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PROGRAMA DE INGENIERIA AMBIENTAL.


Enviado por   •  29 de Agosto de 2016  •  Tareas  •  924 Palabras (4 Páginas)  •  383 Visitas

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 ACTIVIDAD 2. TRATADOS INTERNACIONALES

Presentado por:

LINA MARCELA RESTREPO. Cód. 31.655.941

MAYRON MAZABEL CASTRO. Cód. 1081730856

ORLANDO PERDOMO. Cód. 1082803065

CLAUDIA MARCELA SILVA. Cód. 1075543232

YULIED ANDREA GARCES.  Cód. 1079508904

Grupo: 358037_15

Presentado a:

JOSE NICOLAS GARCES

Director del Curso

        UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD

ESCUELA DE CIENCIAS AGRICOLAS, PECUARIAS Y DEL MEDIO AMBIENTE ECAPMA

ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL TEMA AMBIENTAL EN EL PAIS

PROGRAMA DE INGENIERIA AMBIENTAL

ABRIL, 2016

  1. ALCANCE :

El acuerdo internacional  “convenio de Estocolmo” el cual regula el tratamiento de sustancias toxicas,  tiene como alcance  eliminar la producción  o uso de productos tales como Aldrina, Clordano, Dieldrina, Endrina, Heptacloro, Hexaclorobenceno, Mirex, Toxafeno, BPC, así como también  restringir  la producción o uso de productos químicos DDT.

De igual manera,  este convenio reduce o elimina las liberaciones de los productos químicos PCDD, HCB y PCB e identifica  o maneja los residuos que contienen contaminantes orgánicos persistentes.

  1. ANTECEDENTES:

Basados en la problemática de afectación a la salud humana y medio ambiente presentada en el país y en el mundo en general desde años anteriores, se toma la iniciativa de instaurar un convenio cuya  finalidad sea  establecer mecanismos basados en la restricción de la producción y uso de sustancias contaminantes COP.

Teniendo en cuenta el grado de afectación de estos contaminantes, se crea el convenio de Estocolmo el cual inicialmente incluía  12 sustancias COP (plaguicidas órgano-clorados, productos de uso industrial, sustancias emitidas de combustión). Años después  este incluye al  grupo   9 sustancias COP más  basados en sus características e impacto generado a seres humanos y medio ambiente.  (Unad, 2011).

Desde la Conferencia de Estocolmo en 1972 y la expedición de la constitución en 1991, se consagra el medio ambiente y el desarrollo como derecho fundamental y se establecen mecanismos de protección ambiental ejercidos directamente por los ciudadanos. El ambiente y su protección es una de las principales preocupaciones del hombre, al lado de sus derechos.

Por tal motivo, en el año  2001 fue ratificado en Colombia  el convenio de Estocolmo mediante la ley 1196 de  2008,  constituyéndose como el instrumento de cumplimiento obligatorio en el país.

  1. OBJETIVO:

El objetivo principal del convenio de Estocolmo es proteger la salud humana y el medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes COP, mediante el uso de una serie de medidas destinadas a reducir y eliminar sus descargas.

  1. ACTO LEGISLATIVO POR EL CUAL ENTRÓ EN VIGENCIA A NIVEL NACIONAL:

A nivel Nacional, se aprueba el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, por medio de la Ley 1196 del 5 de junio de 2008, mediante el acto legislativo 01 de 2003. (2008, Junio 5)

De acuerdo con la Sentencia C-944/08, el Estado Colombiano conto con representación en Estocolmo durante la realización del  Convenio en el 2001. Posterior a la fecha se realizaron modificaciones al artículo 1 y Anexo G del documento del Convenio en español, de los cuales Colombia no conto con participación. El Gobierno Colombiano decide adherirse a ellos, siendo aprobado por el Congreso de la Republica en la Ley referenciada.

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