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Audicencia Control De Detención


Enviado por   •  3 de Marzo de 2014  •  2.743 Palabras (11 Páginas)  •  658 Visitas

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Audiencia de control de detención.

1.- Siendo las 17 horas con 25 minutos del día 13 de Octubre del 2013 nos encontramos constituidos en la sala 1 del juzgado segundo en materia penal a efecto de que tenga por presentada la audiencia de control de detención solicitada por los Agentes del Ministerio Público Arturo Arellano Dieguez y Jorge Alejandro Retes Morales en la casa penal radicada bajo el número 123/2013 relativa a la imputación que se hace en contra de Maicol Rojas Fuentes a quien se le atribuye el delito de Robo con violencia.

2.- Procedo a identificar las partes:

Por el ministerio público quien comparece “si su señoría por esta parte comparece el Agente del Ministerio Público Adscrito a la fiscalía de Robo con número de gafete oficial expedido por la Procuraduría General de Justicia del Estado de Morelos, con número de folio AMP-280. Y señalando como domicilio el ubicado en a efecto de oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Av. Emiliano Zapata No. 803 Colonia Buena Vista C.P. 62138 Cuernavaca, Morelos.

quien lo acompaña: EL LIC. REYES MORALES JORGE ALEJANDRO , agente del ministerio público Adscrito a la Fiscalía de robo con número de gafete oficial AMO.087, expedido por la Procuraduría General de Justicia del Estado de Morelos, y con domicilio y forma de notificación ya registrados ante este tribunal.

Por parte de la defensa quien comparecer(dairit): ______________.

quien lo acompaña(lety)_______________.

3.- Senor(a) Maicol Rojas Fuentes en este momento me dirijo usted y le voy a preguntar si le hicieron saber los derechos que tiene?

los entendió?

tiene alguna duda al respecto?

esta de acuerdo que la licenciada Dairit Alvarado García sea quien lo represente en esta audiencia?

4.- Agente del ministerio público proceda a exponer los antecedentes de la imputación:

CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 172 TERCERA HIPOTESIS DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES EN VIGOR EN EL ESTADO DE MORELOS , COMPAREZCO A EFECTO DE QUE SE CALIFIQUE DE LEGAL LA DETENCIÓN Y SE RATIFIQUE LA DETENCION DECRETADA POR ESTA FISCALIA, DEL C. MAICOL ROJAS FUENTES POR SU PROBABLE PARTICIPACIÓN EN LA COMISIÓN DEL HECHO DELICTUOSO TIPIFICADO POR NUESTRA LEGISLACIÓN PENAL COMO DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA PREVISTO Y SANCIONADO POR EL ARTÍCULO 174, Y AGRAVADO CON EL ARTICULO 176 FRACCIÓN I,CONTEMPLADOS EN EL CÓDIGO PENAL VIGENTE EN EL ESTADO DE MORELOS; COMETIDO EN AGRAVIO DE JORGE ARAYA FLORES.

EN RELACION A LOS HECHOS DE LA DETENCION QUE SE REALIZO EN FLAGRANCIA EN CUMPLIMINETO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 172, TERCERA HIPOTESIS, ES DECIR III. Inmediatamente después de cometer el delito, sea señalada por la víctima, ofendido, algún testigo presencial de los hechos o quien hubiere intervenido con ella en la comisión del delito, o cuando existan objetos o indicios que hagan presumir fundadamente que intervino en el delito.

Por lo que me permito hacer de su conocimiento que el imputado MAICOL ROJAS FUENTES fue detenido en flagrancia en relación a los siguientes hechos “Que el día ---encontrándome de servicio patrullaje motorizada, a las 17:15 del día de hoy 11 de octubre fui interceptado en la esquina de las avenidas de la “raza” y “López Mateos,” en esta ciudad de Cuernavaca, por un hombre que se identifico como ELADIO MARTINEZ ARREDONDO”, quien le indico, que en la esquina de avenida “López Mateos” y paseo triunfo de la República se encontraba un sujeto que tenia las características físicas de la persona que acababa de asaltar a un vecino de nombre JORGE ARAYA FLORES, poniéndole un cuchillo en el cuello, por lo que me dirigí al lugar, encontrando al sujeto y lo detuve. En el registro del sujeto se encontraron llaves, documentación personal y una navaja tipo “swiss armis” de aproximadamente 10 cm, la cual fue embalada correctamente y entregada al Agente del Ministerio Público con la cadena de custodia correspondiente, en el momento de la detención se apersonaron ELADIO MARTINEZ ARREDONDO y ANA LUISA BARRIOS JORQUERA, quienes reconocieron al detenido , identificando al sujeto Maicol Rojas Fuentes apodado “el Boiler” plenamente como la persona que perpetuo el hecho delictivo, esto por las personas de nombre ELADIO MARTINEZ ARREDONDO y ANA LUISA BARRIOS JORQUERA, inmediatamente de ser de detenido a las 17:25 horas del mismo día en la esquina de avenida “López Mateos” y paseo triunfo de la República” , por lo que el policía aprehensor le hizo saber sus derechos: MANIFESTÁNDOLE EN FORMA CLARA QUE ERAN LOS SIGUIENTES: SE LES HIZO DEL CONOCIMIENTO DE SU DETENCIÓN; SE LE DIJO QUE TIENE DERECHO DE COMUNICAR SU CAPTURA A LA PERSONA O ASOCIACIÓN QUE EL DETERMINARA; QUE TIENE DERECHO A UN ABOGADO Y QUE EN CASO DE QUE NO CONTARA CON POSIBILIDADES EL ESTADO LE PROPORCIONARÍA UNO; QUE TIENE DERECHO A NO DECLARAR SIN UN ABOGADO; QUE TIENE DERECHO A GUARDAR SILENCIO YA QUE DE LO CONTRARIO LO QUE MANIFESTARA PODRÍA SER USADO EN SU CONTRA; QUE TIENE DERECHO A UN TRADUCTOR SI NO ENTENDÍA EL IDIOMA ESPAÑOL; QUE TIENE DERECHO DE SER PUESTO INMEDIATAMENTE A DISPOSICIÓN DEL MINISTERIO PUBLICO COMPETENTE; QUE DE IGUAL FORMA TIENE DERECHO A NO SER SOMETIDO A ACTOS O MÉTODOS QUE ALTERARAN SU LIBRE VOLUNTAD Y QUE TIENE DERECHO DE PLATICAR CON SU ABOGADO EN PRIVADO, por lo que proceden a dirigirse a la Secretaria de Seguridad Publica por lo que a las 18 horas se pone a disposición del ministerio Público y a las 18:10 horas se decreta formalmente la detención por esta fiscalía, por ende se cumplen requisitos conforme a derecho de tiempo, modo y lugar, siendo que el plazo constitucional se cumplió en la forma que exige la Ley de acuerdo con el articulo 63 en relación con el articulo 64 del código de procedimientos penales vigente en el Estado de Morelos.

A continuación su señoría me permito mencionar los antecedentes de la investigación con los datos de prueba con los que se cuentan en la carpeta, con lo que se justificara los motivos de la detención, la formulación y la vinculación a proceso, que mas adelante se fundamentara. Primeramente contamos con la declaración del policía Aprehensor Gonzáles Carrasco Mauricio mismo que manifestó Que el día ---encontrándome de servicio patrullaje motorizada, a las 17:15 del día de hoy 11 de octubre fui interceptado en la esquina de las avenidas

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