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Catastro

MAGAPALAOTrabajo5 de Junio de 2014

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ÍNDICE

Pág.

Introducción……………………………………………………………………… 3

1.1-Nociones básicas del catastro……………………………………………… 4

1.1.1-Definición, clasificación y objetivos fundamentales……………………… 5

1.2-Normas, procedimientos metodológicos y especificaciones técnicas para el catastro………………………………………………………………….. 6

1.3- Las organizaciones comunitarias en la participación del catastro…….. 11

1.4- Importancia del catastro en la gestión ambiental………………………. 12

1.5- Levantamiento catastral……………………………………………. 13

1.5.1- Procedimiento de codificación y levantamiento parcelario……………... 14

1.6- Cédula Catastral…………………………………………………………….. 17

Conclusión………………………………………………………………………. 19

Bibliografía………………………………………………………………………. 20

INTRODUCCIÓN

La formación y mantenimiento del Catastro, así como la difusión de la información catastral, es de competencia exclusiva del Estado. Estas funciones, que comprenden, entre otras, la valoración, la inspección, la elaboración y gestión de la cartografía catastral, se ejercerán por la Dirección General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración que se establezcan con las diferentes Administraciones, entidades y corporaciones públicas, salvo la coordinación de valores y la de aprobación de las ponencias de valores que deben ser ejercidas en todo caso por la Dirección General del Catastro.

Con la publicación de las Normas Técnicas para la Formación y Conservación del Catastro Nacional en el año 2002, por el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar (IGVSB), lleva por finalidad regular la formulación, ejecución y coordinación de la creación del Sistema

Nacional de Catastro que permita conocer la riqueza inmobiliaria, en sus aspectos físicos, jurídicos y valorativos.

El Sistema Nacional de Catastro, consiste en un Sistema de Información Territorial con información descriptiva y gráfica, que permita tener información de carácter nacional, fiable y accesible, siendo a su vez integrada entre el Catastro y el Registro generando una base de datos gráfica y alfanumérica permanente sobre la realidad inmobiliaria de los municipios.

El presente estudio desarrollado en este artículo, busca determinar que elementos se encuentran presentes en el municipio, desde la Oficina Municipal de Catastro (OMC), hasta la interacción de datos con otras dependencias del Municipio; que formarían parte del Sistema Nacional de Catastro, en donde se tendrían descritos los aspectos físicos, jurídicos y valorativos del inmueble.

Nociones Básicas del Catastro

En Venezuela, se inicia la actividad catastral a principios del siglo XIX, hacia el año 1811, con el surgimiento de la Primera República, cuando El Libertador Simón Bolívar ordena la realización de un catastro que le permitiera recaudar fondos necesarios para adquirir el material requerido para las acciones independentistas. Posteriormente, el 28 de septiembre de 1821, El Libertador decreta la enajenación de tierras baldías y la creación de oficinas de agrimensura, lo cual constituye la primera acción en procura de la identificación, ubicación; medición y valoración de tierras en Venezuela, proceso que más adelante fue reforzado, entre otros instrumentos legales, con la Ley de Tierras Baldías y Ejidos (1936), la Ley de Reforma

Agraria (1960) y la Ley Orgánica de Régimen Municipal (1989); leyes que regulaban de manera dispersa el catastro urbano y rural, lo cual no ha permitido el conocimiento preciso e integral de la riqueza territorial.

Definición

El Catastro es el sistema nacional de información sobre los bienes inmuebles, de naturaleza geométrica y demostrativa orientado a un uso multifinalitario. Comprende la recopilación, procesamiento y conservación de los datos necesarios para organizar y mantener actualizado el conjunto de documentos que describen dichos bienes, atendiendo a sus características geométricas, económicas y su destino real o potencial.

Clasificación:

 Catastro Rural.

El catastro es un censo, o más exactamente, un inventario que se realiza con el fin de conocer la mayor exactitud posible las tierras y aguas que pertenecen

Tanto a los particulares como a la Nación, los Estados y las Municipalidades, y el cual se inicia con la inscripción de la propiedad en el Registro de la Propiedad Rural.

 Catastro Urbano:

Se entiende por catastro urbano el procedimiento metódico por el cual se determinan y clasifican todos los bienes raíces urbanos, sean públicos o privados, del Municipio mediante el levantamiento topográfico de linderos y tomando en cuenta el aspecto físico, jurídico, económico y social de los mismos.

• Jurídico: Se orienta básicamente al esclarecimiento de la tenencia de la propiedad inmobiliaria.

• Físico: Constituye todas las técnicas referidas a la producción cartográfica catastral, deslinde municipal y parroquial, determinación de la poligonal urbana, sectorización, manzaneo, dimensiones, codificación catastral,

ubicación cartográfica.

• Económico: consiste en determinar el valor aplicable de todas las propiedades sujeto del catastro.

Objetivos Fundamentales:

 Propiciar el saneamiento físico y jurídico de la tenencia de la tierra.

 Cuantificar la riqueza territorial,

 Incentivar el autofinanciamiento de la gestión Municipal.

 Propiciar el desarrollo económico a nivel local y regional y fortalecer los programas geográficos y cartográficos.

 Garantizar la propiedad.

 Equidad en el cobro de impuestos y tasas.

 Planificación de la obra pública.

 Datos estadísticos.

 Historia del patrimonio nacional.

 Acordar lineamientos y especificaciones técnicas mínimas a emplear en los levantamientos catastrales.

Alcances:

 Cumplir con los aspectos técnicos-normativos para la identificación y referencia geográfica de los predios y catastros.

 Servir de guía técnica para llevar a cabo levantamientos catastrales con especificaciones de precisión y calidad.

 Obtener capas de información sobre tenencia, administración y uso de la tierra.

Normas:

La ejecución del catastro abarca un conjunto de aspectos, cuya concreción demanda el establecimiento de normas de carácter obligatorio que permitan homogeneizar la información a levantar, el proceso a desarrollar y los resultados a incorporar al Sistema Nacional de Catastro. Estos aspectos se refieren a la implantación, la formación y la conservación del catastro. Su ejecución por parte de los municipios deberá contemplarse de forma integral y progresiva hasta cubrir la totalidad del territorio nacional, para garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley de

Geografía, Cartografía y Catastro Nacional.

Procedimientos:

La formación y conservación del catastro corresponde a la ejecución sistemática de una serie de actividades que conducirán a la expedición de la Cedula Catastral o del Certificado de Empadronamiento Catastral, documentos que garantizaran la ubicación exacta y la legitimidad sobre la propiedad u ocupación de los inmuebles catastrado. Para facilitar al proceso de formación o conservación, de la Oficina Municipal de Catastro deberá sectorizar, revisar y actualizar el área geográfica a catastrar. Realizando el proceso de sectorización, se deberá iniciar la codificación catastral del territorio municipal, con la asignación de caracteres a los inmuebles según el Sistema de Codificación Catastral establecido. Paralelamente, se debe establecer la Red Geodésica del Municipio, de acuerdo a las especificaciones técnicas del Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar. Concluidos los procesos descritos, se inicia el levantamiento parcelario, que permitirá la identificación, delimitación y descripción física de cada parcela. Al finalizar el llenado de la Ficha Catastral, se dejará constancia de la conformidad o no, de parte del propietario u ocupante respecto a la información recogida en el Acta de Verificación de Linderos. Revisada y corregida la información de campo, se realizará el dibujo parcelario y el segundo, un requisito indispensable para el avaluó de inmueble. Al obtener el dibujo parcelario y el cálculo de las áreas de cada inmueble se procederá a elaborar la Planta de Valores de la Tierra y la Tabla de Valores de la Construcción, estructurando esta última de acuerdo a

las diferentes tipologías de construcción que existan en cada municipio; con lo cual se procederá a realizar el avalúo masivo, de acuerdo al método o a la combinación de métodos más adecuados Paralelo al procedimiento del aspecto valorativo, se realizará la inscripción catastral de los inmuebles en la oficina municipal de catastro correspondiente. Al concluirse la actividad precedente, se iniciará el estudio jurídico-catastral de los inmuebles, de acuerdo a los expedientes conformados, con la finalidad de determinar la suficiencia de

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