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Uso De La Fuerza


Enviado por   •  28 de Marzo de 2013  •  5.595 Palabras (23 Páginas)  •  2.083 Visitas

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USO DE LA FUERZA:

ASPECTOS DOCTRINARIO Y NORMATIVO

INDICE

PORTADA 1

TITULO 2

INDICE 3

INTRODUCCIÓN 5

CAPITULO I 7

MARCO TEORICO

1.1 POLICIA NACIONAL DEL PERÚ 7

1.1.1 DEFINICIÓN DE POLICIA NACIONAL DEL PERÚ 7

1.1.2 DEFINICIÓN DE FUNCIÓN POLICIAL. 7

1.1.3 LABOR POLICIAL EN LA SOCIEDAD 7

1.1.4 FUNCIÓN POLICIAL Y RESPETO DE LOS DERECHOS 8

HUMANOS

1.1.5 DERECHOS FUNDAMENTALES Y LABOR POLICIAL 9

1.1.6 GARANTIAS CONSTITUCIONALES Y LABOR POLICIAL 9

1.2 USO DE LA FUERZA 9

1.2.1 DEFINICIÓN DE FUERZA 9

1.2.2 USO DE LA FUERZA 10

1.2.3 PRINCIPIOS DEL USO DE LA FUERZA 11

1.2.4 NIVELES DE INTENSIDAD DEL USO DE LA FUEWRZA 12

1.2.5 USO DIFERENCIADO Y PROGRESIVO DE LA FUERZA 13

A. NIVELES DE RESISTENCIA 14

B. NIVELES DEL USO DE LA FUERZA POR EL 14

EFECTIVO

1.2.6 REPRESIÓN FISICA 17

CAPITULO II 18

ANÁLISIS

2.1 ANALISIS DE LA FUNCIÓN POLICIAL. 18

2.2 ANALISIS DEL USO DE LA FUERZA EN LA FUNCIÓN POLICIAL 19

CAPITULO III 21

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

3.1 CONCLUSIONES 21

3.2 RECOMENDACIONES 21

BIBLIOGRAFÍA 23

INTRODUCCIÓN

Existe una corriente de opinión cada vez más insistente que propugna acelerar los procesos de desarrollo y mejoramiento en lo que se refiere a servicios de seguridad policial en el país. Las ideas giran en torno a extender los servicios policiales a las personas y las instituciones; es decir, que llegue al alcance de las mayorías, de mejorar la calidad del servicio y los niveles de eficiencia, de adecuarla a las características y posibilidades locales y regionales de la población y tratar de cubrir o alcanzar los objetivos y metas en materia de seguridad ciudadana, cada vez más complejos dentro de la sociedad.

Dentro de esta corriente de pensamiento se realiza la presente investigación titulada “USO DE LA FUERZA: ASPECTO DOCTRINARIO Y NORMATIVO”, cuyo objetivo central es demostrar al Comando, la importancia que tiene la utilización racional del uso de la fuerza, en las intervenciones policiales.

El trabajo de investigación, siguiendo una secuencia lógica ha sido estructurado en tres capítulos, conforme al siguiente detalle:

 Capítulo I, titulado “Marco Teórico”, a través del cual exponemos la teoría existente sobre “Policía Nacional del Perú y el uso de la fuerza”, los cuales le dan el sustento teórico al presente trabajo de investigación.

 Capítulo II, que lleva por nombre “Análisis”, en el cual tratamos de hacer una reflexión profesional de los aspectos conceptuales de la fuerza y de la práctica policial, que cumplen los efectivos en contacto con el ciudadano.

 Capítulo III, que lleva la denominación de “Conclusiones y Recomendaciones”; Conclusiones a las que he arribado después del recorrido académico investigativo; y Recomendaciones, las cuales son sugerencias que aspiro sean tomadas en cuenta en su debido momento, por los encargados de tomar decisiones, en beneficio de la institución como entidad de servicio a la sociedad.

Por lo demás, el estudio pretende indagar que en la práctica el Oficial / Sub Oficial de Policía asignado a las dependencias policiales, debe tener conocimiento de la normatividad existente, que regulan el uso de la fuerza, en las intervenciones policiales en el cumplimiento de sus funciones.

GRUPO N° 01

CAPITULO I

MARCO TEORICO

POLICIA NACIONAL DEL PERÚ

DEFINICIÓN DE POLICIA NACIONAL.

La Policía Nacional del Perú es una institución del estado creada para garantizar el orden interno, el libre ejercicio de los derechos fundamentales de las personas y el normal desarrollo de las actividades ciudadanas. Es profesional y jerarquizada. Sus integrantes representan la ley, el orden y la seguridad en toda la República y tiene competencia para intervenir en todos los asuntos que se relacionan con el cumplimiento de su finalidad fundamental.

DEFINICIÓN DE FUNCIÓN POLICIAL

(…) En el derecho policial, la función policial, constituye una mayor preocupación por cuanto, la finalidad fundamental es la protección y seguridad de la libertad y derechos de las personas a fin de asegurar el bienestar y desarrollo social. (…)

LABOR POLICIAL EN LA SOCIEDAD

La labor policial, propiamente dicha, es cumplida por la Policía Nacional; en ese sentido la actividad que realizan sus miembros se denomina servicio policial, el que comprende la labor policial de servir a los ciudadanos y proteger a la sociedad.

La labor de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley constituye un servicio social de gran importancia. En consecuencia, es preciso mantener y, siempre que sea necesario, mejorar las condiciones de trabajo y la situación de estos funcionarios.

La amenaza a la vida y la seguridad de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley debe considerarse como una amenaza a la estabilidad de toda la sociedad (Asamblea General de la ONU, 07 de septiembre de 1990).

La labor de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley constituye un servicio social de gran importancia. En consecuencia, es preciso mantener y, siempre que sea necesario, mejorar las condiciones de trabajo y la situación de estos funcionarios.

La democracia se vincula al Estado de Derecho y a la promoción y protección de los derechos humanos, ya que ellos garantizan su pleno desarrollo, cumpliendo la Policía un papel fundamental en esta labor. Por ello su preparación, competencia y actuación deberán reflejarse en una actitud de respeto a las personas y a sus derechos fundamentales.

FUNCIÓN POLICIAL Y RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS

En sentido amplio, función policial es la actividad del Estado que regula y mantiene el equilibrio entre la existencia individual y el bien común; estableciendo restricciones y limitaciones a los derechos y libertades, y recurriendo a la coacción de ser necesario, para garantizar la convivencia social, en ejercicio de la ley.

(…) El artículo 8 del Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley, recogido por la ley y el reglamento de la Policía Nacional, establece que el funcionario tiene la obligación de hacer cuanto esté a su alcance para impedir toda violación de la ley y oponerse rigurosamente a tal violación; asimismo, los que tengan motivo para creer que se ha producido o se producirá una violación informarán a sus superiores y, si fuera necesario, a cualquier otra autoridad u organismo apropiado que tenga atribuciones de control o correctivas. (…)

DERECHOS FUNDAMENTALES Y LABOR POLICIAL

Para que la Policía Nacional del Perú cumpla sus funciones, se le ha conferido a los Policías determinadas facultades, siendo las más importantes, entre otras, el arresto, la detención y el uso de la fuerza.

Las acciones que ejecuten los policías en el desarrollo de su función, deberán subordinarse y adecuarse al respeto de los derechos humanos, para así garantizar la legalidad y legitimidad de sus actuaciones, alcanzando la finalidad del servicio policial.

GARANTIAS CONSTITUCIONALES Y LABOR POLICIAL

La Constitución establece las reglas para que los derechos fundamentales se respeten. Esta tutela se ejercita a través de los procesos constitucionales, que determinan e imponen las consecuencias jurídicas derivadas de las acciones u omisiones que atenten contra los derechos constitucionales.

La extralimitación en las acciones realizadas por los miembros de la Policía Nacional durante el servicio policial o su omisión, además de cuestionar la labor policial, puede traer como consecuencia la vulneración de algún derecho fundamental de la persona y, por lo tanto, la posibilidad de iniciar un proceso constitucional (habeas corpus, ley de amparo).

USO DE LA FUERZA

DEFINICIÓN DE FUERZA

Es necesario, como aspecto prioritario, tener un concepto claro y objetivo de lo que significa “fuerza”. Suele entenderse como vigor, energía, acción de contacto físico, entre otros, inclusive la consideramos como un acto de violencia.

Sin embargo una definición de fuerza en el accionar policial, debe entenderse como: “El medio compulsivo a través del cual el efectivo policial logra el control de una situación que atenta contra la seguridad, el orden público, la integridad y la vida de las personas dentro del marco de la ley”, aplicándose mediante un acto discrecional, legal, legitimo y profesional; sin embargo, debemos tomar conciencia que todo empleo excesivo de la fuerza se convierte en violencia y es visto como un acto arbitrario, ilegal, ilegitimo y no profesional, con lo cual debe quedar claro para los efectivos policiales que “FUERZA NO ES VIOLENCIA”.

La facultad de recurrir al empleo de la fuerza en determinadas circunstancias cuando otros medios resultan ineficaces, lleva consigo la gran responsabilidad de velar para que ésta se ejerza lícita y eficazmente, ya que su uso excesivo afecta directamente los derechos humanos. Es esencial, por consiguiente, adoptar medidas que impidan su uso excesivo o indebido.

Esto se logrará a través de la capacitación del personal policial en temas referidos a solución pacífica de conflictos, estudio del comportamiento de multitudes, así como técnicas de persuasión, negociación y mediación. De presentarse excesos en el uso de la fuerza, se dispondrá las investigaciones y sanciones correspondientes.

USO DE LA FUERZA

Empleo de la fuerza en el cumplimiento de la función policial, con la finalidad de restablecer un orden alterado o para reducir a una persona ante su estado de incontrolable.

PRINCIPIOS DEL USO DE LA FUERZA

La ONU emitió en su octavo congreso sobre la prevención del delito y tratamiento del delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) en 1990, los “Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley”, los cuales deben ser respetados en toda circunstancia, por lo que no cabe invocar situaciones excepcionales o de emergencia pública para justificar su quebrantamiento.

Asimismo, es de suma importancia y obligatoriedad que todas las intervenciones policiales se basen en los principios de la legalidad, necesidad y proporcionalidad, y éstos deben ser puestos en práctica con un alto grado de racionalidad y sustentados en una conducta ética.

A. Legalidad

Todos los actos que realiza el efectivo policial en el cumplimiento de su función, deben estar amparados en las normas legales (ley, reglamento, directivas, entre otras); de igual forma los procedimientos que adopte el efectivo policial deben ceñirse a todas las disposiciones legales nacionales e internacionales.

“El uso de la fuerza debe estar dirigido a lograr un objetivo un objetivo legal”.

B. Necesidad

La intervención policial debe ser la respuesta a una situación que represente una amenaza, y que requiera de una acción inmediata para evitar su agravamiento.

“El uso de la fuerza es necesario cuando no existe otra forma de lograr dicho objetivo legal”.

C. Proporcionalidad

Es la equivalencia o correspondencia entre la gravedad de la amenaza y la cantidad de fuerza empleada. En otros términos, es la respuesta del efectivo policial en relación a la conducta del sujeto, clase magnitud u oposición que éste presente.

Es conveniente mencionar que la ley Nº 27936 modificó el artículo 20, numeral 3, literal “b” del Código Penal en lo referente a la legitima defensa, donde se excluye el criterio de proporcionalidad de medios como requisito para valorar la necesidad racional del medio empleado, considerándose en su lugar, entre otras circunstancias, la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios que se disponga para la defensa.

“El uso de la fuerza es proporcional cuando existe un equilibrio entre la gravedad de la amenaza y la cantidad de fuerza empleada, para alcanzar el objetivo deseado”.

NIVELES DE INTENSIDAD DEL USO DE LA FUERZA

El artículo 18 del Decreto Legislativo Nº 1095 del 3 de julio del 2010, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las fuerzas armadas en el territorio nacional, al respecto dice lo siguiente:

Artículo 18.- Niveles de uso de la fuerza.

18.1 Preventivo.

a. Presencia Militar.- Es la demostración de autoridad en la que los miembros de las Fuerzas Armadas están uniformados, equipados, en actitud diligente y de alerta, actuando preventiva y disuasivamente a fin de mantener o restablecer el orden interno.

b. Contacto visual.- Es el dominio visual sobre una persona, grupo de personas, vehículos, áreas o instalaciones, que permite ejercer un cierto control sobre la situación.

c. Verbalización.- Es el uso de la comunicación oral, utilizando el tono y los términos necesarios que sean fácilmente comprendidos, con miras a mantener o restablecer el orden interno.

18.2 Reactivo

Agotadas las acciones del nivel preventivo y antes de usar la fuerza en el nivel reactivo, se realiza la advertencia correspondiente, procediendo al uso de la fuerza gradualmente, siempre y cuando la situación lo permita, de la manera siguiente:

a. Control físico.- Es la acción militar que utiliza técnicas de fuerza corporal, con el fin de controlar, reducir, inmovilizar o conducir ante la autoridad que corresponda a quienes se encuentren alterando el orden interno.

b. Medios no letales.- Se refiere al empleo de equipamiento y armas bajo potencial de daño, para contrarrestar o superar la amenaza existente.

c. Medios letales.- Excepcionalmente, se puede proceder al empleo de armas de fuego, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 19 del presente Decreto Legislativo.

USO DIFERENCIADOS Y PROGRESIVO DE LA FUERZA

El efectivo policial al intervenir a personas en el cumplimiento de su función, encontrará como respuesta una serie de conductas clasificadas en niveles de resistencia, que van desde riesgo latente hasta agresión letal, ante lo cual el policía deberá hacer un uso diferenciado y progresivo de la fuerza.

A. NIVELES DE RESISTENCIA

1) Pasiva.

a) Riesgo Latente

Es la amenaza permanente, no visible presente en toda intervención policial.

b) Cooperador.

Acata todas las indicaciones del efectivo policial, sin resistencia manifiesta durante la intervención.

c) No cooperador.

No acepta las indicaciones. No reacciona, ni agrede

2) Activa

a) Resistencia Física.

Se opone a su reducción, inmovilización y/o conducción, llegando a un nivel de desafío físico.

b) Agresión no letal.

Agresión física al personal policial o personas involucradas en la intervención, pudiendo utilizar objetos que atentan contra la integridad física.

c) Agresión letal.

Acción que pone en peligro inminente de muerte o lesiones graves al efectivo policial o a personas involucradas en la intervención.

B. NIVELES DEL USO DE LA FUERZA POR EL EFECTIVO

Responden al nivel de resistencia del intervenido, variando de acuerdo a las características de cada intervención, siendo necesario mantener dinamismo en su acción.

1) PREVENTIVO

a) Presencia Policial.

Es entendida como demostración de autoridad, por ello el efectivo policial correctamente uniformado, equipado, en actitud diligente y alerta, será suficiente para disuadir y prevenir la comisión de una infracción o un delito.

Debemos tener en cuenta que esa presencia en lo posible siempre debe ser igual o superior el número de personas a intervenir.

b) Contacto visual.

Es el dominio visual sobre una persona, vehículo, área y/o instalación, que permite ejercer un control con la finalidad de impedir la realización de un acto ilícito.

c) Verbalización

Es el uso de la comunicación oral con la energía necesaria y el empleo de términos adecuados que sean fácilmente entendidos y comprendidos.

Las variaciones en el tono de voz dependen de la actitud de la persona intervenida. En situaciones de riesgo es necesario el uso de frases cortas y enérgicas.

La verbalización debe ser utilizada en todos los niveles del uso de la fuerza.

El entrenamiento y la experiencia mejoran la capacidad de verbalizar. Durante su empleo debe mantenerse contacto visual con el intervenido siempre que sea posible.

2) REACTIVO

a) Control Físico.

Es el empleo de las técnicas policiales que permiten controlar, reducir, inmovilizar y conducir al intervenido, evitando en lo posible causar lesiones.

b) Tácticas defensivas no letales.

En este nivel recurrimos al equipo con el que contamos, lo que nos permitirá contrarrestar y/o superar el nivel de resistencia. Asimismo, con la intención de lograr un impacto psicológico para que el intervenido desista de su actitud, habrá situaciones en las que tendremos que desenfundar nuestra arma de fuego para conseguir este objetivo.

c) Fuerza Potencialmente letal.

Disparo del arma de fuego por el policía, contra el cuerpo de quien ejerza una agresión letal, con el objetivo de controlarlo y defender la vida propia o de otras personas.

Los niveles de resistencia que puede ejercer la persona intervenida, deben ser entendidos de forma dinámica, ya que se puede subir gradual o repentinamente del primer nivel hasta el máximo nivel o viceversa, o presentarse en cualquier nivel y subir o bajar gradual o repentinamente.

No siempre se van a dar en una intervención todos los niveles del uso de la fuerza, toda vez que habrá oportunidades en que bastará una buena verbalización para lograr el control de la situación que se enfrenta, y otras en que hagamos uso inmediato de la fuerza potencialmente letal.

Por tanto, el policía debe estar concentrado en observar los cambios de los niveles de resistencia de la persona intervenida, para decidir qué nivel de usote la fuerza debe emplear, el mismo que debe ser progresivo y diferenciado. Esta decisión se basa en el grado de confianza alcanzado por una buena formación, permanente capacitación, entrenamiento, evaluación, experiencia y el equipo adecuado para cumplir la misión.

En el desarrollo de los niveles del uso de la fuerza, encontramos las respuestas al ¿cuándo? y al ¿cómo debemos usarla? Concluyendo que el efectivo policial SIMEPRE HACE USO DE LA FUERZA y debe hacerlo de forma PROFESIONAL

REPRESIÓN FISICA

El patrullero debe reprimir una diversidad de situaciones. Quizás sólo tenga que detener a un chico que está huyendo o, tal vez, necesita disparar en defensa de su vida, contra un sospechoso de homicidio en alguna azotea oscura.

La posición del policía uniformado es diferente a la de un soldado. En la guerra, el soldado intenta matar al enemigo, del modo que pueda y en el momento en que pueda. El soldado puede disparar a las zonas sospechosas o incluso puede atacar para protegerse a sí mismo. El policía no puede hacer nada de eso. (…)

CAPITULO II

ANALISIS

2.1 ANALISIS DE LA FUNCIÓN POLICIAL

A. El tema cobra gran relevancia puesto que el uso de la fuerza, constituyen la base para el desempeño de la función policial, y, al mismo tiempo, los niveles del uso de la fuerza, van a permitir actuar de manera progresiva y diferenciada. Por otra parte es muy importante observar el nivel del control físico, como un aspecto sensible en la intervención policial. Las policías en los diferentes países, están consientes de desarrollar procedimientos y técnicas que observen el uso de la defensa personal policial como medio de control efectivo, y por consiguiente el logro de resultados positivos en la intervención policial cuando sea necesario recurrir a este medio, de esta manera tener una herramienta previa a recurrir a los medios letales como son las armas de fuego.

B. La Policía Nacional del Perú, es una entidad del Estado, de conformidad con la Constitución Política, tiene como finalidad fundamental “[…] garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado […]” ; Para el cumplimiento de esta misión a incluido dentro de la Ley de la Policía Nacional del Perú en su Artículo N°. 10 “[…] en el ejercicio de sus funciones observará y se sujetará a los principios del Código de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley […].” . En este documento de carácter internacional en su Art. Nro 3 “Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas”

C. Desde el punto de vista académico, el estudio del tema tiene gran relevancia puesto que se trata de aportar con el fin de conocer que existen medios y formas de actuar de manera efectiva en el desempeño de las tareas asignada al Policía de convivir en sociedad, desde el enfoque de la practico y operacional.

2.2 ANALISIS DEL USO DE LA FUERZA EN LA FUNCIÓN POLICIAL

A. Un tema medular es la evaluación de la labor policial, que tiene a una persona como objeto de la prevención policial, la intervención a una persona o de la investigación de un delito, porque al entorno de los ciudadanos se tienen dudas del trato que se le brinda a la persona humana, debido primeramente al desprestigio policial en dicho asunto y las anacrónicas creencias de la sociedad, que la persona intervenida no es la generadora de una situación de resistencia, y que por el contrario la intervención policial, es un exceso de funciones.

B. La Policía Nacional del Perú, dentro de la estructura organizativa y funcional, tiene como principal base filosófica que en todo momento se debe evitar cometer “violación de los derechos humanos”, debido a que dicho mecanismo es el sustento para la prevención de actos contra el trato inhumano de una persona, y que de cometerse va afectar la operatividad policial y sobre todo la imagen institucional.

C. La policía debe brindar un servicio eficiente y fundamentalmente fuera de toda sospecha de exceso funcional, situación que amerita ser verificado y evaluado permanentemente, para lo cual se requiere que los funcionarios designados para la conducción de una nueva Policía, serán funcionarios de carrera, exhaustivamente seleccionados, exigiéndoles la idoneidad y el conocimiento suficientes para ocupar sus cargos en cuanto a la función y tareas a desarrollar; lo cual quiere decir que además de la autoridad formal, posean autoridad técnica o moral.

CAPITULO III

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

3.1 CONCLUSIONES

A. Por fuerza suele entenderse como vigor, energía, acción de contacto físico entre otros, inclusive como un acto de violencia.

B. Fuerza en el accionar policial, debe entenderse como: “el medio compulsivo a través del cual el efectivo policial logra el control de una situación que atenta contra la seguridad, el orden público, la integridad y la vida de las personas dentro del marco de la ley.

C. Los principios del uso de la fuerza que deben observar en todo momento los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley son: la legalidad, la necesidad y la proporcionalidad.

D. El efectivo policial al intervenir a una persona, debe cumplir los preceptos del uso diferenciado y progresivo del uso de la fuerza, que van desde el riesgo latente hasta la agresión letal.

3.2 RECOMENDACIONES

A. Que, las diligencias investigatorias que ejecute la Policía Nacional del Perú, sean supervisadas por el Representantes del Ministerio Público, para evitar cuestionamientos a la función policial, por el presunto exceso del uso de la fuerza en la intervención policial.

B. Sería conveniente realizar las coordinaciones entre las Oficinas de Imagen Institucional con el periodismo nacional (Medios de comunicación social), para que se anteponga o se de prioridad en todo momento, la labor del irrestricto respeto de los DD.HH en el cumplimiento de la función policial.

C. Que se programen el Curso “Uso de la fuerza en intervenciones policiales”, que se dictan en los diferente niveles del Sistema Educativo Policial, y que éstos sean reforzados mediante los conocimientos de ética profesional que deberán ser impartidos por docentes de las Universidades con enseñanza afines, con la finalidad de que el personal policial, no sólo se limite a impartir o reproducir experiencias profesionales.

D. Que se revise, actualice y se adecue a nuestra realidad el Reglamento que regula la actuación de las Unidades de la Policía Nacional en investigaciones policiales, estableciendo una graduación en el uso de la fuerza, en aplicación de los principios de razonabilidad y proporcionalidad, toda vez que la orientación de dichas intervenciones deben adecuarse al espíritu constitucional y las disposiciones que se hallan prescritas en los tratados internacionales de protección de los derechos humanos en los que el Perú es parte.

BIBLIOGRAFIA

1. DOSANTOS BARRETO Elí. Control de multitudes, disturbios civiles y crisis. Arequipa – Perú. 2006.

2. GILSTON David y Lawrence PODELL. Manual práctico del policía. Primera edición. Editorial LIMUSA – WILEY S.A. México 1967.

3. POLICIA NACIONAL DEL PERÚ. Manual de derechos Humanos aplicados a la función policial. 2º edición. Lima – Perú. 2007.

4. POLICIA NACIONAL DEL PERÚ. Ley de la Policía Nacional del Perú. Análisis y comentario. Editorial Instituto Internacional de Investigaciones. Lima – Perú. 2009.

5. POLICIA NACIONAL DEL PERÚ. Manual de Procedimientos Operativos Policiales. Editorial MV Fénix E.I.R.L. Lima – Perú. 2009.

6. RAMIREZ VELA Wilder. Derechos durante la detención policial. Primera edición Lima – Perú. 1993.

7. ------------------. Nuevo Código penal Militar Policial. Editorial MVC Fénix E.I.R.L. Lima – Perú. 2010.

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