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XVI. REFORMA DEL ESTADO

Juan_ap23Ensayo2 de Marzo de 2018

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XVI. REFORMA DEL ESTADO

Desde 1990 se ha venido arrastrando un pensamiento de que se necesita reformar el Estado y que Costa Rica es ingobernable. Dichos pensamientos son sólo pretextos para justificar una mala gestión gubernamental. De ahí parten los siguientes proyectos del partido:

  1.  Aplicar la normativa existente. Se reducirían notablemente la cantidad de problemas en los últimos años si se aplicara correctamente la Constitución Política, la Ley General de Administración Pública, la Ley de Planificación, la Ley de Control Interno, la de Administración financiera, la de Presupuestos Públicos, etc…
  2. Utilizar la capacidad de dirección del poder ejecutivo. El presidente junto al Consejo de Gobierno, deberá tener la firmeza para hacer valer el poder de dirección que dispone la Ley General de Administración Pública para adecuar la actividad de entramado institucional público para el cumplimiento de las metas nacionales.
  3. Prevenir y reducir la dispersión de entes y Órganos Públicos. Desde hace años se vienen creando órganos de desconcentración para encargar se programas o tareas que le corresponden a los Ministerios, creando un enorme gasto público. Se recudirá tomando en cuenta los siguientes aspectos:
  1. Revisar la pertinencia de mantener desconcentrado cada órgano. Y los que no se mantengan de esa manera deberán transformarse en órganos de desconcentración mínima para fusionarse con la entidad mayor como una dirección.
    5.2 Promover la aprobación del proyecto libertario Gobernar sin Excusas”, el cual elimina 50 juntas directivas de órganos de desconcentración máxima al convertirlos en órganos de desconcentración mínima.
  1. Ordenar el empleo público. Se pasará a un sistema de salario único por categoría. Además, cierta categoría de empleados públicos deberían ser puestos discrecionales de libre remoción por parte del respetivo jerarca.
  2. Promover Ley de Remuneración de Jerarcas de Supremos Poderes. Se promoverá la discusión transparente de una ley de remuneración para los jerarcas de los poderes del Estado, magistrados del TSE, Contraloría, Procuraduría, Presidentes Ejecutivos de Instituciones Autónomas y Gerencias de Empresas Públicas, ya que actualmente hay un trato salarial bastante diferente entre ellos.

XVII. REFORMA DEL SISTEMA POLÍTICO

Así como se ha hablado de la necesidad sobre hacer una reforma del Estado, se deberá darle más “Gobernabilidad” al Poder Ejecutivo, También se ha hablado sobre la Reforma del Sistema Político. Al igual que en los casos de Estado Laico y matrimonio de personas del mismo sexo, se dedicaría tiempo en las sesiones extraordinarias para discutir estos temas, la propuesta del partido se detallan a continuación:

  1. Cambiar sistema de elección de diputados. Se modificará la Constitución Política para cambiar el sistema de elegir diputados.
    1.1 El nuevo sistema permitirá que una persona postule su nombre sin estar inscrita en algún partido.
    1.2 Abrir o desbloquear las listas de candidatos. Los electores decidan votar por la lista de candidatos a diputados que les sometan a su consideración los partidos, deberán tener derecho a alterar el orden que preestableció el partido.
    1.3 Incorporar la carrera parlamentaria. Deberá incorporarse la posibilidad de que algún diputado postule a su nombre a consideración de los electores.
  2. Poner límite a la Reelección de Magistrados. Poner modificará la Constitución Política para poner límite a la reelección de magistrados en el Poder Judicial.
  3. Sustitución de Sistema Presidencialista por uno Parlamentario. Promover una discusión sería sobre la conveniencia de sustituir nuestro sistema presidencialista por uno parlamentario.
  4. Referéndum revocatorio del mandato. A través de este mecanismo, una cantidad superior al 50% de las personas empadronadas en la jurisdicción respectiva podrá destituir al Presidente o al Alcalde.
  5. Elección de magistrados del TSE por parte de la Asamblea Legislativa. Trasladar la competencia de elegir a los magistrados del Tribunal Supremo de Eleccionesa la Asamblea Legislativa. Esa elección deberá ser por mayoría calificada de los diputados.

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