ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ley General De Sociedades Mercantiles

adriananucamendi11 de Marzo de 2013

3.263 Palabras (14 Páginas)604 Visitas

Página 1 de 14

5:

Leyes Fiscales

a) Los elementos de las leyes fiscales deben contener dos ordenes de preceptos que son:

1ro. Los que determinan los elementos constitucionales de la obligación, señalando objeto, sujeto pasivo, y circunstancias en que se manifiesta el hecho jurídico al cual la ley condiciona el nacimiento de un vínculo tributario.

2do. Son de carácter ejecutivo, impulsan la voluntad de los causantes para que obren en determinado sentido; si se resisten reciben perjuicio.

b) Estructura de las leyes fiscales. Son el sistema, distribución u orden en que estan colocados sus mandatos dentro de su texto, para lograr una estructura correcta es preciso tomar en cuenta dos factores:

- La lógica, y

- La técnica

c) Ámbitos especiales de aplicación de las Leyes Fiscales. Es el territorio en el cual tiene vigencia y se clasifican en:

1. Leyes Federales. Tienen aplicación en toda la República Mexicana.

2. Leyes Estatales. Tienen vigencia en el territorio de un Estado o Entidad Federativa.

3. Leyes para el Distrito Federal. Aquellas expedidas por el congreso de la Unión cuando actúa como órgano Legislativo local.

4. Leyes Municipales. Toas aquellas expedidas por los congresos locales para que tengan aplicación en los municipios pertenecientes a cada estado.

d) Sistema de vigencia temporal de las Leyes. Se divide en:

a) Sistema simultáneo. Entra en vigor en el momento de su aplicación.

b) Sistema Sucesivo. Entra en aplicación considerando el lugar de origen de la norma a razón de 40 km por día.

c) Sistema "Vacatio Legis". Señala un plazo para que la ley entre en vigor, la cual entre tanto queda inoperante. La misma ley refleja la fecha a partir de la cual surte efecto.

e) Formas de término de la vigencia. Son las siguientes:

a) Derogación. Hecho de perder poder en la disposición, y puede ser total o parcial.

b) Caducidad. Cuando la ley lleva en si misma la indicación del límite de su vigencia puede ser por razón del tiempo y por finalidad.

Temporalidad de las Normas Tributarias Art.8 COT

Las leyes tributarias fijarán su lapso de entrada en vigencia. Si no lo establecieran, se aplicarán vencidos los sesenta (60) días continuos siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial.

Las normas de procedimientos tributarios se aplicarán desde la entrada en vigencia de la ley, aun en los procesos que se hubieren iniciado bajo el imperio de leyes anteriores.

Ninguna norma en materia tributaria tendrá efecto retroactivo, excepto cuando suprima o establezca sanciones que favorezcan al infractor.

Cuando se trate de tributos que se determinen o liquiden por períodos, las normas referentes a la existencia o a la cuantía de la obligación tributaria regirán desde el primer día del período respectivo del contribuyente que se inicie a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley, conforme al encabezamiento de este artículo.

Métodos de Interpretación

El objeto primordial de las leyes es regular situaciones específicas y concretas queacontecen en nuestra sociedad, por lo que es posible determinar que el objeto de suexistencia es el de regular le hecho para el que fueron creadas. Sin embargo, estano es tarea fácil, ya que para estar en la posibilidad de darle aplicación endiferentes casos, es necesario desentrañar su contenido.El Código Fiscal de la Federación en su artículo 5 nos indica que las disposicionesfiscales que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, es decir, establecencargas a los particulares, así como aquellas que expresan excepciones, infraccionesy sanciones son de aplicación estricta. Asimismo considera que las otrasdisposiciones fiscales que no comprendan las anteriores se interpretarán mediantela utilización de cualquier método de interpretación jurídica.Considerando lo anterior, es necesario tener conocimiento de los métodos deinterpretación a los cuales podemos recurrir para darle aplicación a las diversasdisposiciones fiscales

3. Métodos y técnicas de interpretación en materia fiscal

Margain Manautou (2008, p.157), manifiesta que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la tesis P.XVIII/2007, resolvió que “la interpretación implica desentrañar, esclarecer o revelar el sentido de la norma, de la disposición, lo cual puede lograrse a través de los métodos gramatical, analógico, histórico, lógico, sistemático, causal o teleológico”.

De acuerdo a lo anteriormente señalado, diversos autores definen los métodos y técnicas de interpretación en materia fiscal que en la aplicación de las estrategias fiscales en las organizaciones sinaloenses resultan indispensables para su estudio y análisis. Además, con el objeto de poder encuadrar adecuadamente el estudio de los métodos y técnicas de interpretación aplicable en materia fiscal a continuación se resumen las principales que hasta la fecha se han utilizado en las diversas ramas que integran la ciencia jurídica fiscal.

El método exegético, estricto o literal, Sergio Francisco de la Garza citado por Sánchez Gómez (2010, p.67), señala que este método utiliza preponderantemente el sentido literal o gramatical de las palabras empleadas, en virtud del principio de legalidad que tiene más importancia en el Derecho Tributario que en otras ramas del derecho, ya que no hay impuesto sin ley expresa que lo establezca. Para Jarach, citado por Margain Manautou (2008, p.153), interpretación estricta significa evitar la interpretación analógica, en cambio García Belsunce, citado por el mismo autor señala que la interpretación estricta o declarativa, es aquella que asigna a la norma “el alcance manifiesto o indubitable que resulta de las palabras empleadas que como dice Vanoni, el interprete declara”.

Los sostenedores de este método expresan que los sistemas de interpretación admitidos por el Derecho en general, no son aplicables al Derecho Fiscal y que dada la naturaleza especial de sus normas, estas solo deben interpretarse en sus términos, literalmente, de un modo rígido y estricto. En este sentido podemos afirmar que la interpretación estricta tiene la virtud de destacar los defectos, errores, oscuridades o lagunas de la ley.

Sin embargo, este método, sostiene Margain Manautou (2008, p.154) solo es bueno cuando la norma no ofrece problema alguno, cuando la norma es clara, precisa y emplea términos que solo tienen un solo significado. Pero, ¿qué sucede cuando recoge un termino con más de un significado?; ¿debe interpretarse de acuerdo con el uso corriente o conforme a su significado técnico?

Como se puede observar, el método de interpretación literal, consiste en aplicar la norma jurídica atendiendo exclusivamente al significado gramatical de las palabras que componen su texto. Este método en la práctica puede dar lugar a confusiones e inclusive puede llegar a conducir a interpretaciones incongruentes o absurdas ya que puede darle un contenido totalmente distinto a una norma del que se deriva de su mera significación gramatical, y por ello se debe cuidar ante todo su congruencia de una ley ordinaria con el espíritu de la Constitución, para saber si se están respetando o no los principios de legalidad y justicia.

El método histórico, Sergio Francisco de la Garza citado por Sánchez Gómez (2010, p.67), que se vale para encontrar el sentido de la ley de los precedentes, del derecho derogado, de la evolución de las instituciones jurídicas, o de las exposiciones de motivos que dieron origen a la norma jurídica, y que como consecuencia procura elementos para una interpretación autentica.

La finalidad del método de interpretación lógico-conceptual o histórico estriba en descubrir el espíritu de la ley, para controlar, completar, restringir o extender su letra; por lo tanto debe buscarse en la exposición de motivos que dieron origen a esa norma las razones, las circunstancias o motivos que sirvieron de sustento para su creación. En otras palabras este método persigue descubrir su significado conceptual de una ley desde un punto de vista eminentemente lógico, para desentrañar su naturaleza intrínseca y filosófica del concepto jurídico de que se trate.

El método sistemático, Latapí (1999, p.59) señala que es también denominado “método de interpretación armónico” y es sumamente utilizado al igual que el de “contrario sensum”, este método toma en cuenta el marco jurídico como una unidad e interpreta cualquier disposición a la luz del articulo analizado; pero en armonía con otros.

Sergio Francisco de la Garza citado por Sánchez Gómez (2010, p.67), manifiesta que este método pone en relación la norma interpretada con todo el conjunto de disposiciones jurídicas que constituyen el todo del cual aquella forma parte. El Tribunal Fiscal de la Federación (TFF) ha resuelto que los preceptos de una legislación deben interpretarse principalmente en el sentido de que no se contradigan, que un precepto debe ser interpretado en relación con los demás de la misma ley, y que no debe olvidarse el principio de hermenéutica jurídica que dispone que las normas de una ley deben interpretarse armónicamente.

El método de interpretación autentica, recomienda

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (20 Kb)
Leer 13 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com