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Delitos Contra La Persona

aavier16 de Mayo de 2014

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Delitos contra las personas previstos y sancionados en el Código Penal.Titulo IXCapítulo IDEL HOMICIDIODelitos contra las personas

En el Titulo IX de los Delitos Contra Las Personas, se presentan varios tipospenales que atentan contra bienes jurídicos tutelados como lo son la vida, laintegridad física y moral. A continuación se colocaran los capítulos contentivos al título IX de los delitoscontra las personas a manera de saber cuáles son algunos de los mencionadosdelitos que atentan contra las personas:

•Capítulo I:

Del Homicidio

a) Homicidio intencional, que puede ser simple (artículo 405), agravado (artículo407), o calificado (articulo406).b) Homicidio con causal (artículo 408)c) Homicidio culposo (artículo 409)d) Homicidio preterintencional, que puede ser propiamente dicho opreterintencional con causal (artículo 410).

Capítulo II

:

De las Lesiones Personales

a) Según el elemento subjetivo (intención), pueden ser intencionales (artículos 413al 418), preterintencionales (artículo 419) o culposas (artículo 420).b) Según el elemento objetivo (resultado), pueden ser menos graves (artículo413), gravísimas (artículo 414), graves (artículo 415), leves (artículo 416),levísimas (artículo 417).

•Homicidio Intencional Simple.

El Homicidio intencional simple es la muerte de un hombre, de un individuo de laespecie humana intencionalmente causada por otra persona física e imputable,siempre que la muerte de sujeto pasivo sea exclusivamente resultado de la acciónu omisión realizada por el agente. Ahora bien la definición legal del delito de homicidio simple la encontramos en elcódigo Penal Venezolano en el Titulo IX Capitulo I Articulo 405 que dicetextualmente:

“El que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona será

penado

con presidio de doce a dieciocho años”.

Es de suma importancia saber que el homicidio simple es un delito tipo o figurarectora considerado de tal manera, debido a que es el que establece loselementos fundamentales del cual derivan subtipos penales que manteniendo lamisma esencia y haciendo referencia a la figura rectora son delitos distintos,existiendo ciertas variaciones en las condiciones de sus elementos que traencomo consecuencia que las penas en uno u otro varíen, dichos subtipos sedesarrollaran más adelante.Este es un delito de acción pública y para enjuiciar al sujeto activo se ha de seguir el procedimiento penal ordinario.

•Requisitos estructurales o fundamentales:

Destrucción de la vida humana:

Atendiendo a este elemento, se debe naturalmente verificar si la vida es una vidaverdadera o solo una esperanza de vida. En el primer caso implica la destrucciónde una vida humana en acto, de una vida extrauterina, lo cual constituye delito dehomicidio.En el segundo caso la destrucción de dicha esperanza de vida humana enpotencia o intrauterina, a lo cual se denomina delito de aborto.Es esta circunstancia la que tuvieron en mente los juristas para separar los doshechos, constituyendo con cada uno de ellos un tipo penal independiente. Ahora bien teniendo en consideración los supuestos de estado de vida de lavíctima en los casos de Homicidio (Extrauterina) y Aborto (Intrauterina) nosplanteamos la siguiente interrogante: ¿Sera responsable penalmente, el que conintención de matar (Animo mecandi), ejecuta sobre un cadáver actos de violenciasde tal naturaleza que hubieran producido la muerte de haber sido ejecutadassobre un ser vivo?

Para resolver tal interrogante habrá de tenerse en cuenta las posicionesdoctrinales, donde todas coinciden en denominarlo con el tecnicismo del derechopenal, bajo la figura de delito imposible. Y en este punto no hay posicionesenfrentadas, por algo muy sencillo, debido a que para que se presente el delito dehomicidio, se le debe dar muerte a

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