ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO DE ASOCIACIÓN


Enviado por   •  16 de Octubre de 2014  •  4.088 Palabras (17 Páginas)  •  170 Visitas

Página 1 de 17

UNIVERSIDAD

DE

GUAYAQUIL

FACULTAD

DE

CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS

HORARIO:

INTENSIVO

MATERIA:

DERECHO DEL TRABAJO 2

TEMA:

Derecho de Organización: Generalidades y Bases Jurídicas

AÑO LECTIVO

2014-2015

SINTESIS

La presente investigación está enfocada en el Derecho de Organización intrínseco del ser humano, y el cual es indispensable para satisfacer sus necesidades y lograr sus objetivos dentro de la sociedad. Así mismo la de explicar de manera sencilla la Libertad de Asociación como principio fundamental dentro de las relaciones laborales y el derecho que tienen tanto trabajadores y empleadores para organizarse y formar asociaciones, sindicatos federaciones de profesionales, etc.; y las garantía de los Derechos de los Trabajadores en el Ecuador, establecidos dentro de la Constitución, Código de Trabajo y de los principios establecidos en los convenios firmados por el Ecuador y la Organización Internacional del Trabajo.

INTRODUCCION

Los derechos laborales constituyen la parte principal en la relación que existe entre trabajadores y empleadores. Dentro de estos derechos se encuentra el Derecho de Organización o Asociación que tienen tanto trabajadores como empleadores.

El Derecho de Asociación, está relacionado al libre albedrío del ser humano, para formar junto con otras personas, un grupo, conglomerado o asociación, ya sea con un fin de relación social, de disfrute, de búsqueda de la defensa de sus derechos o de mayores beneficios.

El hombre, es por naturaleza un ser social, tiende siempre a buscar agruparse, y es en esta agrupación en la que encuentra una identidad o la satisfacción de un anhelo o necesidad. El derecho de asociarse libremente, se constituye pues en un factor importante para su desarrollo en la sociedad.

1. DEFINICIONES DE ORGANIZACIÓN

a.- La organización es innata a la humanidad, nació de la unión de los hombres, ya que se reunían para satisfacer sus necesidades y trabajar en grupo y así lograr sus objetivos. Para lograr estos objetivos cada unidad de la sociedad hacía una acción distinta, pero complementaria de las demás.

b.-La palabra organizar se deriva de la palabra organismo, que es una entidad con las partes de tal manera integradas que su relación con una y otra está gobernada por su relación con el todo .

c.- La organización es la estructura técnica de las relaciones que deben existir entre las funciones, niveles y actividades de los elementos materiales y humanos de un organismo social, con el fin de lograr su máxima eficiencia dentro de los planes y objetivos señalados.

d.- La organización es establecer relaciones efectivas de comportamiento entre las personas de manera que puedan trabajar juntas con eficacia y obtengan satisfacción personal al hacer tareas seleccionadas bajo condiciones ambientales dadas para el propósito de realizar alguna meta u objetivo.

e.- Organización implica una estructura de funciones o puestos intencional y formalizada.

Según la Organización Internacional del Trabajo dentro del Convenio No. 87 sobre la Libertad Sindical, en su artículo 10 expresa que el término organización significa toda organización de trabajadores o de empleadores que tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los trabajadores o de los empleadores.

2.- LIBERTAD DE ASOCIACION

2.1.- Definición

La libertad de asociación consiste en la facultad de las personas para constituir agrupaciones permanentes encaminadas a la consecución de fines específicos. Sus caracteres típicos y constantes son:

1. La participación de varias personas.

2. El fin común de carácter permanente.

3. La creación de un nuevo sujeto de derechos y obligaciones distinto a los asociados.

Los motivos por los cuales las personas se asocian son muy variados: religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquier otra índole.

2.2.- La Organización Internacional de Trabajo (OIT) y la libertad de asociación.

La Organización Internacional de Trabajo establece que la libertad de asociación, la libertad sindical y la libertad de negociación colectiva son derechos fundamentales. Hunden sus raíces en la Constitución de la OIT así como en la Declaración de Filadelfia, anexa a ella. La comunidad internacional reafirmó el valor medular de estos derechos, especialmente en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social celebrada en Copenhague en 1995 y en la Declaración de la OIT de 1998 relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento. Estos derechos hacen posible promover unas condiciones de trabajo decentes y hacerlas realidad.

La Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa, adoptada en 2008, subraya que la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva son particularmente importantes para permitir el logro de todos los objetivos estratégicos de la OIT.

La existencia de organizaciones de trabajadores y de empleadores fuertes e independientes y el efectivo reconocimiento del derecho de negociación colectiva son herramientas esenciales para la gobernanza del mercado laboral. La negociación colectiva es un medio de alcanzar soluciones favorables y productivas en las relaciones entre trabajadores y empleadores que pueden ser conflictivas. Proporciona medios para generar confianza entre las partes

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (28.2 Kb)  
Leer 16 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com