Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización
Alfredo fontaine jaramilloApuntes20 de Noviembre de 2021
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Titulo: Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización.
Tipo norma o número de ley: 20.529
Fecha publicación: 27-08-2011
Fecha de promulgación: 11-08-2011
Organismo: Ministerio de educación
¿En qué consiste la ley de aseguramiento de la calidad de la educación?
Esta ley establece como un deber del Estado el asegurar una educación de calidad y equidad, siendo este ultimo concepto entendido a partir de la idea de que tanto alumnos como alumnas tengan las mismas oportunidades de recibir una educación de calidad, en concordancia con las disposiciones provenientes de la ley general de la educación (LGE).
Variación en cuanto al concepto de educación:
Esta ley amplia el concepto de educación, siendo este definido como un proceso de aprendizaje cuya finalidad es que las personas alcancen su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas.
Objetivos del proyecto de ley:
El objetivo de este proyecto de ley es regular el sistema educacional para consolidar y garantizar la calidad de la educación parvularia, básica y media. A su vez, el criterio de regulación también es aplicado para hacer un seguimiento en cuanto al desempeño de las escuelas, sus sostenedores, docentes y directivos, prestando apoyo para lograr el objetivo principal, y en el caso de no cumplir el criterio correspondiente, se inicia el respectivo proceso ligado al cierre de establecimientos educacionales.
Procedimientos consignados
En este proyecto se crearon dos nuevos organismos regulatorios:
- La agencia de calidad
- La superintendencia de Educación.
Funciones de los nuevos organismos:
Agencia de calidad: Tiene como función el evaluar y orientar el sistema educativo para que este tenga una tendencia hacia el mejoramiento de la calidad y equidad.
¿Como llevara a cabo dicha labor?
A través de la aplicación de un sistema de medición del grado de cumplimiento de los estándares de aprendizaje de los alumnos, el cual es obligatorio para todos los establecimientos reconocidos por el Estado.
Superintendencia de Educación: Su función es fiscalizar que los sostenedores de establecimientos educacionales reconocidos por el Estado se ajusten tanto a la normativa educacional como a la legalidad en el uso de los recursos que reciban los sostenedores de colegios subvencionados y todos los demás que reciban aportes del Estado.
¿Como llevara a cabo dicha labor?
A través de la fiscalización en cuanto al uso de recursos, investigación ligada a denuncias tanto como reclamos provenientes de los distintos miembros de la comunidad escolar.
Criterio de regulación aplicado a Establecimientos particulares.
En el caso de los establecimientos particulares pagados, solo se fiscalizará en caso de denuncia o reclamo por parte de los miembros de la comunidad educativa u otros directamente interesados, donde el proceso de fiscalización será ejecutado por un Superintendente de exclusiva confianza del presidente y funcionarios ligados al Sistema de Alta Dirección Pública.
Nuevo orden estructural:
El ministerio de Educación será el órgano rector del Sistema de Aseguramiento de la Calidad. El ministerio será el encargado de desarrollar el Plan Anual de la Calidad en colaboración con la Agencia de calidad, abarcando desde el dictar políticas educativas, administración del registro de personas y entidades de asistencia técnica educativa, y a su vez, prestará de forma directa apoyo técnico pedagógico en los casos que sea solicitado.
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