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PRECIO DE CHICLETS ADAMS


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2015  •  Ensayos  •  961 Palabras (4 Páginas)  •  156 Visitas

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Callao,

VISTO:

El Correo Electrónico de fecha 17 y 18 de Agosto del 2015, la Oficina de Adquisiciones y la Oficina de Capacitación y Docencia del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren, acreditan a los profesionales que integrarán el Comité Especial Permanente para los Procesos de Selección de Adjudicación Directa  y Adjudicación de Menor Cuantía para la Contratación de los Servicios de Capacitación para la Red Asistencial Sabogal, durante el periodo 2015;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 01 de febrero del 2009, entró en vigencia el Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y su modificatoria realizada mediante Decreto Supremo Nº 138-2012-EF;

Que, el articulo 24° de la Ley de Contrataciones del Estado, dispone que en los procesos de Licitaciones Públicas y Concurso Públicos, la Entidad designará a un Comité Especial que deberá conducir el proceso. Para los procesos de Adjudicaciones Directas, será el Reglamento que establecerá las reglas para la designación y conformación de Comités Especiales Permanentes o el nombramiento de un Comité Especial Ad Hoc; y que la realización de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía se encuentra a cargo del Órgano encargado de las contrataciones, pudiendo en estos casos el Titular de la Entidad designar a un Comité Especial ad hoc o permanente, cuando lo considere conveniente;

Que asimismo, el artículo 24º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Comité Especial deberá estar integrado por tres (3) miembros, de los cuales uno (1) deberá pertenecer al área usuaria de los bienes, servicios u obras materia de la convocatoria, y otro al Órgano encargado de las contrataciones de la Entidad, debiendo necesariamente alguno de los miembros tener conocimiento técnico;

Que por su parte, el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que el titular de la Entidad o el funcionario a quien hubiera delegado esta atribución, designará por escrito a los titulares y suplentes del Comité Especial;

Que, mediante la Resolución N° 082-PE-ESSALUD-2009 del 04 de febrero del 2009 el Presidente Ejecutivo de la Entidad delegó en el Jefe de la Oficina de Administración en las Redes Asistenciales, la facultad de designar a los miembros de los Comités Especiales para los procesos de selección de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, que se convoquen para las contrataciones de bienes, servicios y obras dentro del ámbito de su competencia;

Que por las razones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas;

SE RESUELVE:

1.        DESIGNAR a los integrantes del Comité Especial Permanente que tendrá a su cargo la organización, conducción y ejecución de la integridad de los Procesos de Selección de Adjudicación Directa y Adjudicación de Menor Cuantía para la Contratación de los Servicios de Capacitación para la Red Asistencial Sabogal, durante el 2015, el mismo que estará integrado por las siguientes personas:

Titulares:

  • Dra.  Flor de María Echevarría Barriga.                Presidente Titular.
  • Lic.   Guadalupe Ángeles Alva.                        Primer Miembro Titular.
  • Sr.   Mauro Melgar Ríos.                        Segundo Miembro Titular.

Suplentes:

  • Dra. Sonia Margot Fabián Palomino.                Suplente del Presidente
  • Dra. Mary Emilia Fuentes Rivera.                Suplente Primer Miembro Titular
  • Lic.  Renzo Ayarza Talledo.                             Suplente Segundo Miembro Titular

  1. DISPONER, que el correspondiente suplente sustituirá a su titular por ausencia de éste último, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33º del Reglamento de la Ley, siempre y cuando se respete la conformación establecida en el Artículo 24° de la Ley de Contrataciones del Estado.
  2. DISPONER, que la Oficina de Adquisiciones notifique al presidente del Comité Especial la designación, y entregue el expediente de contratación y, toda la información técnica y económica necesaria para cumplir con su función.
  3. DISPONER, que el Comité Especial durante el desempeño de su encargo, se encuentra facultado para solicitar el apoyo que requiera de las dependencias o áreas pertinentes de la Red Asistencial Sabogal, bajo responsabilidad, debiendo observar lo siguiente:

  • El Presidente del Comité Especial deberá convocar a los demás miembros para la Instalación respectiva.
  • Consultar los alcances de la información proporcionada en el Expediente de Contratación y sugerir, de ser el caso, las modificaciones que considere pertinentes. Cualquier modificación requerirá contar previamente con la conformidad del área usuaria y/o del órgano encargado de las contrataciones, según corresponda. La modificación requerirá una nueva aprobación del Expediente de Contratación.
  • Elaborar las Bases.
  • Remisión de las Bases para su correspondiente aprobación.
  • Convocatoria del Proceso.
  • Absolver las consultas y observaciones.
  • Integrar las Bases Administrativas.

  • Evaluación de las propuestas.
  • Adjudicación de la Buena Pro y/o Declaración de Desierto
  • Todo acto necesario para el desarrollo del proceso de selección hasta el consentimiento de la Buena Pro.

        

  1. DISPONER, que se notifique la presente resolución de acuerdo a las normas dictadas sobre la materia a cada uno de los integrantes del Comité Especial, debiendo anexar copia en el legajo personal de cada uno de los trabajadores involucrados.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHIVESE;

...

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