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Contencioso Administrativo ( Recursos)

yaunat22 de Noviembre de 2011

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INDICE

PAG.

Introducción

 Amparo Constitucional

Características De El Amparo Constitucional

Naturaleza Jurídica De El Amparo Constitucional

Fundamentación Legal De El Amparo Constitucional

Cuando Procede De El Amparo Constitucional

Procedimiento De El Amparo Constitucional

Competencia De El Amparo Constitucional

Efectos Que Genera El Amparo Constitucional

 Habeas Data

Fundamentación Legal De El Amparo Constitucional

Finalidad De El Habeas Data

Efectos Que Genera Habeas Data

 Recurso De Hecho

 Revisión Constitucional

 Conclusión

INTRODUCCIÓN

Los elementos del derecho son muy amplios al igual que las circunstancias en que este se desarrolla, es por ello que entre otras cosas su ámbito de aplicación abarca muchos aspectos de la vida cotidiana de los individuos de una sociedad, entre ellos muy especialmente aquellos que se por su naturaleza afectan sus derechos y garantías constitucionales.

Por lo que se ha desarrollado mecanismos contra estos actos que pudiesen vulnerar los derechos constitucionales de los ciudadanos, entre estos mecanismos tenemos el amparo constitucional, y simultáneamente con el su procedimiento, finalidad, fundamentos y características.

De igual forma se ha creado el habeas data, que como el anterior reúne una serie de aspectos esenciales que deben seguirse para llevarlo a cabo; también tenemos en recurso de hecho y la revisión constitucional.

AMPARO CONSTITUCIONAL

Es un medio procesal que tiene por objeto asegurar el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales de los particulares establecidas en la Constitución, leyes y tratados internacionales, condenando acciones de los agresores, bien sean ciudadanos, organizaciones públicas o privadas; tendente únicamente a la constatación de la violación o amenaza de violación del derecho o garantía constitucional, a objeto de que se le restablezca al solicitante el pleno goce y ejercicio de tales derechos sin prejuzgar sobre ninguna otra materia, quedando abiertas a las partes las vías ordinarias para reclamar las indemnizaciones o restituciones a que haya lugar en derecho.

Características De El Amparo Constitucional

Es un medio jurídico que tienen las personas para defenderse de las violaciones a sus derechos y garantías constitucionales Protege la libertad y la seguridad personales contra las decisiones arbitrarias de las autoridades

Será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidades (Art 27 C.R.B.V). Su tramitación debe garantizar la defensa, el debate y la prueba.

Protege Los derechos y garantías que son imprescriptibles e irrenunciables Protege al ciudadano en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales;

El amparo constitucional se caracteriza por la moral y ausencia de formalidades en los procedimientos los derechos y garantías, amparados en el ordenamiento jurídico y en el derecho internacional público son imprescriptibles y irrenunciables, y están regidos por el principio de progresividad,

Naturaleza Jurídica De El Amparo Constitucional

En materia administrativa, los recursos se proponen directamente al órgano autor de la decisión o al superior, a objeto de que revisen el acto administrativo y procedan a su anulación o modificación. En materia judicial, los recursos ordinarios como la apelación, consulta, invalidación y de casación, persiguen que el Juez anule, revoque o modifique la sentencia, providencia, orden o resolución dictada por otro órgano judicial.

El amparo persigue la inmediata restitución de los derechos y garantías constitucionales violados o amenazados de violación por el acto, hecho u omisión proveniente de un órgano del Estado o de un particular. La sentencia de amparo no es declarativa, pues la sentencia de este tipo se agota con la sola declaración de la existencia o inexistencia del derecho,

El amparo es una sentencia cautelar, en la medida en que no prejuzgan sobre la juridicidad del acto causante del agravio ni se pronuncian en torno a la validez o nulidad, sino únicamente en cuanto a que el hecho, acto u omisión configuran la violación o amenaza de violación de los derechos y garantías constitucionales del solicitante del amparo.

Su naturaleza se consigue en restablecedor de inmediato la situación jurídica infringida, en forma inmediata, porque, aunque existen otras vías, éstas no son de restablecimiento inmediato, y el propósito de declarar con lugar una acción de amparo, esta debe tener efecto inmediato y extraordinario.

Fundamentación Legal De El Amparo Constitucional

El artículo 27 de nuestra Constitución, reza que toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales. Ese mismo sentido está establecido en el artículo 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el cual señala que toda persona puede solicitar ante los tribunales el amparo previsto en el artículo 49 de la Cata Magna, con el propósito de que se reestablezca inmediatamente la situación jurídica infringida.

Es así como para la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el amparo constitucional es un recurso tendente a la protección del goce y ejercicio de los derechos fundamentales del ciudadano, en la cual se enjuician las actuaciones de los órganos del Poder Público que hayan podido lesionar tales derechos fundamentales, aclarando la referida Sala Constitucional que:

No se trata de una nueva instancia judicial, ni de la sustitución de medios ordinarios para la tutela de derechos o intereses; se trata simplemente de la reafirmación de los valores constitucionales, en la cual el juez debe pronunciarse acerca del contenido o aplicación de las normas que desarrollan tales derechos, revisar su interpretación o establecer si los hechos de los que se deducen las violaciones invocadas constituyen o no una violación directa de la Constitución.

Un Amparo Constitucional Procede

Cuando las normas o los funcionarios actúan contra los derechos de los ciudadanos ;un amparo pueden solicitarse contra actos administrativos de efectos generales o de efectos particulares; contra sentencias y resoluciones emanadas de los órganos jurisdiccionales; contra actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones de las autoridades o particulares, que violen o amenacen violar un derecho constitucional, cuando no exista un medio procesal breve, sumario y eficaz acorde con la protección constitucional.

Procedimiento De El Amparo Constitucional

La garantía del debido proceso persigue que los derechos que poseen las partes dentro del proceso permanezcan incólumes sin que los mismos se vean limitados o restringidos de manera tal, que impida el ejercicio pleno v efectivo de otros derecho relevantes dentro del proceso, que menoscaben las garantías que el mismo debe ofrecer.

Por otra parte, todo proceso jurisdiccional contencioso debe ceñirse al artículo 49 de la Constitución, que impone el debido proceso, el cual, como lo señala dicho artículo, se aplicará sin discriminación a todas las actuaciones judiciales por lo que los elementos que conforman dicho proceso deben estar presentes en el procedimiento de amparo, y, por lo tanto; las normas procesales contenidas en la Ley Orgánica de Amparo deben igualmente adecuarse a las prescripciones del citado artículo 49.

En consecuencia, el agraviante, tiene derecho a que se le oiga a fin de defenderse, lo que involucra que se le notifique efectivamente de la solicitud de amparo; de disponer del tiempo, así sea breve, para preparar su defensa; de la posibilidad, que tienen todas las partes, de contradecir y controlar los medios de prueba ofrecidos por el promovente, y por esto, el procedimiento del recurso de amparo deberá contener los elementos que conforman el debido proceso

Competencia De El Amparo

El artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, establece que son competentes para conocer del recurso de amparo, los Tribunales de Primera Instancia que lo sean en la materia afín con la naturaleza del derecho o garantía constitucionales violados o amenazados de violación, en la jurisdicción correspondiente al lugar donde ocurrieren los hechos, actos u omisión que motivara la solicitud de amparo.

En caso de duda se observarán en lo pertinente, las normas sobre competencias en razón de la materia. La disposición fija dos reglas fundamentales para establecer la competencia en materia de amparo:

1. Competencia en razón del territorio, determinada por el lugar donde ocurra el hecho, acto u omisión que motivare la solicitud de amparo.

2. Competencia por razón de la materia. Son competentes para conocer del recurso de amparo los Tribunales de Primera Instancia que lo sean en la materia a fin con la naturaleza del derecho o de la garantía constitucional violado o amenazado de violación.

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