Teoria Del Derecho Civil
edusier25 de Julio de 2011
10.994 Palabras (44 Páginas)1.353 Visitas
TEORIA GENERAL DEL PROCESO CIVIL
ESTUDIANTE
IV SEMESTRE
ESTUDIOS JURIDICOS
EDUARDO SIERRA
C.V. 9.225.967
INTRODUCCION
Si el proceso civil es el medio para solucionar conflictos de intereses, entonces es un instrumento de paz social. Para que cumpla su trascendente función es imprescindible concederle todo nuestro esfuerzo y sacrificio. La paz social no se encuentra ni se descubre, sino es consecuencia de una laboriosa construcción colectiva. Esta obra pretende ser un aporte -y a la vez un homenaje- a la esforzada y meritoria labor que están desarrollando los jueces y abogados del país con tal objetivo. La difusión y utilidad social de los estudios procesales, constituye la cuota que todo procesalista debe aportar para la obtención de la paz social. Creer que esta se puede lograr sin lucha y sacrificio es como pensar que puede haber amor sin dolor.
La presente investigación tiene como objetivo fundamental el estudio del Derecho Civil y el Derecho Procesal en nuestra carrera de estudios jurídicos en la Misión Sucre.
INDICE
1. DEFINICIÓN DE PROCESO
2. NOCIÓN DE DERECHO PROCESAL.
3. INSTITUCIONES QUE COMPRENDE EL DERECHO PROCESAL.
4. RELACIONES ENTRE EL DERECHO PROCESAL CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO.
5. AUTONOMÍA DEL DERECHO PROCESAL.
6. NOCIÓN DE PROCESO, Y SU FIN.
7. CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS DE DERECHO PROCESAL CIVIL
8. FORMULACIONES SOBRE LA INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS PROCESALES.
9. CONCEPTO DE ACCIÓN.
10. LA JURISDICCIÓN Y LA COMPETENCIA. RELACIÓN ENTRE AMBAS.
11. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RELACIONADOS AL PROCESO.
12. PRINCIPIOS PROCESALES. PRINCIPIO DISPOSITIVO.
13. DEBERES DE LAS PARTES EN EL PROCESO.
14. FORMALIDADES PROCESALES.
15. VIOLACION DE LAS FORMALIDADES PROCESALES
16. REQUISITOS DE LA DEMANDA.
17. ESQUEMA:
18. DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ANEXAR A LA DEMANDA.
19. EL JUEZ FRENTE A LA DEMANDA.
20. EMPLAZAMIENTO.
21. CUESTIONES PREVIAS.
22. DEBERES, FACULTADES Y RESPONSABILIDADES DE LOS JUECES EN EL PROCESO.
23. LOS AUXILIARES JURISDICCIONALES Y EL ÓRGANO DE AUXILIO JUDICIAL.
24. EL MINISTERIO PÚBLICO.
25. LA ACUMULACIÓN.
26. LITISCONSORCIO.
27. LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS.
28. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
TEORÍA GENERAL DEL PROCESO CIVIL
DEFINICIÓN DE PROCESO
En Venezuela la potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos o dciudadanas y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley. Corresponde a los órganos del Poder Judicial conocer de las causas y asuntos de su competencia mediante los procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias. El sistema de justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los o las auxiliares y funcionarios o funcionarias de justicia, el sistema penitenciario, “los medios alternativos de justicia”, los ciudadanos que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados para el ejercicio. El Poder
Judicial es independiente de las demás ramas del Poder Público, goza de autonomía funcional, financiera y administrativa.
El proceso es un conjunto de actos dirigidos a la resolución de los conflictos y pretensiones de los particulares, con la finalidad de imponer a los particulares una conducta adecuada a las normas legales, y a su vez, brindar a estos una tutela jurídica efectiva. El mismo esta constituido por un conjunto de actos mediante los cuales se materializa la función jurisdiccional en beneficio de los ciudadanos, es decir, está constituido por una serie de actos, -que es lo que llamamos la etapa procedimental, que a su vez unen los tres sujetos esenciales del proceso, como son: el juez, actor y demanda.
NOCIÓN DE DERECHO PROCESAL.
El Derecho Procesal Civil es un conjunto no normas que regulan o establecen criterios sobre la actividad o la función jurisdiccional del Estado con el fin de aplicar las leyes que reconocen nuestros derechos y obligaciones. También se le puede conceptualizar como el conjunto de normas jurídicas que regulan los procedimientos que deben seguirse para hacer posible la realización del Derecho Civil. El Derecho Procesal Civil es parte del Derecho Público, porque el particular acude al Estado y le exige que resuelva su controversia. El Sujeto Pasivo de la relación es el Estado, éste es el obligado. El actor puede iniciar un juicio ya sea demandante o demandado. El juez tiene la obligación de impartir justicia y es por eso que tiene un sueldo.
INSTITUCIONES QUE COMPRENDE EL DERECHO PROCESAL. Acciones y Excepciones:
Acción, procedimiento judicial, Acciones reales, Reivindicación, Acción negatoria, Acción confesaría, Acción hipotecaria, Petición de herencia, Acciones del estado civil, Acciones personales, Excepción, Excepciones dilatorias, Excepción de litispendencia, Excepción de conexidad.
Proceso y Juicio: Capacidad y Personalidad, Actuaciones y resoluciones judiciales, Resoluciones judiciales, Cosa juzgada, Presentación de documentos, Exhortos y Despachos, Notificaciones, Términos judiciales, Costas, Competencia, Impedimentos, recusaciones y excusas, Proceso y juicio, Clasificación, Etapas procesales, Instrucción, Juicio, Actos Prejudiciales, Medios preparatorios a juicio.
Demanda: Demanda, Requisitos, Estructura, Defectos, Interposición, Efectos, Admisión, Ampliación de la demanda, Desechamiento de la demanda, Emplazamiento, Formas, Nulidad, Contestación de la demanda, Allanamiento, Confesión, Resistencia u oposición, Reconvención, Contumacia.
Pruebas y Alegatos: Prueba, Momentos de la prueba, Términos y plazos probatorios, Pruebas superveniente, Prueba Confesional, Litisconsorcio, Formas de confesión, Prueba documental, Prueba pericial, Sujetos, Reconocimiento o inspección judicial, Prueba testimonial, Interrogatorio, Fotografías, Fama pública, Requisitos, Presunciones, Pruebas científicas, Alegatos, Procedimiento escrito.
Sentencia: Requisitos, Cosa juzgada, Sentencia ejecutoriada.
Recursos y Medios de Impugnación:
Impugnación, Impugnación procesal, Medios de impugnación y recurso, Nulidad procesal, Recurso, Revocación, Reposición, Recurso de Apelación y revisión, Queja, Responsabilidad Civil, Apelación, Ejecución, Ejecución de la sentencia, Concursos.
Proceso Abreviado y Proceso de Conocimiento: Juicio sumario, Desarrollo del juicio sumario, Juicio Ejecutivo, Embargo, Remate de bienes, Juicio Hipotecario, Juicio en rebeldía, Juicio Arbitral, Divorcio, Tercerías.
Juicios Sucesorios: Juicios sucesorios, División, Juicio Sucesorio, Inventario y administración, Partición y división.
Jurisdicción voluntaria: Jurisdicción voluntaria, Tutores, Curador, Adopción, Información Ad-Perpetuam, Apeo y deslinde, Competencia de los jueces menores.
RELACIONES ENTRE EL DERECHO PROCESAL CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO:
a) CON EL DERECHO CONSTITUCIONAL.- En cuanto desarrolla la jurisdicción como poder y deber, así mismo los diversos principios procesales como el debido proceso, la pluralidad de instancias, la motivación, la cosa juzgada, etc. Es por ello que los constitucionalistas han forjado el Derecho Procesal Constitucional. El derecho procesal civil se relaciona con el Derecho Constitucional porque para la tramitación de los procesos es necesario tener en cuenta la Constitución.
b) CON EL DERECHO PENAL.- Por cuanto las normas de carácter procesal, remiten subsidiariamente a las normas de carácter procesal civil en la aplicación de algunos
...