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Seguridad E Higiene


Enviado por   •  17 de Enero de 2014  •  2.236 Palabras (9 Páginas)  •  405 Visitas

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Virginia Mª Vázquez Domínguez.

1º Ciclo Grado Medio Cocina y Gastronomía S.H Cocina

Indice

Portada………………………………..………………..…………..Pagina: 1

Índice……………………………………………………………….Pagina: 2

Actividad nº1……………………..……………………………….pagina: 3-4

Actividad nº2……………........……………………………………. Pagina: 4

Actividad nº3…………………………………………………….. Pagina 4-8

Actividad nº5…………………………………...……………… Pagina: 8 -10

Bibliografía…………………...……………………………………..Pagina 11

Actividades

1. 1 Recoge etiquetas de un producto e intenta obtener toda la información que te ofrecen. Anota todos los datos y compara diferencias y similitudes en el etiquetado.

• Nombre de denominación de venta del producto: Tomate Bola

• Nombre y domicilio del fabricante, envasador o de un vendedor establecido dentro de la Unión Europea: Anecoop s.Coop. Monforte, 1 Entlo, C.P.46010 Valencia

• Lista de ingredientes: no refiere.

• Peso Neto: 6Kg

• Fecha de caducidad o de consumo preferente: no refiere.

• Numero de lote: L:H-17

• Condiciones especiales de conservación: no refiere.

• Modo de empleo o preparación: no refiere.

• Etiquetado nutricional: no refiere.

• País de origen o procedencia: España.

• Grado alcohólico: no refiere.

• Indicación cuantitativa de determinados ingredientes: no refiere

• Categoría de calidad, variedad y origen: categoría 7, calibre 57-67mm, Valencia, España.

2. Busca en el mercado las etiquetas o indicadores de la trazabilidad de un producto. Verás que todas las piezas de carne, huevos, cajas de pescados, etc. Contienen indicadores de todo su ciclo:

En la misma etiqueta del producto Tomate Bola podemos identificar el número de trazabilidad.

Traz: 32 483 01

3. Busca en el etiquetado qué indicaciones existen para productos aptos o no aptos para celiacos.

En la etiqueta de esta cerveza podemos observar que es apta para celiacos ya que no tiene gluten.

4. Busca todo lo que dice la normativa acerca de la información que tiene que aparecer en el etiquetado sobre las sustancias susceptibles de causar alergias (exigencias, aspectos a tener en cuanta cuando aparece la información, etc.)

Artículo único.

Modificación de la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio.

El anexo V de la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, se sustituye por el anexo de este real decreto.

Disposición transitoria única.

Prórroga de comercialización.

Los productos alimenticios comercializados o etiquetados antes del 31 de mayo de 2009, que cumplan con las disposiciones anteriores pero que no se ajusten a lo dispuesto en este real decreto, podrán distribuirse hasta que se agoten las existencias.

La prórroga de comercialización afectará exclusivamente a los productos alimenticios comercializados o etiquetados de acuerdo con el Real Decreto 1164/2005, de 30 de septiembre, por el que se suspende temporalmente la aplicación de una parte del anexo V de la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios aprobada por el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio.

Disposición final primera.

Título competencial.

Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y de bases y coordinación general de la sanidad, respectivamente, y de conformidad con el artículo 40.2 de la Ley14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 18 de julio de 2008.

JUAN CARLOS R.

La Vicepresidenta Primera del Gobierno

y Ministra de la Presidencia,

MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ

ANEXO

«ANEXO V

Ingredientes a los que hacen referencia los apartados 9 y 10 del artículo 7

1. Cereales que contengan gluten (es decir, trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas) y productos derivados, salvo:

a) jarabes de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa

b) maltodextrina

...

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