Derecho Privado
18 de Diciembre de 2012
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Derecho privado
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El Derecho privado es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares. También se rigen por el Derecho privado las relaciones entre particulares y el Estado cuando éste actúa como un particular, sin ejercer potestad pública alguna (es, por ejemplo, el caso de las sociedades o empresas con personalidad jurídica propia creadas según las normas de Derecho mercantil y en las que el Estado o sus organismos autónomos ostenten un poder decisorio).
El Derecho privado se suele contraponer al Derecho público, que es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos y de los poderes públicos entre sí.
Índice
[ocultar] 1 Antecedentes históricos
2 Principios de Derecho privado 2.1 Autonomía de la voluntad
2.2 Principio de igualdad
3 Diferencias Derecho privado y Derecho público
4 Véase también
5 Enlaces externos
[editar] Antecedentes históricos
La clasificación entre Derecho público y privado se remonta a la antigua Roma, pero está hoy en día en declive: muchas técnicas y relaciones típicas del Derecho privado las encontramos en el ámbito de las relaciones con y entre los poderes públicos, y a la inversa, aspectos que usualmente se han dado en el campo del Derecho público aparecen adornando relaciones de Derecho privado. Por ello esta división ha sido ampliamente criticada y en la actualidad no tiene tanta fuerza.
También contribuye a esta situación la continua tendencia de la Administración pública de simplificar su funcionamiento acudiendo al Derecho privado, mediante la externalización de algunas de sus actividades en sociedades sujetas al Derecho privado.
En cualquier caso, aún se sigue utilizando y los máximos exponentes de cada una de estas ramas son:
Derecho privado: Derecho civil y Derecho mercantil.
Derecho público: Derecho constitucional, Derecho administrativo, Derecho penal, Derecho tributario y Derecho procesal.
Sin embargo, uno de los casos típicos en donde la diferencias entre Derecho público y Derecho privado no son tan evidentes es el Derecho laboral, en el que la relación privada entre trabajador y empleador se halla fuertemente intervenida por una normativa pública. Lo mismo se ha señalado respecto del Derecho de familia, donde la autonomía de la voluntad se ve reducida y existen importantes normas de orden público.
[editar] Principios de Derecho privado
Los principios de Derecho privado se suelen contraponer con los principios de legalidad y la potestad de imperio del Derecho público.
En su esencia, el Derecho privado goza de los siguientes principios fundamentales:
[editar] Autonomía de la voluntad
Artículo principal: Autonomía de la voluntad.
En la persecución de sus propios intereses, las personas se relacionan entre sí mediante actos fundamentados en sus propias voluntades. La voluntad libre de vicios, dolor, coacción o engaño de personas con capacidad legal para realizar negocios jurídicos es suficiente para efectuar actos con efectos jurídicos.
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