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Derecho Ambiental


Enviado por   •  14 de Junio de 2013  •  1.749 Palabras (7 Páginas)  •  383 Visitas

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Caso Práctico Nº1 : Cuestiones prácticas

Teniendo en cuenta el proceso productivo detallado en el anexo, debes identificar los residuos que se generan en la misma y, una vez identificadas, has de determinar la legislación que se le aplica a la empresa.

Te recomendamos hacer una tabla en la que se separe la legislación por materia (residuos, aguas, etc.) y el ámbito de aplicación (autonómica, local y estatal)

1. Identificación de los residuos generados

RESIDUOS

PROCESO DE PULIDO PROCESO DE DESENGRASE PROCESO DE DECAPADO PROCESO DE OXIDACIÓN ANÓDICA

NOMBRE TIPO NOMBRE TIPO NOMBRE TIPO NOMBRE TIPO

Embalajes Residuo Baño agotado Vertido Baño agotado Vertido H2 (Gas) Emisión

Polvo de aluminio Residuo Agua usada Vertido Agua usada Vertido Baño agotado Vertido

Muelas cerámicas usadas Residuo Baño agotado Vertido Agua usada Vertido

Pasta de polvo Residuo Agua usada Vertido

Discos de fieltro usados Residuo

Pasta de pulir Residuo

Discos de franela usados Residuo

2. Legislación aplicada a la empresa según ámbito y materia

1. Legislación Medio Ambiental para ámbito local (ayuntamiento de Madrid)

1.1. Residuos

1.1.1. Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano; ANM 1985\3 del 24/07/1985

1.1.2. Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos; ANM 2009\6 del 27/02/2009

1.2. Vertidos

1.2.1. Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua en la Ciudad de Madrid; ANM 2006/50

1.3. Emisiones

1.3.1. Directiva 96/62/CE, de 27 de septiembre, sobre evaluación y gestión del aire ambiente, y su posterior desarrollo mediante normas específicas para diferentes contaminantes

2. Legislación Medio Ambiental para ámbito de la comunidad(Comunidad de Madrid)

2.1. Residuos

2.1.1. Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid

2.2. Vertidos

2.2.1. Decreto 62/1994, de 16 de junio, por el que se establecen normas complementarias para la caracterización de los vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento

2.2.2. Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento

2.3. Emisiones

2.3.1. Decreto 78/1999 de 27 de mayo, por el que se regula el régimen de Protección contra la Contaminación Acústica de la Comunidad de Madrid. BOCM, 8-6-1999

3. Legislación Medio Ambiental para ámbito Estatal

3.1. Residuos

3.1.1. Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, aprobado mediante Real Decreto 833/1988, de 20 de julio.

3.1.2. Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, que establece los preceptos básicos que rigen la gestión y la producción de todo tipo de residuos

3.2. Vertidos

3.2.1. Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre vertidos líquidos industriales al Sistema Integral de Saneamiento

3.2.2. Orden MAM 85/2008, de 16 de enero, por la que se establecen los criterios técnicos para la valoración de daños al dominio público hidráulico y las normas sobre toma de muestras y análisis de vertidos de aguas residuales

3.2.3. Orden 27 feb.1991 , por la que se establecen normas sobre emisión, objetivos de calidad y métodos de medición de referencia, relativos a determinadas sustancias nocivas o peligrosas contenidas en los vertidos de agua.

3.3. Emisiones

3.3.1. Real Decreto 1073\2002, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire.

3.3.2. Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera

3.3.3. Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire

3.3.4. Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico.

Caso Práctico Nº2 : Preguntas cortas

1. De las siguientes empresas, ¿cuáles están obligadas a hacer la declaración ambiental integrada y por qué?:

• Fábrica de pinturas.

• Coquerías.

• Mataderos con una capacidad de producción de canales de 20 toneladas.

• Instalaciones químicas para la fabricación de biocidas

Para la resolución de este caso se tiene en cuenta la ley 96/2002 relativa a la Prevención y al Control integrados de la Contaminación (IPPC). Según el Anexo 1 (Categorías de actividades industriales contempladas en el artículo 1), están obligadas a hacer la declaración ambiental las coquerías (grupo Instalaciones de combustión) y las instalaciones químicas para la fabricación de biocidas (grupo industria química).

2. ¿Dónde se encuentran los límites de vertido?

Los límites de vertido viene indicado en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

3. ¿A qué se denomina “actividad potencialmente contaminadora”?

Existen varias definiciones, pero la más exacta se da en el Anexo II del Decreto 833/1975, en donde Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera, se entiende como tales aquellas que por su propia naturaleza pueden constituir un foco de contaminación atmosférica. Estas actividades son clasificadas en tres grupos A, B y C en función de su mayor o menor potencial de contaminación de la atmósfera.

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