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Omentos constitutivos de la actividad financiera


Enviado por   •  20 de Mayo de 2013  •  2.665 Palabras (11 Páginas)  •  257 Visitas

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Introducción:

Constituye la acción que el Estado realiza o desarrolla, en la búsqueda de los medios necesarios que son requeridos por los gastos públicos para atender las necesidades colectivas y en general para lograr la satisfacción de sus fines.

Esta actividad, que es llevada a cabo por el Estado o cualquier entidad gubernamental en la que se encuentre delegada la realización de los servicios públicos tiene por fin necesidades que el propio Estado estima deben ser llenadas por los gastos públicos.

El Derecho financiero: Es una ciencia jurídica, y como tal, considera las normas de Derecho que un Estado determinado establece para sus órganos recaudadores en su organización y actividad financiera, en todo lo relacionado a la recaudación y aplicación de los impuestos, tasas, crédito público, etc. Con el estudio de la estructura jurídica de los gastos y recursos, complementa a la Ciencia de las Finanzas en el aspecto jurídico para el conocimiento de sus fenómenos, y mediante el examen de la jurisprudencia, pone de relieve las cuestiones que surgen de la aplicación de la ley en el caso concreto.

Momentos constitutivos de la actividad financiera

Estos momentos son tres:

El primero se refiere a la Adquisición de los medios, que implica el estudio y análisis de las condiciones en que el Estado puede detraer del patrimonio de los particulares la parte de riqueza que junto con sus ingresos originarios, patrimoniales o domínales, y el crédito público forman el cuadro de sus recursos.

El segundo momento atañe a la Administración de estos recursos, que constituye una tarea propia de la Administración Pública, cumplida por medio de los funcionarios estatales de acuerdo a los principios financieros constitucionales y leyes dictadas en consecuencia.

El tercer momento constituye la Inversión de los recursos, o sea el gasto público, que responde al programa trazado por el Estado según su prospecto financiero, o mejor dicho según su presupuesto de gastos.

Ingresos y Recursos

Es necesario hacer una aclaración terminológica sobre este punto. Es común la diferenciación de la palabra recurso que significaría toda suma devengada, de la palabra ingreso que se referiría específicamente a aquellas sumas que efectivamente entran en tesorería, pero, pese a todo esto, generalmente ambos términos son utilizados indistintamente y con sentido equivalente por algunos autores. Básicamente el Recurso es la suma o el aporte que forma parte de las disponibilidades financieras de los fondos del Estado.

Morselli llama Recursos Originarios a los que las entidades públicas obtienen de

Morselli: fue un economista y científico italiano , así como un catedrático de universidad, autor de numerosas obras de Ciencias de Hacienda y Economía

sus propias fuentes de riqueza, sea que posean un patrimonio fructífero, sea que ejerzan industria o Comercio, y Recursos Derivados a los que las entidades públicas se procuran mediante contribuciones provenientes de las economías de los individuos pertenecientes a la comunidad

Debemos entender por ingreso o entrada a las sumas de dinero, bienes o valores que se incorporan al patrimonio del Estado, originados a veces en el propio patrimonio del Estado

como cuando arrienda o vende sus propiedades, o cuando obtiene utilidades por medio de sus empresas o actividades comerciales, pero, en la realidad, la mayor parte de los

Ingresos son obtenidos recurriendo al patrimonio de los particulares en forma coactiva mediante los tributos.

Es por ello, que la C. N. En su Art. 178 dispone: "Para el cumplimiento de sus fines, el Estado establece impuestos, tasas, contribuciones y demás recursos; explota por sí o por medio de concesionarios los bienes de su dominio privado, sobre los cuales determina regalías, "royalties", compensaciones u otros derechos, en condiciones justas y convenientes para los intereses nacionales; organiza la explotación de los servicios públicos y percibe el canon de los derechos que se estatuyan; contrae empréstitos internos o internacionales destinados a los programas nacionales de desarrollo; regula el sistema financiero del país, y organiza, fija y compone el sistema monetario"

Entonces, el fundamento de los ingresos públicos se encuentra en la necesidad en que el Estado se haya de atender a las necesidades públicas, que crecen constantemente, lo que determina también un aumento permanente del volumen de los ingresos públicos.

Para un estudio metódico de los ingresos públicos, es necesario distinguir entre sus principales formas, atendiendo su origen, su naturaleza económica, su importancia financiera y el modo o procedimiento en que el estado se los procura.

Los ingresos públicos se clasifican en Ordinarios y Extraordinarios; los Ordinarios son de Derecho Privado (dominios del Estado) y de Derecho Público (Impuestos y tasas) y los Extraordinarios son los que emanan del Crédito público, Emisión de papel moneda, Impuestos extraordinarios, enajenación de bienes del Estado, etc.

Ingresos públicos ordinarios y extraordinarios

Los ingresos ordinarios son los que se forman regular y continuamente para ser

Royalties: Es el pago que se efectúa al titular de derechos de autor, patentes, marcas o know-how a cambio del derecho a usarlos o explotarlos

Destinados a cubrir el presupuesto financiero normal, y los ingresos extraordinarios en cambio tienen un carácter esporádico, siendo provocados por excepcionales necesidades. Esta clasificación se formula en consideración a tres elementos fundamentales:

• a) Por la periodicidad con que afluyen a las arcas fiscales: Los ingresos ordinarios se perciben constante y periódicamente, ejercicio tras ejercicio, variando solo en su cuantía o naturaleza, los extraordinarios carecen de periodicidad, por lo tanto se perciben en oportunidades en que los prevean para el financiamiento de cierta clase de gastos públicos o inversiones estatales;

• b) Por el significado económico que revisten: Los ingresos ordinarios provienen siempre de la renta, ya sean derivadas de los bienes estatales o sean de la renta de particulares, los ingresos extraordinarios provienen siempre del capital estatal, del uso de su crédito público;

• c) Por el carácter de las leyes que los establecen:

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