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Contrato Social


Enviado por   •  17 de Abril de 2015  •  2.967 Palabras (12 Páginas)  •  208 Visitas

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“EL CHAMIZAL”

Entre 1852 y 1864 se presentaron lluvias torrenciales en la región que provocaron inundaciones y que el cauce del Río Bravo se desplazara lenta y gradualmente al sur.

Como resultado, la zona de 243 hectáreas conocida como El Chamizal, quedó en la parte norte del río y de facto pasó a jurisdicción de los Estados Unidos.

Años atrás, al perder México la guerra contra Estados Unidos y con ello más de la mitad de su territorio, en el Tratado de Guadalupe-Hidalgo –que puso fin al conflicto bélico– se establecía que la frontera entre ambos países, en particular con el estado de Texas, sería el Río Bravo.

El conflicto diplomático entre México y Estados Unidos por los terrenos de El Chamizal se prolongó por espacio de un siglo; fue iniciado durante la estancia del presidente Benito Juárez en Paso del Norte.

La disputa entre ambos países por el Chamizal, concluyó el 14 de enero de 1964 al entrar en vigor la Convención firmada por los presidentes de México, Adolfo López Mateos, y el de Estados Unidos, John F. Kennedy, pero no sería hasta el 28 de octubre de 1967 cuando los presidentes Gustavo Díaz Ordaz y Lyndon B. Johnson se reunieron en Ciudad Juárez sobre la nueva línea divisoria para efectuar la ceremonia de transferencia física de ese territorio a los mexicanos.

México recibiría 333 hectáreas de territorio que serían forestadas para convertirlas en el parque El Chamizal que hoy disfrutan miles de fronterizos.

Benito Juárez reclama El Chamizal

Tal vez México no hubiera reclamado nada a los Estados Unidos si el presidente Benito Juárez no hubiera llegado a El Paso del Norte durante la intervención francesa, refiere el historiador Martín González de la Vara en su libro dedicado a esta ciudad denominado “Breve Historia de Ciudad Juárez y su región”.

Sin embargo, Juárez decidió reclamar los terrenos por la vía diplomática y el secretario de Relaciones Exteriores, Sebastián Lerdo de Tejada ordenó al embajador de México en Estados Unidos iniciar las gestiones en Washington con ese fin.

El reclamo fue ignorado por el gobierno estadounidense, pero Lerdo de Tejada le daría continuidad cuando él mismo fue presidente de México.

La base del litigio que inició el gobierno mexicano, se sustentó en la afectación que sufrió Pedro Ignacio García y Del Barrio, cuya propiedad formaba parte del polígono de 243 hectáreas.

Los tratados en vigor habían estipulado que el límite fluvial entre las dos naciones sería siempre el que apareciera en los planos levantados por la comisión designada para trazar dichos límites sobre el terreno de conformidad con el Tratado de Paz, Amistad y Límites de 1848. Sin embargo, existía incertidumbre acerca de si el límite internacional, en este caso, era arcifinio (demarcado por elementos naturales como ríos, costas, montañas, etc.) o matemático, definido por rumbo y distancia, azimut, paralelos de latitud, meridianos de longitud o en alguna otra forma de expresión gráfica o numérica.

Se alegaba que si el límite era arcifinio, este sería el Río Bravo cualquiera que fuera su posición, mientras que si fuera matemático, sería el expresado gráficamente en los planos, sin variación posible, criterio que afectó la propiedad de García y del Barrio y otros mexicanos.

Este territorio se encontraba, a principios del siglo XX, al norte del Río Bravo, es decir en su margen izquierda, pero estaba en la margen derecha, o sur del río cuando fue trazada la línea Emory-Salazar (frontera) y pertenecía a México física y jurídicamente al entrar en vigor los tratados de 1848 y 1853 (tras la guerra), sobre lo cual no hubo jamás la menor controversia, refiere la sección mexicana de la CILA.

El nombre de El Chamizal es muy antiguo, pues aparece en el antecedente documental histórico más remoto con que se cuenta, o sea la solicitud de título que sobre la tierra así llamada presentó el colono Ricardo Bruselas en junio de 1818 a las todavía autoridades virreinales de la Nueva España.

En 1884 los dos gobiernos firmaron una convención para resolver el caso donde se concluyó que si el desplazamiento del río era por arcifinio, es decir por el cauce natural, la frontera se movía con el río, pero si era por avulsión o abandono del cauce original, la frontera sería el lecho original.

Esa resolución dio elementos para que México continuara el litigio el cual sería retomado por la sección mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA) creada en 1889. Sin embargo, el comisionado estadounidense Anson Wills no reconocería el motivo del movimiento del cauce y sostuvo que estaba en el lecho natural.

Como no se llegó a ningún acuerdo, ambos países decidieron poner la disputa en arbitraje y nombraron como árbitro al juez de Canadá, Eugene Lafleur quien en 1911, falló a favor de dividir los terrenos en disputa dándole a México más de la mitad de El Chamizal, pero no estableció ninguna línea divisoria.

El río arrebata una herencia

Pedro Ignacio nació el 23 de octubre de 1847 en el Paso del Norte, ocupado entonces por las fuerzas yanquis tras derrotar a milicias mexicanas en la batalla de Temascalitos (diciembre de 1846), durante la guerra de México contra Estados Unidos. Sin embargo, no sería hasta la edad adulta que tomaría conciencia de ese conflicto bélico que le arrebató al país más de la mitad de su territorio.

En 1866, a la edad de 19 años, su tío Antonio del Barrio le entregó una fracción de terreno en la zona del Chamizal, cercana al Río Bravo, por haberlo ordenado así su abuelo Lorenzo del Barrio, en su testamento, y con el tiempo adquirió las tierras adyacentes desarrollando actividades de cultivo.

Sin embargo, los cambios de curso en las aguas del río Bravo provocaron que en 1868 sus terrenos quedaran al norte del lado americano; en sus múltiples reclamos, realizó una petición a la Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites la cual se había establecido desde 1889.

El escrito de reclamación para saber a qué Gobierno debería pagar contribuciones y a cuál pertenecía el Derecho Inmanente, fue firmado por don Pedro el 23 de enero de 1894, registrándose como Caso No. 4 o del Chamizal.

Los alegatos aparecen en la Memoria Documentada del Juicio de Arbitraje del Chamizal, y establecen que dicha reclamación no era del gobierno mexicano sino de un ciudadano mexicano, un particular que demandaba saber a qué

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