 de septiembre de 2018


 ÍNDICE

OBJETIVOS        3

INTRODUCCIÓN        4

MARCO HISTORÍCO        5

Antecedentes de Derecho Continental        5

Antecedentes del Sistema de Common Law        6

MARCO TEORÍCO        9

Sistema de Derecho Continental.        9

Sistema de Common Law        15

Diferencias entre el Sistema de Derecho Continental y el Sistema de Derecho Anglosajón (Common Law)        19

MARCO LEGAL        22

Derecho Comparado        22

CONCLUSIONES        27

BIBLIOGRAFÍA        28


OBJETIVOS

Objetivo General:

Conocer a profundidad, en que consiste, el sistema de Derecho Continental, y a su vez, el sistema del Derecho Anglosajón también llamado Common Law.

Objetivos Específicos:  

  • Establecer los antecedentes históricos, de los Sistemas de Derecho Continental y del anglosajón o Common Law, respectivamente.

  • Conocer las características esenciales, tanto del sistema de Derecho Continental como del sistema de Derecho Anglosajón también llamado Common Law. 

  • Identificar las diferencias de los sistemas de Derecho, tanto del Derecho Continental como el Derecho Anglosajón llamado también Common Law.
  • Plasmar bajo la óptica del Derecho Comparado, lo atinente a los Sistemas de Derecho Continental y Anglosajón, en Estados Unidos y Colombia.

INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo, desarrollaremos la temática, respecto de, dos importantes Sistemas de Derecho, los cuales son Sistema de Derecho Continental como del Sistema Common Law o también denominada Ley Común, en base a distintas fuentes bibliográficas, de dichos sistemas de Derecho; abordaremos dentro de un marco histórico sus antecedentes, los cuales será un pilar para conocer su origen y su evolución en el tiempo.

Asimismo, el Sistema del Derecho Continental, donde la recepción de la ley romana condujo a los procesos de la codificación, el Sistema del Common Law no tuvo un real y duradero contacto con el derecho romano y aún hoy continúa relativamente aislado. De esa manera, nos adentraremos en un marco teórico, donde se definirá los diferentes sistemas de Derecho en mención, sus características fundamentales que los respaldan y a su vez, las diferencias que determinan estos los Sistemas de Derecho en mención.

Por último, en un marco legal, abordaremos Derecho comparado, en donde, dos de los países importantes como lo es Estados Unidos, el cual, su proceso de formación del Derecho fue el producto de la expansión del Derecho Inglés, sus normas se adaptaron muy poco a las condiciones de vida de los colonos. Y hubo un gran desconocimiento de las normas de un Derecho elaborado por una sociedad radicalmente diferente a la colonial. Mientras que, el proceso de formación de Derecho de Colombia fue el producto de la época de la Colonia de los españoles en América, con el objetivo de la codificación e instalación de normas de una manera general y abstracta.


MARCO HISTORÍCO

Antecedentes de Derecho Continental

Civil law o Derecho Continental o Derecho Romano o grupo francés. El mismo tuvo tres etapas. La etapa Romana, la etapa Medieval y la etapa de la Codificación Moderna.

La etapa Romana

Esta etapa comprende desde la fundación de Roma hasta la Codificación de Justiniano. Contiene toda la creación y la evolución de las leyes desde las costumbres hasta las leyes escritas, las opiniones de los jurisconsultos, las decisiones del Senado, el Derecho Pretoriano, las constituciones imperiales, las edictas, las decreta, las recriptas, las mandatas, los comicios, los principios y preceptos del Derecho Romano, como no dañar a otros, vivir honestamente, dar a cada quien lo suyo, la equidad; las afirmaciones de Ulpiano, Cicerón y Gayo; entre otros, modificaron el Derecho Romano a través de los siglos hasta casi el punto de la perfección.  

        La etapa Medieval

Esta etapa comienza desde el siglo V con el inicio de la Edad Media hasta aproximadamente el siglo XVIII o parte de la Edad Contemporánea.

Se desarrollo una mezcla y fusión de distintas medidas del Derecho Romano, elementos jurídicos indígenas, canónicos y germánicos dentro de nuevas circunstancias sociales y políticas. En la edad media se agregaron elementos diferenciales a lo hecho en la etapa romana. Cada pueblo aporto elementos diferentes al Derecho Romano.

El derecho canónico tuvo una gran influencia en esta etapa. Transformo radicalmente el Derecho de Familia y renovó algunos principios básicos del Derecho patrimonial. Buena parte de conceptos y teorías generales del Derecho Civil fueron redactados por canonistas, basados a veces en el Derecho Romano.

El Derecho Germánico aporto el espíritu social que le faltaba al Derecho Romano, pero su influencia varío según el lugar y la época.

En el periodo Germanico, cuando las tribus germanas, luego de vencer al imperio, ocuparon el territorio del imperio occidental, adoptaron el principio de personalización del Derecho, es decir, cada grupo de personas tenia sus propias leyes, aunque estuvieran en el mismo territorio. En consecuencia, coexisten leyes para los romanos vencidos (leges romanae) y los germanos vencedores (leges barbarorum).

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