2. Análisis desde los derechos de la naturaleza en el contexto de la Declaración del río Atrato, páramo de Pisba y Amazonía como sujeto de derechos.
ANÁLISIS DESDE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA- RÍO ATRATO-AMAZONÍA Y PISBA |
DEBERES DEL ESTADO | MEDIDAS A TOMAR | IMPLICACIONES |
- Están consagrados en los artículos constitucionales: 49, que habla del saneamiento ambiental como un servicio público a cargo del Estado
- 79, que dispone que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, y que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de esos fines;
- El 80, que señala que el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar el desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, que deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados, así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en zonas fronterizas;
- El 81 tácitamente le impone el deber de regular el ingreso al país o la salida de él de los recursos genéticos, y su utilización de acuerdo con el interés nacional
- El 82 impone el deber al Estado de velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular, y dice que las entidades públicas regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común;
- El 334, que dice que el Estado intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los recursos naturales.
| - La primera medida se dirige al Ministerio de Ambiente que tiene máximo un año para implementar un plan de acción destinado a descontaminar las fuentes hídricas, especialmente, la cuenca del Atrato. La misma entidad deberá comprometerse a reforestar las miles de hectáreas perdidas por la minería.
- También ordena que las autoridades tendrán que “neutralizar y erradicar definitivamente las actividades de minería ilegal que se realicen no solo en el río Atrato y sus afluentes, sino también en el departamento de Chocó”, y se deberá prohibir el tránsito de insumos combustible y sustancias químicas como mercurio y cianuro.
- La Corte ordena que el Gobierno y las comunidades afectadas nombren dos delegados encargados de hacer veeduría del proceso de restauración y protección.
| - Recuperación de los lugares afectados para poder asegurar una adecuada conservación de la naturaleza
- Para el ser humano es muy importante ya que puede gozar de un ambiente sano para poder vivir adecuadamente
- Evitar la deforestación ya que los árboles, las plantas son el pulmón del mundo y también el evitar un cambio climático a futuro.
- Protección de la biodiversidad y a tomar medidas inmediatas cuando se presentan problemas ambientales
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Bibliografía
https://www.cric-colombia.org/portal/corte-constitucional-declara-al-rio-atrato-como-sujeto-de-derechos/
http://www.rebelion.org/docs/117875.pdf
https://www.monografias.com/trabajos85/deberes-constitucion-politica-colombia/deberes-constitucion-politica-colombia3.shtml
file:///C:/Users/USUARIO/Downloads/Colombia%20reconoce%20los%20derechos%20de%20la%20Naturaleza%20en%20su%20Amazonia.pdf
https://www.agroterra.com/blog/profesionales/marco-juridico-del-derecho-ambiental-en-colombia/75961/