APUNTES DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
markowuapo8 de Mayo de 2014
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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
FACULTAD DE DERECHO
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO 1
TEMA: “APUNTES DE LA MATERIA”
PROFESOR: CARLOS MARTINEZ
ALUMNO: RAMÍREZ SOLIS MARCO ANTONIO
INTRODUCCIÓN:
La existencia humana está marcada por la presencia del hombre en situación de permanente convivencia con sus semejantes. Durante toda su vida, en todos sus aspectos de sus relaciones, el hombre interactúa. En la vida privada, profesional, religiosa, en sus relaciones más variadas hay un constante intercambio de ideas, deformas de trabajo, de manifestaciones de cultura, de expresiones intelectuales, de aprovisionamiento de medios para subsistencia, de formas de entretenimiento y y de realización de negocios, de escoger los medios para la experiencia de lo trascendente. Incluso hasta antes de nacer, el hombre desafía la injerencia de los actos de otros hombres y, después de su muerte, aún restan relaciones iniciadas que necesitan de continuidad en el seno de la sociedad en que vivió, permitiendo viabilizar los proyectos y sueños del hombre para su descendencia, en una continua perpetuación de su especie, en perenne celebración de la vida. El conglomerado de individuos, a su vez, despierta la probabilidad de roces entre los miembros de la sociedad y la necesidad de planificación y disciplina del espacio común de convivencia. Un mínimo de orden que permita la convivencia armónica de todos es requisito necesario para preservar a la sociedad, que, por esa disposición, pasa a organizarse. Tal organización implica el establecimiento de reglas por quien tenga condiciones de ejercer autoridad, y merezca el respeto de los demás. Por eso es que el Derecho puede ser así comprendido
Tal organización implica el establecimiento de reglas por quien tenga condiciones de ejercer autoridad, y merezca el respeto de los demás. Por eso es que el Derecho puede ser así comprendido: "El Derecho es un sistema de disciplina social, fundado en la naturaleza humana que establece, en las relaciones entre los hombres una proporción dereciprocidades en los poderes y deberes que les atribuye, regula lascondiciones existenciales de los individuos y de los grupos sociales y en consecuencia, de la sociedad, mediante normas coercitivamente impuestas por el Poder Público"
UNIDAD 1 CIENCIA DEL DERECHO.
DESARROLLO:
¿Qué es la ciencia jurídica?
Planteamiento del problema
Factores que nos auxilian a un primer acercamiento sobre lo que es el fenómeno jurídico:
Lenguaje
Conocimiento empírico
DIFICULTADES DE DEFINIR EL FENÓMENO JURÍDICO
Diversos autores han intentado definir el Derecho, tales como Eduardo García Máynez, Luis Recasens Siches, Hans Kelsen, Karl Von Savigny, etc. Para otros es imposible definirlo debido a la «teoría de la indefinición».
«Univisión de la Teoría del Derecho»
La palabra derecho y el enfoque científico y posición teórica
La palabra derecho no se limita a describir propiedades o hechos, sino que también describe emociones. Es plurívoca y polisémica.
La ciencia jurídica como tal, es un fenómeno epistemológico que ha ordenado el proceso del estudio del derecho.
La Ciencia jurídica
El fenómeno jurídico ha creado un orden de estudio que se encargue de sí mismo. Ese orden de conocimiento lo denominamos Ciencia Jurídica.
El «derecho» o «fenómeno jurídico» se manifiesta como un todo multidimensional y complejo del que se advierten 3 aspectos:
Dimensión Fáctica:
Denota al fenómeno jurídico como un hecho.
El Derecho es un fenómeno social sujeto e interrelacionado con los demás fenómenos que acaecen en el devenir comunitario como los económicos y políticos.
Desde el Derecho y en su dimensión fáctica se ocupan del fenómeno jurídico las ciencias jurídicas auxiliares (sociología jurídica y la historia del derecho).
Dimensión normativa:
Reconoce el fenómeno jurídico en su presencia estrictamente jurídica.
Se refleja en la realidad como un conjunto de orden, cúmulo, sistema o estructura de normas jurídicas coactivas que prescriben la conducta social debida, así como normas orgánicas.
Será analizada por la perspectiva jurídica en su totalidad, no así por ciencias auxiliares.
Dimensión normativa:
Dimensión valorativa o axiológica:
Se concibe al Derecho como un valor portador y garante de otros valores superiores.
Se ocupa del análisis de la doble dimensión valorativa del derecho: como un valor (dimensión subjetiva) y como portador de valores superiores a él (dimensión objetiva).
La dimensión subjetiva concibe el valor de lo jurídico en su sola presencia en la sociedad, como generador, inicialmente de valores como el orden, la seguridad y la igualdad.
La dimensión objetiva concibe al derecho como un medio e instrumento del que se hacen valer los valores morales, intelectuales, estéticos y vitales.
En Conclusión la Ciencia Jurídica es híbrida: no se puede determinar sólo en las ciencias formales o en las factuales.
La norma jurídica es objeto creado por la realidad abstracta, no por la fáctica, desde luego que afecta a ésta pero no le debe su origen, así que es válida no si se efectúa su comprobación en lo fáctico, sino en la coherencia lógica de sus premisas. Por lo que la definición más completa sería:
«El Derecho es un sistema normativo de regulación de conducta social, producido y garantizado coactivamente por el poder político de una autoridad soberana, que facilita y asegura la convivencia o cooperación social, y cuya validez y obligatoriedad está condicionada por los valores jurídicos y éticos de los cuales es generador y portador, respectivamente, en un momento y lugar histórico determinados».
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Disciplina que forma parte de la Dogmática Jurídica en una clasificación cientificista, este se constituye en los tres factores de la Fenomenología Jurídica y se encuentra, además, dentro de una intensa relación con el resto de las disciplinas jurídicas, ciencias auxiliares y Filosofía del Derecho
Razón de la Existencia del derecho internacional privado
Nace como necesidad de regular las relaciones jurídicas de individuos en las que se trasponen las fronteras.
Esta disciplina se dedica a regular relaciones entre los particulares que por los elementos que presentan están relacionadas con diversos sistemas jurídicos.
El Derecho Internacional Privado surge en función de distintos factores: político, jurídico, económico y sociológico.
Factores políticos
Lucha por el poder determinó la división territorial, base sobre la cual se sustenta la diversidad de sistemas jurídicos.
El Derecho Internacional Privado moderno es elaborado en el marco de una cooperación internacional a fin de regular las relaciones privadas internacionales.
FACTORES JURÍDICOS
Se presentan como factores para la existencia de Derecho Internacional Privado, derivado por la diversidad de sistemas jurídicos en el mundo, debido a la afectación o posible afectación que tiene una relación concreta por la conexión con dos o más sistemas jurídicos.
FACTORES ECONÓMICOS
La actual realidad mundial establece una interdependencia y globalización de la economía, los países no están aislados en el mundo, por ende, tampoco las personas que en sus territorios habitan, el comercio internacional es factor determinante para buscar la adecuada regulación a las relaciones privadas internacionales y los conflictos derivados de las mismas.
FACTORES SOCIOLÓGICOS
Referidos en cuanto al conflicto de leyes, se basan en los movimientos migratorios, la movilidad de las personas de un país a otro en función de factores diversos. Estos movimientos demográficos temporales o permanentes tienes repercusiones en el Derecho Internacional Privado.
Concepto de derecho internacional privado
Para Luis Pérez Verdía, el Derecho Internacional Privado “es una modalidad del Derecho Privado que tiene por objeto someter las relaciones entre individuos, a las reglas jurídicas que convengan a su naturaleza, o al conjunto de principios que definen los derechos de los extranjeros y la competencia respectiva de las diversas legislaciones en lo que concierne a las relaciones internacionales de orden privado”.
Para el cubano Antonio Sánchez de Bustamante: es el "Conjunto de principios que determinan los límites en el espacio de la competencia legislativa de los estados, cuando ha de aplicarse a relaciones jurídicas que puedan estar sometidas a más de una legislación".
José de Yanguas Messía, doctrinario español, nos ilustra con la siguiente definición:
«Derecho internacional privado es la rama del Derecho que designa los ordenamientos jurídicos competentes para regular aquellas relaciones privadas que no dependen por entero de la legislación material interna del juez».
OBJETO Y CONTENIDO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
CONCLUSIÓN:
Se concluye, sosteniendo la teoría del "derecho como ciencia", por encontramos en ella un objeto definido cual es: la búsqueda y encuentro de la justicia, y un método que viene a ser el camino hacia su objetivo.
Sostenemos que
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