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Deontologia


Enviado por   •  19 de Marzo de 2014  •  1.447 Palabras (6 Páginas)  •  209 Visitas

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Certificación y Recertificación

I.- Certificación

Es el reconocimiento público temporal otorgado por la junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, al profesional Contador Público Colegiado que ha demostrado poseer conocimientos

teóricos y prácticos actualizados medibles de las competencias profesionales establecidas en el artículo 3º de la Ley Nº 28951 “Ley de Actualización de la Ley Nº 13253, de Profesionalización del Contador

Público y creación de los Colegios de Contadores Públicos” para la prestación de servicios profesionales de calidad.

II.- ¿Que significar la Certificación?

Mejora de la calidad profesional del Contador Público.

Generar confianza para los usuarios de los servicios profesionales del Contador.

III.- ¿Quienes pueden certificarse?

Todos los Contadores Públicos Colegiados, que no tengan algún impedimento legal o administrativo institucional para ejercer la profesión podrán certificarse.

IV.- ¿Para obtener la certificación, me exige cumplir cierta

cantidad de años de Colegiado?

No, para obtener la certificación no se exige ninguna cantidad de años de Colegiado, en ese sentido el Profesional Contable que se haya colegiado el mes anterior a la fecha de programación de la Certificación, podrá certificarse.

V.- ¿Cuántos años tiene de vigencia la certificación?

La certificación tiene una vigencia de 04 (cuatro) años contados a partir de la fecha de su otorgamiento, transcurrido los años señalados, se deberá optar por la recertificación.

VI.- ¿Qué es el EUC - Examen Único de Competencias?

Es la evaluación a través de la cual el Contador Público Colegiado demuestra poseer las competencias profesionales que garantizan la prestación de servicios profesionales de calidad, en el indicado examen se deberá obtener una nota mínima de 13 (trece) en el sistema vigesimal.

VII.- ¿Qué es y cómo me preparo para la obtener la recertificación?

La recertificación es el proceso que consiste en la revisión y evaluación de los documentos que acreditan la Actualización Profesional Continua o Permanente del Contador Público Colegiado Certificado, de conformidad con la denominación de las Tablas de Puntaje I, II, III y IV, que forman parte del Reglamento de Certificación y Recertificación.La actualización continua se demuestra con la capacitación que ha obtenido el CPC y lo demuestra documentadamente con las certificaciones y diplomas de conformidad con las Tablas de Puntaje del Reglamento para la Recertificación, la recertificación procederá luego de transcurridos 04 años de haber obtenido la Certificación.

RECERTIFICACIÓN PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO COLEGIADO CERTIFICADO

RECERTIFICACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO COLEGIADO CERTIFICADO

En cumplimiento a la Ley General de Educación del Perú N° 28044, con fecha 19 de mayo del 2006 se promulgo la Ley N° 28740 llamada Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), que norma los procesos de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa, y define la participación del Estado en ellos, regulando su ámbito, organización y funcionamiento.

Los procesos de evaluación para el mejoramiento de la calidad educativa a que se refiere la Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación son:

a.- La Autoevaluación de la gestión pedagógica, institucional y administrativa.

b.- Evaluación externa con fines de acreditación.

c.- Acreditación.

d.- Certificación.- Es el reconocimiento público y temporal de las competencias adquiridas y demostradas por las personas naturales, dentro o fuera de las instituciones educativas para ejercer funciones profesionales o laborales.

La Certificación que es un proceso público y temporal, es otorgada por el Colegio profesional correspondiente, previa autorización del SINEACE.

La Ley N° 28951, llamada Ley de actualización de la ley N° 13253 del Contador Público, en su artículo N° 6 inciso “c” indica, que los Colegios de Contadores Públicos deben organizar y llevar el registro de los miembros de la orden colegiados, por especialidades, para efectos de la Certificación y Recertificación en la forma establecida por el estatuto y el reglamento interno.

CERTIFICACIÓN Y RECERTIFICACIÓN PROFESIONAL.-

Debemos tener presente que a medida que transcurre el tiempo en el ejercicio profesional se produce una brecha entre el conocimiento adquirido en la formación de pre-grado y los conocimientos vigentes actuales, ello debido a que tanto el conocimiento como las técnicas evolucionan, cambian, modifican sus paradigmas y aumentan en complejidad.

En éste sentido se hace indispensable que el profesional se actualice, perfeccione e implemente los avances científicos y tecnológicos mundiales que permitan la constante mejora de su desempeño profesional y por consiguiente la calidad de sus servicios.

No sólo es necesario el conocimiento para un desempeño profesional eficiente, se requiere desarrollar además valores y habilidades que permitan hacer eficaz el conocimiento.

Estos tres elementos (conocimiento, valores, habilidades) en su conjunto conforman las competencias profesionales que deben ser validadas tanto a nivel Nacional como Internacional

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