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Mecanismos de participacion ciudadana.


Enviado por   •  18 de Abril de 2016  •  Ensayos  •  1.320 Palabras (6 Páginas)  •  261 Visitas

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MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Los individuos de la sociedad colombiana; es decir, las personas con capacidad de voto, tienen el derecho de poner en práctica el uso de los mecanismos de participación para tomar decisiones que ayuden a resolver los problemas que los afectan. Estos mecanismos de participación son caminos que brindan garantías y beneficios al pueblo siempre y cuando el objetivo de éste sea el de buscar el bien común.

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En otras palabras Los mecanismos de participación ciudadana son una serie de instrumentos y herramientas establecidas en la Constitución de 1991 para asegurar e incentivar la participación de la población colombiana en las decisiones públicas que sean de su interés. Todos los individuos de nuestra sociedad con capacidad de voto tienen el derecho de poner en práctica el uso de los mecanismos de participación para ejercer vigilancia sobre la gestión pública y asegurar su participación en la toma de decisiones y la resolución de los problemas que afectan el bien común. El propósito general de los mecanismos de participación ciudadana es brindar garantías y beneficios para que el pueblo colombiano pueda participar en los cambios dentro de los sistemas judicial, ejecutivo y legislativo.

Dentro del ordenamiento jurídico colombiano los mecanismos de participación están regulados en la Constitución Política y se desarrollan por la ley 134 de 1994, donde se establece que los mismos son las formas de participar democráticamente en el ejercicio de los derechos que tiene la ciudadanía. En este sentido, son instrumentos que buscan garantizar y promover la participación de las personas que habitan el Territorio nacional, para que sean tenidas en cuenta en las decisiones que les interesa en la sociedad.

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Los mecanismos de participación ciudadana son:

  1. INICIATIVA LEGISLATIVA

Posibilidad que tiene un grupo de ciudadanos de presentar un  proyecto de acto legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de Acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de Resolución ante las Juntas Administradoras Locales, y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente.

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Requisitos:

¿Qué se necesita para ser promotor?:

a) Ser ciudadano en ejercicio

b) Contar con el respaldo del 5% de los ciudadanos inscritos en el censo electoral.

c) Las organizaciones cívicas, sindicales, gremiales, indígenas o comunales del orden nacional, departamental, municipal o local, partidos o movimientos políticos que tengan personería jurídica también pueden ser promotores. En este caso se exige un requisito adicional el cual es que dicha decisión haya sido aprobada por el órgano deliberativo.

¿Dónde se consigue el formulario para la inscripción de iniciativas legislativas y normativas?

El formulario para la inscripción será elaborado por la Registraduría del Estado Civil correspondiente, y será entregado gratuitamente.

¿Qué información debe tener dicho formulario?

a) Nombre y número del documento de identificación de los promotores

b) Exposición de motivos de la iniciativa

c) El nombre de las organizaciones que respaldan la iniciativa

¿Cuál es la forma en la que debe estar redactada dicha iniciativa?

En forma de proyecto de acto legislativo, de ley, de ordenanza. Debe estar regida por el principio de unidad de materia.

  1. EL REFERENDO

Convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente. [pic 5]

 ¿Cuáles son los requisitos para presentar un referendo? 

Lo podrá presentar un número de ciudadanos no menos al diez por ciento del censo electoral nacional, departamental, municipal, distrital o local. Este aplica para referendos aprobatorios.

Cuando se trate de un referendo constitucional, este será a iniciativa del gobierno o de un grupo de ciudadanos no menor al 5% del censo electoral.

¿Qué materias pueden ser incluidas en los referendos?

a) Proyectos de ley

b) Ordenanzas de acuerdo o de resolución local que sean de competencia de la corporación pública de la respectiva circunscripción electoral.

Existen dos clases de referendo:

  • El referendo aprobatorio: es aquel que se pone en consideración del pueblo con el fin de aprobar o rechazar un proyecto de norma (Ley, acuerdo u ordenanza).
  • El referendo derogatorio: Mediante el cual  se pone en consideración del pueblo un proyecto de norma para que decida si debe ser derogado o no.

  1. REVOCATORIA DEL MANDATO

Derecho por medio del cual los ciudadanos dan por terminado mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.

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