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Derecho Del Trabajo Caso

Gregor333 de Abril de 2014

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TEMA 1: CASO PRÁCTICO SOBRE LA EXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL

Informa sobre las notas que distinguen a un trabajador con relación laboral, teniendo en cuenta la relación contractual que presenta el supuesto [Vid. Estatuto de los Trabajadores, RDL 1/1995, de 24 de marzo].

Una relación laboral es aquella relación contractual entre una empresa o persona llamada empleador y una persona natural llamada trabajador o empleado, relación mediante la cual el trabajador pone a disposición del empleador su capacidad física e intelectual para desarrollar una actividad determinada.

"Artículo 1. Ámbito de aplicación.

1. La presente ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario".

Para distinguir un trabajador con relación laboral se debe tomar en cuenta los 5 criterios siguientes:

- Carácter Personal de la prestación de servicio: El contrato se hace con una persona física. No se hace con una persona jurídica

- Carácter voluntario: el trabajador contrata su servicio de forma libre

- Trabajo por cuenta ajena: el trabajador permanece ajeno a los resultados de su trabajo, al riesgo del negocio y de los medios de producción

- Carácter de dependencia/ subordinación jurídica: El trabajo debe ser bajo la dirección de otra persona, física o jurídica

- Carácter retribuido: la prestación del servicio debe estar retribuida

Si falta uno de estos elementos no se puede hablar de relación laboral.

En este caso vamos a ver si el trabajo de D. Santiago Romero respecta todos los criterios.

Sobre el carácter personal sabemos que Santiago Romero “prestaba sus servicios profesionales de odontólogo.” El contrato se hace con una persona física.

No tenemos muchas informaciones sobre el carácter voluntario pero podemos considerar que D. Santiago Romero contrata su servicio de manera libre dado que el centro no le obliga a trabajar: “El centro médico le propuso suscribir un contrato”.

TEMA 2: CASO PRÁCTICO SOBRE EL SISTEMA DE FUENTES

Determina la relación que se establece entre cada una de las cláusulas de convenio colectivo y la regulación legal: relación de complementariedad, supletoriedad, remisión, suplementariedad, etc, (Vid. el decreto del SMI 2011, reglas estatutarias relativas a la jornada y al régimen de vacaciones: arts. 34 a 38 ET, salario: arts. 26 a 31 ET y 14 ET relativo al período de prueba).

La relación entre Ley y convenio colectivo puede ser de tres tipos: complementariedad, suplementariedad y supletoriedad.

- Complementariedad: la Ley remite al convenio la regulación de una materia o de determinados aspectos de la misma.

- Suplementariedad: implica una regulación legal de mínimos, susceptible de ser mejorada por convenio colectivo.

- Supletoriedad: la regulación legal no actúa como mínimo, sino como norma aplicable exclusivamente en defecto de regulación distinta establecida en convenio.

a) Salario diario para los capataces, oficiales y peones de 33, 25 y 20 euros, respectivamente.= COMPLEMENTARIEDAD

b) Jornada de trabajo semanal de 42 horas, repartiéndose a razón de 7 horas diarias de lunes a sábado= SUPLEMENTARIEDAD

c) Un horario de trabajo uniforme para todos los empleados, por las mañanas de 8 a 15 horas; a tenor de ello, el convenio suprime el régimen de flexibilidad horaria del que disfrutaban hasta ahora los trabajadores desde hace más de quince años, que resultaba especialmente interesante para los trabajadores con responsabilidades familiares. =

d) Vacaciones anuales de seis

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