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Actividad 2 Derecho Onjetivo Y Subjetivo


Enviado por   •  11 de Agosto de 2013  •  4.705 Palabras (19 Páginas)  •  879 Visitas

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Actividad 2. Derecho Penal objetivo y subjetivo

1. Elabora un documento Word de máximo una cuartilla, en donde escribas las diferencias entre Derecho Penal objetivo y subjetivo. Al final, agrega dos ejemplos de cada uno.

El "Derecho penal es el conjunto de las reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian al crimen, como hecho, a la pena como legítima consecuencia". Sin embargo, tal definición resulta hoy insuficiente y debe ampliarse por dos razones distintas que paso brevemente a comentar. La primera, porque durante el siglo XX han ido apareciendo y ocupando un lugar relevante en las legislaciones las llamadas "medidas de seguridad". De ahí que no pueda afirmarse que el Derecho penal señale sólo las "penas" a los delitos, sino que asimismo se dispone de un segundo mecanismo, como es el de las medidas de seguridad. Por otra parte, el Derecho penal no debe reducirse a normas que establecen las penas y las medidas de seguridad, sino que comprende ante todo las normas que se dirigen a los ciudadanos para que no cometan los delitos previstos en la ley. El Derecho penal no constituye sólo un conjunto de normas dirigidas a los ciudadanos que les prohíben bajo amenaza de una pena la comisión de delitos. Por último, igual que el resto del Derecho, el Derecho penal no sólo está integrado por normas en sentido estricto, sino también por valores y principios.

Derecho penal Objetivo Derecho Penal Subjetivo

Es el Conjunto de normas jurídicas emanadas del poder público que establecen los delitos, las penas y medidas de seguridad, así como su forma de aplicación (Código Penal y de Procedimientos Penales.

Un conjunto de preceptos imperativos atributivos, es decir, que además de imponer deberes, concede facultades.

 Normas Jurídicas emanadas

Derecho del poder público que

Penal establecen delitos, penas

Objetivo medidas de Seguridad y su

forma de aplicación.

Se entiende como una parte del Ordenamiento jurídico, integrado por las normas jurídicas reguladoras del poder punitivo del Estado ("Ius puniendi") en las que, mayormente, a fin de tutelar bienes jurídicos, se definen bienes jurídicos para los cuales se establecen penas y medidas de seguridad. Esto es, el conjunto de normas penales.

En segundo lugar, desde una vertiente subjetiva, el Derecho penal también se entiende como la potestad de castigar derivada de las anteriores normas que corresponde de manera exclusiva al Estado; es el derecho que corresponde al Estado a crear y a aplicar el Derecho penal objetivo.

A través de ellas se hace conocer la voluntad del Estado de reprimir las conductas antisociales más graves; también cómo lo hará; a través de qué procedimiento. Y, finalmente, como ejecutará las penas con las que amenaza la comisión de esos hechos.

Ejemplo:

Código de procedimientos penales.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o el Código Penal y el Código Civil.

Conjunto de reglas jurídicas que se imponen coactivamente al sujeto. Es la Potestad Jurídica del Estado de amedrentar, mediante la imposición de una pena, al merecedor de ella (Facultad del Estado de sancionar o no al infractor).

Es el derecho de castigar (jus puniendi), el Derecho del Estado a conminar la ejecución de ciertos hechos (delitos) con penas y, en caso de su comisión, a imponerlas y ejecutarlas.

 Potestad Jurídica

Derecho del Estado de

Penal amenazar a la

Subjetivo colectividad.

La potestad de imponer penas y medidas de seguridad a los infractores de las normas penales que las establecen.

Lo ostenta el Estado: le corresponde, en sede legislativa, establecer las conductas prohibidas y asignarles una pena o una medida; otro de sus poderes, el judicial, es el encargado de la traslación de las consecuencias jurídicas previstas en las normas a los infractores; y el poder ejecutivo hace efectivo el cumplimiento de las penas impuestas, especialmente de las privativas de libertad.

Describe las conductas mandadas o prohibidas y establece cuáles serán las sanciones para quienes incurran en ellas (en la Parte especial del C.P.); también establece las condiciones que tienen que concurrir para la punibilidad (Parte general del C.P.).

Ejemplo:

La facultad que tiene una persona para exigir de otra el cumplimiento de un deber jurídico u obligación. Por ejemplo, la facultad o derecho que tiene una persona para transitar libremente por las calles.

Poder que la norma concede a la persona para actuar en defensa de sus intereses conforme a una norma de carácter general.

Objetivo: conjunto de normas contenidas en cualquier ley o código y todos en conjunto forman el orden jurídico normativo de un estado soberano en particular.

Subjetivo: es la posibilidad de hacer o no hacer una actividad de índole licito, contenido en la norma del derecho objetivo.

Derecho Objetivo

Es el conjunto de normas jurídicas que forman la maquinaria jurídica, el conjunto de preceptos del derecho la norma jurídica que constituyen los códigos.

Derecho Subjetivo

Es la prerrogativa, el poder o la facultad con que cuenta una persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas y que considera le favorecen y tutelan.

El objetivo es la norma que da la facultad y el subjetivo la facultad reconocida por la norma.

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