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INSTANCIA DEL SEXTO DISTRITO EN EL ESTADO DE MORELOS


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2015  •  Informes  •  1.616 Palabras (7 Páginas)  •  50 Visitas

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CAUSA PENAL 01/2014

PRIMERA SECRETARIA

PROCESADO: DOMINGO ALVAREZ RIVERA

OFENDIDA: HUBILDA SOLIS MORALES

VICTIMA: LUIS RODRIGO ALVAREZ SOLIS

C. JUEZ PRIMERO PENAL DE PRIMERA

 INSTANCIA DEL SEXTO DISTRITO EN EL

ESTADO DE MORELOS.

PRESENTE.

C. HUBILDA SOLIS MORALES,  con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos que al rubro se indican comparezco para exponer lo siguiente:

Que por medio del presente escrito  y  por lo dispuesto en los numerales  239 del código de procedimientos penales, aplicable al presente asunto. Vengo a exhibir los ALEGATOS, que a mi parte corresponden, mismos que se hacen valer de la siguiente manera:

Antes de dar contestación a los hechos del incidente promovido por la defensa particular del procesado DOMINGO ALVAREZ RIVERA, quiero hacer notar a su señoría que el fundamento legal con el que pretenden hacer valer el incidente de incompetencia por declinatoria es erróneo toda vez que el numeral 94 fracción primera del Código aplicable a la época en que sucedieron los hechos a la literalidad dice:

 ARTICULO 94. Cuando algún testigo tuviese que ausentarse de la localidad  donde se practican las actuaciones, las partes podrán solicitar que se le examine  desde luego si fuere posible. De lo contrario, podrán pedir el arraigo del testigo por  el tiempo estrictamente indispensable para que rinda su declaración, que no  excederá de cinco días. Si resultare que el arraigo fue infundado, el testigo podrá  exigir al solicitante indemnización por los daños y perjuicios que le hubiese  causado.

        POR CUANTO A LA CONTESTACION DE LOS HECHOS:

I.- Si bien es cierto que se promovió el juicio de DIVORCIO NECESARIO entre la suscrita y el procesado Domingo Álvarez Rivera,  así como los alimentos a favor de mi entonces menor hijo Luis Rodrigo Álvarez Solís, el cual fuera resulto mediante sentencia definitiva de fecha veinticinco de Octubre del año  dos mil cinco Juez décimo noveno de lo familiar del Distrito Federal, lo es también que únicamente fue para disolver el vínculo matrimonial   que nos unía, así como decretar una pensión alimenticia a favor de mi menor hijo, mismos hechos que no afectan en lo absoluto la substanciación del presente juicio que nos ocupa juicio de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE ASISTENCIA ALIMENTARIA, cometido por el C. DOMINGO ALVAREZ RIVERA  en agravio de mi menor hijo Luis Rodrigo Álvarez Solís…

II.- por cuanto hace ese hecho se manifiesta que es cierto que en fecha veintitrés de Noviembre del dos mil cinco quedara firme la sentencia definitiva mencionada en el hecho que antecede.

III.- En contestación al numeral tercero se manifiesta a su señoría que en el numeral 94 del Código de Procedimientos Penales aplicable a la época en que sucedieron los hechos del presente juicio,  no existe descripción que encuadre por lo argumentado por la defensa particular, en ese tenor las argumentaciones, puesto que como se argumenta en líneas anteriores el artículo 94 fracción primera del Código aplicable a la época en que sucedieron los hechos a la literalidad dice:

 ARTICULO 94. Cuando algún testigo tuviese que ausentarse de la localidad  donde se practican las actuaciones, las partes podrán solicitar que se le examine  desde luego si fuere posible. De lo contrario, podrán pedir el arraigo del testigo por  el tiempo estrictamente indispensable para que rinda su declaración, que no  excederá de cinco días. Si resultare que el arraigo fue infundado, el testigo podrá  exigir al solicitante indemnización por los daños y perjuicios que le hubiese  causado.

Pruebas.-

I.- la prueba presuncional, en todo aquello que beneficie a los intereses de la suscrita.

II.- la instrumental de actuaciones en su doble aspecto, legal y humana, en todo aquello que beneficie a los intereses de la suscrita.

 Por lo anteriormente expuesto a su señoría, pido:

UNICO.- tenerme por presentado dando contestación al incidente de incompetencia instaurado por la defensa particular, acordando de conformidad el cuerpo del presente escrito.

PROTESTO LO NECESARIO

________________________

C. HUBILDA SOLIS MORALES

H.H.CUAUTLA MORELOS, A 04 DE NOVIEMBRE DEL 2014

CAUSA PENAL 01/2014

PRIMERA SECRETARIA

PROCESADO: DOMINGO ALVAREZ RIVERA

OFENDIDA: HUBILDA SOLIS MORALES

VICTIMA: LUIS RODRIGO ALVAREZ SOLIS

C. JUEZ PRIMERO PENAL DE PRIMERA

 INSTANCIA DEL SEXTO DISTRITO EN EL

ESTADO DE MORELOS.

PRESENTE.

C. HUBILDA SOLIS MORALES, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos que al rubro se indican comparezco para exponer lo siguiente:

Que por medio del presente escrito  y  por lo dispuesto en los numerales  239 del código de procedimientos penales, aplicable al presente asunto. Vengo a exhibir los ALEGATOS, que a mi parte corresponden, mismos que se hacen valer de la siguiente manera:

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