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Ejemplo De COntrol De Detencion Guanajuato


Enviado por   •  19 de Agosto de 2014  •  1.441 Palabras (6 Páginas)  •  1.034 Visitas

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Irapuato, Gto, a 20 de Enero del 2012

CONTROL DE DETENCION

Su señoría, esta fiscalía solicita califique de legal la contra del presunto responsable de nombre de JUAN PABLO HERNANDEZ MARTINEZ, quien fue detenido por los elementos de la policía ministerial el día 20 de enero del año 2012, aproximadamente a las cinco horas con diez minutos, en la calle 16 de septiembre de la colonia san miguelito en la ciudad de Irapuato Guanajuato.

Detención que se realizó en consecuencia de una denuncia el día 20 de enero del 2012, siendo aproximadamente las cuatro horas con cuarenta minutos, la C. GUADALUPE MARTINEZ GUERRERO se encontraba en compañía de quien fuera su novio y ahora occiso JUAN LOPEZ MEXICANO, a las afueras del domicilio de la ya mencionada GUADALUPE MARTINEZ GUERRERO, domicilio que se ubica en la calle 16 de septiembre número 12 de la colonia san miguelito en esta ciudad de Irapuato, Gto, en ese momento llegaron hasta donde ellos se encontraban el presunto responsable JUAN PABLO HERNANDEZ MARTINEZ y su amigo LUIS FERNANDO DIAZ CEBALLOS quienes presuntamente se encontraban ingiriendo bebidas embriagantes , fue en ese momento su señoría cuando el indiciado le empezó a reclamar al ahora occiso JUAN LOPEZ MEXICANO él porque estaba platicando con la C. GUADALUPE MARTINEZ GUERRERO ya que esta andaba con él, (refiriéndose a que tenía una relación sentimental), es decir con el ahora indiciado, a lo cual el ahora occiso no le contesto nada, y en ese momento el C.JUAN PABLO HERNADEZ MARTINEZ, saco de entre sus ropas, de la cintura del lado izquierdo una pistola, calibre 9 milímetros, color negro, y que con dicha arma y sin mediar provocación alguna de parte del ahora occiso, este último disparo en tres ocasiones hacia la humanidad del occiso, impactando los proyectiles en la cavidad torácica, los cuales fueron perforantes de pulmón izquierdo y corazón, siendo mortales por necesidad; en ese momento la C. GUADALUPE MARTINEZ GUERRERO trata de auxiliar al occiso pero no pudo hacer absolutamente nada pues ya avía perdido la vida.

En ese momento la C.GUADALUPE MARTINEZ GUERRERO haciendo uso de su teléfono celular dio aviso al número de emergencia 066, en cuestión de 5 minutos arribaron al lugar dos elementos de la policía ministerial de nombres JOSE LUIZ SALINAS CALDERO Y LUIZ ERNESTO DURAN MACIAS, a quienes la ya referida la C. GUADALUPE MARTINEZ GERRERO les informo lo ocurrido y les señalo al C. JUAN PABLO HERNANDEEZ MARTINEZ quien aún caminaba por la calle 16 de septiembre, como el responsable de haber privado de la vida al ahora occiso JUAN LOPEZ MEXICANO quien fuera su novio, y fue ante tal señalamiento su señoría que los elementos policiacos ya referidos llevaron a cabo la detención del indiciado, a quien a revisarlo encontraron aun en su poder el arma de fuego de color negro, que utilizo para dar ,muerte al ya finado JUAN LOPEZ MEXICANO.

Es también importante señalar su señoría que el hecho delictuoso que aquí nos ocupa, se registró a las 04:40 horas del día 20 de enero del año 2012, y la detención del indiciado fue realizada a las 05:10 horas de la misma fecha, esto es, entre la hora de la comisión del hecho y la detención material del indiciado, mediaron únicamente 30 minutos aproximadamente.

De lo ya expuesto su señoría, esta fiscalía considera que la detención del ahora indiciado JUAN PABLO HERNADEZ MARTINEZ fue apegada a derecho.

PROBATORIO

Con lo anterior su señoría esta fiscalía considera que existen datos de prueba suficientes que acreditan de forma probable que el indiciado ya referido, cometió el hecho delictuoso que se le atribuye, y que tales datos consisten en la entrevista Ministerial de los testigos presenciales de los hechos, con nombres GUADALUPE MARTINEZ GUERRERO quien fue la testigo principal y quien señalara a C. JUAN PABLO HERNANDEZ MARTINEZ como la persona que disparó el arma que privara de la vida al C. JUAN LOPEZ MEXICANO, y LUIS FERNANDO DIAZ CEBALLOS quien acompañaba al C. JUAN PABLO HERNANDEZ MARTINEZ quien a su vez declaro que el C. JUAN PABLO HERNANDEZ MARTINEZ al ver al hoy occiso dijo: (Ahorita se la voy a hacer de pedo a este cabron) ya que la C. GUADALUPE MARTINEZ GUERRERO no quiso sostener una relación sentimental con el C. JUAN PABLO

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