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Uso De La Fuerza


Enviado por   •  10 de Junio de 2014  •  2.027 Palabras (9 Páginas)  •  385 Visitas

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ÁMBITO DE APLICACIÓN.

El fin buscado por la fuerza pública es la prevención de un hecho punible o la detención de un infractor. Algún tipo de desviación en esta finalidad podría conducir a un uso desmedido de la fuerza o abuso de Autoridad. Por tanto este manual está dirigido a todos los hombres y mujeres policiales, haciéndose imperioso el establecimiento de estándares en su aplicación, considerando que para el cumplimiento de los objetivos legítimos no se autoriza el uso de un grado de fuerza desproporcionada.

ALCANCE LEGAL

El Presente Manual, cumple con las disposiciones establecidas por la Constitución Política de Colombia, el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, principios básicos sobre el empleo de la fuerza “la Policía Nacional por el camino de la eficiencia y el buen uso de la fuerza” y “Criterios para el empleo de armas no letales”, el Decreto 1355 de 1970 que expide el Código Nacional de Policía y la Resolución 00912 del 01 de abril de 2009, por la cual se expide el Reglamento del Servicio de Policía, orientado a los miembros de la Institución, para utilizar la fuerza de ser necesario de forma legal, proporcional y no más allá del tiempo requerido para neutralizar cualquier agresión

EL USO DE LA FUERZA.

Es necesario no sólo en el ámbito conceptual sino también en la práctica operacional, diferenciar el uso la fuerza de la violencia, debido a que “la fuerza es toda acción autorizada por el ordenamiento jurídico, que por medio de la coerción busca mantener las condiciones para el ejercicio de los derechos y libertades, y asegura la convivencia; mientras, la violencia es toda acción que atenta contra la dignidad, la libertad y la integridad física y psíquica del ser humano, produciéndole sufrimiento, dolor o cualquier forma de limitación a su bienestar o al libre ejercicio de sus derechos”

2.1. PARAMETROS BÁSICOS DE LA ACTUACIÓN DE LA FUERZA PÚBLICA.

Estos parámetros están definidos en la constitución política, en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos que, según la propia constitución “prevalecen en el orden interno” y en la Ley.

Ellos son:

• El respeto a los derechos de las personas;

• La observancia de los procedimientos legales; y,

• el estricto cumplimiento de los deberes

Es necesario entender estos parámetros como una cadena donde uno y otro están estrechamente ligados; no pueden concebirse separados y también pueden ser concebidos como una pirámide invertida.

2.2. PRINCIPIOS ESENCIALES PARA EL USO DE LA FUERZA.

Mediante la Resolución 36/169 del 17 de Diciembre de 1979 se aprobó el Código de Conducta para funcionarios policiales por parte de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), frente al cual se definió que en todo momento los funcionarios públicos deben cumplir con los deberes que les impone la ley, sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión.

• Toda persona tiene derecho a la vida, a la seguridad de su persona y a no ser sometida a tortura ni a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.

• En primer lugar debe recurrirse a medios no violentos y se utilizará la fuer¬za sólo cuando sea estrictamente necesario para fines lícitos de aplicación de la ley.

• No se admitirán excepciones ni excusas para el uso ilegítimo de la fuerza. El uso de la fuerza será siempre proporcional a los objetivos lícitos.

• La fuerza se utilizará siempre con moderación; se reducirán al mínimo los daños y las lesiones.

• Se dispondrá de una serie de medios que permita un uso diferenciado de la fuerza, todos los policías recibirán adiestramiento en el uso de los distintos medios para el uso diferenciado de la fuerza y en el uso de medios no violentos.

A este respecto debemos tener en cuenta igualmente que el artículo 1.1 de la Convención americana sobre Derechos humanos, que Colombia aprobó por medio de la Ley 16 de 1972, establece:

Art. 1. Obligación de respetar los derechos.

1. “Los Estados partes de esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.”

Definiéndose al deber consagrado en el artículo de la cita, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dijo: dicho artículo pone a cargo de los Estados partes los deberes fundamentales de respeto y garantía, de tal modo que todo menoscabo a los derechos humanos reconocidos en la Convención que pueda ser atribuido según las reglas del Derecho Internacional, a la acción u omisión de cualquier autoridad pública, constituye un hecho imputable al Estado que compromete su responsabilidad.

De lo anterior se concluye que la fuerza pública debe estar regida por los siguientes principios:

A. Legalidad.- Es un principio fundamental conforme al cual, todo servicio de policía, en el que se acuda al empleo de la fuerza o de las armas de fuego, debe estar sometido al imperio de la ley. El personal de la policía nacional solo puede actuar de acuerdo con la autorización que la ley le otorga.

B. Finalidad.- El fin buscado por la fuerza pública es prevenir la comisión de un hecho púnible, o detener al infractor. Una desviación en la finalidad podría conducir al uso desmedido del poder.

C. Necesidad.- La invervención policial debe ser la respuesta a una situación que represente una amenaza para el ejercicio de los derechos y las libertades de las personas y que requiera de una acción inmediata mediante un procedimiento de policía, para evitar su agravamiento.

La conducta realizada por la

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