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Unos Mecanismos de Participación ciudadana.


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2016  •  Ensayos  •  954 Palabras (4 Páginas)  •  242 Visitas

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Mecanismo de participación ciudadana

Los mecanismos de participación ciudadana son una serie de herramientas que se nos dio junto con la constitución del 91, que nos incentiva a participar en las decisiones públicas.

Los mecanismos de participación ciudadana son:

Iniciativa popular

Es la posibilidad de los ciudadanos de presentar un proyecto de ley ante el congreso, , de ordenanza ante las asambleas departamentales, de acuerdo ante los concejos municipales o distritales y de resolución ante las juntas administradoras locales, y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente" (artículo 2 Ley 134 de 1994).

El procedimiento es el siguiente:

El procedimiento es el siguiente: para promoverla debe recogerse el apoyo del 0,5% de los ciudadanos inscritos en el respectivo censo electoral, constituir un comité de promotores y elegir un vocero. Cumplido lo anterior, se inscribe la iniciativa (presentada en forma de articulado) ante la Registraduría del Estado Civil quien revisa la solicitud y entrega un formulario para que en el se recoja, en el término de 6 meses, el respaldo del 5% de los ciudadanos inscritos en el respectivo censo electoral. Si esto se logra, el proyecto popular se presenta ante la corporación respectiva quien lo estudia siguiendo las reglas del artículo 163 Constitucional. El vocero debe ser convocado y escuchado en las sesiones en que se tramite el proyecto.

Refrendación

La refrendación es una convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente.

Sus requisitos son que se podrá presentar un número de ciudadanos no menos al 10% del censo electoral nacional departamental, municipal, distrital o local. Este aplica para referendos aprobatorios.

Cuando se trate de un referendo constitucional, este será a iniciativa del gobierno o de un grupo de ciudadanos no menor al 5% del censo electoral.

        Existen dos clases de referendo:

El referendo aprobatorio: es aquel que se pone en consideración del pueblo con el fin de aprobar o rechazar un proyecto de norma (Ley, acuerdo u ordenanza).

 El referendo derogatorio: Mediante el cual se pone en consideración del pueblo un proyecto de norma para que decida si debe ser derogado o no.

Revocatoria del mandato

El mecanismo que usa el pueblo para revocar el mandato de un Alcalde o Gobernador.

Para esto es necesario, Un número de ciudadanos no inferior al 40% del total de votos válidos en la elección del respectivo mandatario y solo podrán votar los que en su momento votaron para elegir dicho funcionario, pero solo se puede presentar este mecanismo cuando el funcionario ya ha pasado un mínimo de un año, a partir de su fecha de posesión.

Plebiscito:

Es cuando el pueblo es convocado por el Presidente de la Republica a votar, par apoya o rechaza una determinada decisión del ejecutivo.

No se puede someter a plebiscito:

Los estados de excepción.

Duración del periodo constitucional del mandato presidencial.

Modificación de la Constitución Política.

Cabildo abierto:

El cabildo abierto es la reunión pública de los Concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad. (Artículo 9, Ley 134 de 1994).

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