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EL PARLAMENTO EN LOS REGÍMENES POLÍTICOS


Enviado por   •  10 de Junio de 2015  •  Tesis  •  4.217 Palabras (17 Páginas)  •  629 Visitas

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TEMA IV

EL PARLAMENTO EN LOS REGÍMENES POLÍTICOS

4.1 ANTECEDENTES DEL RÉGIMEN DE GOBIERNO.

A lo largo de la historia del ser humano podemos encontrar numerosos tipos de regímenes políticos que variarán especialmente en lo que hace al acceso al poder como asimismo al ejercicio de él. En este sentido, son regímenes característicos desde la Antigüedad hasta la Modernidad los regímenes de tipo oligárquico, monárquico, aristocrático y plutocrático. En el caso de la Antigua Grecia también podemos encontrar el sistema democrático, pero más como una excepción a la regla.

Por el contrario, en la actualidad los regímenes democráticos han sido ampliamente difundidos por el planeta aunque mantienen de todos modos características especiales en cada región. Estos pueden ser básicamente presidencialistas o parlamentarios de acuerdo al poder que ejerza funciones centrales en el gobierno. Al mismo tiempo, todavía en la actualidad existen regímenes monárquicos (en algunos casos, monarquías parlamentarias como en el caso de España, Canadá, Australia o Inglaterra), así como también regímenes de tipo dictatorial y unipartidistas en los cuales las prácticas son nulas.

Es común en la historia política de cada país ver alteraciones entre diferentes tipos de regímenes que varían de acuerdo a la época, a las necesidades y preocupaciones más características de cada momento histórico. En este sentido, Estados Unidos es uno de los pocos países que ha podido mantener desde sus inicios el mismo régimen político basado en la democracia representativa y presidencialista. Normalmente, el tipo de régimen elegido por cada país será el que acompañe el nombre oficial de tal región, por ejemplo cuando hablamos de la República Bolivariana de Venezuela, la Federación Rusa, los Estados Unidos de América o el Reino de España.

No ha habido históricamente acuerdo en la determinación de las diferentes formas de gobierno o de Estado, desde la antigüedad clásica hasta la Edad Contemporánea:

-Platón, la forma perfecta: aristocracia (gobierno de "los mejores" -aristoi-, que para Platón han de ser los filósofos);

las formas degeneradas: timocracia (donde gobiernan los que tienen "honor" -timé-), plutocracia (donde gobiernan los que tienen "riqueza" -ploutos-oclocracia (donde gobierna la "muchedumbre" -oclos-) y tiranía (donde gobierna un "usurpador" -tyrannos-).

-Aristóteles, que utiliza un doble criterio, numérico (atendiendo al número de personas que ejercen el poder) y cualitativo (atendiendo al bien público):

Formas puras o perfectas: monarquía, aristocracia y democracia;

Formas impuras o corruptas: respectivamente degeneradas de las perfectas: tiranía, oligarquía y demagogia.

-Polibio define la forma de gobierno mixto o gobierno constitucional que combina las tres formas puras aristotélicas en un sistema de equilibrio de poderes, y que estarían representadas en las instituciones romanas: los cónsules, el Senado y los comicios. La ruptura del equilibrio hace caer en la sedición o la tiranía. Esta definición sería seguida por el pensamiento político medieval y de comienzos de la Edad Moderna

-Maquiavelo, en El Príncipe (1513), sólo reconoce dos formas: todos los Estados o son Repúblicas o son Principados; pero también utilizó la historia de la Roma antigua para recomendar un gobierno mixto de las tres formas políticas clásicas en su Discurso sobre la Primera Década de Tito Livio4

-Montesquieu (Del Espíritu de las Leyes, 1748) modifica la clasificación aristotélica con la distinción entre monarquía, despotismo y república; y dentro de ésta entre democracia y aristocracia. El gobierno republicano es aquel en que el pueblo, en cuerpo o solo parte de él, ejerce la potestad soberana[...]

el monárquico es aquel en que gobierna uno solo, pero con arreglo a leyes fijas y establecidas[...]

el despótico es aquel en que uno solo, sin ley ni regla, lo dirige todo a voluntad y capricho`[...]

la república en donde[...] el poder soberano está en manos de parte del pueblo[...] tiene una aristocracia[...]

En los Estados populares, es decir, en las repúblicas democráticas, se necesita el resorte de la virtud. La moderación es el alma de los gobiernos aristocráticos; mas entiéndase que me refiero a la que está fundada en la virtud, no a la que nace de la cobardía o pereza del alma[...] En cambio en las monarquías la política produce las mayores cosas con la menor virtud posible.

-Rousseau distingue democracia, aristocracia y monarquía, como Aristóteles, pero sentencia que se confunden en su ejercicio.

-Kant distingue más bien entre formas de soberanía, ya en el contexto histórico de la Revolución francesa.

-El pensamiento político marxista se centra en el componente de la clase social del Estado como superestructura jurídico política que justifica y asegura la posición de las clases dominantes y las relaciones sociales de cada modo de producción (esclavista, feudal, capitalista). En la época contemporánea habría formas de estado democrático-burgués y distintas formas de estado autoritario o dictatorial, como las dictaduras fascistas. Como forma de transición hacia una teórica sociedad comunista (sin clases) se postula la existencia de la dictadura del proletariado.

-Hannah Arendt introdujo la oposición entre totalitarismo y pluralismo.

-Juan José Linz distinguió, dentro de las formas de gobierno dictatoriales o no democráticas, entre autoritarismo y totalitarismo.

4.2 CONCEPTO DE RÉGIMEN POLÍTICO.

Forma de gobierno, forma política, forma política del Estado, régimen político, régimen de gobierno, sistema de gobierno, modelo de gobierno o modelo político son algunas de las diversas maneras de nombrar un concepto esencial de la ciencia política y la teoría del estado o derecho constitucional. Hace referencia al modelo de organización del poder constitucional que adopta un Estado en función de la relación existente entre los distintos poderes. Es la manera en la que se estructura el poder político para ejercer su autoridad en el Estado, coordinando todas las instituciones que lo forman, hace que cada forma de gobierno precise de unos mecanismos de regulación que le son característicos. Estos modelos políticos varían de un estado a otro y de una época histórica a otra. Su formulación se suele justificar aludiendo a muy diferentes causas: estructurales o idiosincráticas (imperativos territoriales, históricos, culturales, religiosos, etc.) o coyunturales (períodos de crisis económica, catástrofes, guerras, peligros o "emergencias" de muy distinta naturaleza, vacíos de poder, falta de consenso o de liderazgo, etc.); pero siempre como plasmación política de un proyecto ideológico.

Aclarando el concepto de régimen político, podríamos decir que un régimen es un sistema que posibilita establecer y regular el funcionamiento de algo. La política, por su parte, es la gestión de los asuntos públicos y la toma de decisiones orientada de manera ideológica.

Se conoce como régimen político, por lo tanto, al conjunto de instituciones y leyes que permiten la organización del estado y el ejercicio del poder. A través del régimen político se determina la vía de acceso al gobierno y la forma en la cual las autoridades pueden hacer uso de sus facultades.

Existen varios conceptos que se confunden con la idea de régimen político. El régimen de gobierno, por ejemplo, se refiere a cómo se vinculan los distintos poderes del Estado (régimen presidencialista, régimen parlamentario, etc.). La forma de Estado, por su parte, indica cómo se articulan el poder, la población y el territorio.

Con el régimen político se produce una situación paradójica. El régimen emana de la voluntad de la gente, que determina las características del régimen político. Pero, de manera simultánea, la propia estructura de este régimen termina condicionando la voluntad de la población.

Existen diversos tipos de regímenes políticos. Muchos teóricos distinguen entre la democracia, la monarquía y la aristocracia. Otra clasificación posible diferencia entre los regímenes con un único partido y los regímenes pluralistas.

Hay quienes creen que un régimen político puede corromperse y derivar en algo diferente, aún cuando mantenga sus instituciones y sus formas. La democracia, en este sentido, podría derivar en demagogia, mientras que la monarquía podría constituirse como una tiranía.

4.3 REGÍMENES POLÍTICOS MONOCRÁTICOS.

Es un sistema de gobierno en el cual el titular de la soberanía es un único individuo. Es el jefe único quien expresa la voluntad definitiva del Estado. Es ayudado por funcionarios en las labores del gobierno, pero jurídicamente están subordinados a su voluntad. De la Antigüedad clásica, datan las tres formas clásicas de gobierno monocrático, que se han erigido en modelos teóricos y exponentes de esta forma de gobierno. Así, tenemos formas de gobierno que surgen dadas las circunstancias históricas y políticas; muchas de ellas, actualmente persistentes, bajo la forma teórica en que se exponen a continuación, o bien, atenuadas por el orden jurídico-político, e incluso, combinadas con otras formas gubernamentales, como en el caso de un sistema gubernamental mixto.

4.4 REGÍMENES POLÍTICOS PARLAMENTARIOS.

Definición y origen de régimen político parlamentario.

El régimen parlamentario (parlamentarismo) es un sistema de gobierno que presenta un poder ejecutivo en el que están diferenciadas las figuras de Jefe del Estado (Monarca o Presidente) y Jefe del Gobierno (Primer Ministro, etc.) que es quien dirige el Gabinete o Consejo de Ministros, y es responsable ante el Parlamento de la gestión política ejecutiva.

Es posible afirmar que salvo la excepción constituida por la Unión Americana, los estados de mayor desarrollo económico, tecnológico y sobre todo político del mundo contemporáneo, se gobiernan a través de regímenes parlamentarios – o de asamblea. En esta situación se encuentran los países de Europa occidental, Australia, Canadá, Israel, Japón y Nueva Zelanda.

En este sistema, la figura política protagónica es la del Primer Ministro, mientras que el Jefe de Estado queda un poco al margen de los avatares de la política cotidiana y cumple normalmente una función simbólica de los valores permanentes del Estado, en una instancia que está por encima de las banderías políticas. En momentos de crisis, en cambio, suele cobrar mucho relieve político su figura, en cuanto aparece como restaurador del orden político fundamental.

Conforme a un rigor lógico, el régimen parlamentario se diferencia de otras formas de gobierno merced a una serie de peculiaridades orgánicas y funcionales, tales como la membrecía simultánea de los parlamentarios en la asamblea y en el gabinete; la gobernabilidad por mayoría; el liderazgo del primer ministro; la permanencia en el gabinete a partir del apoyo parlamentario; la unicidad en la ejecución de las decisiones políticas y el control recíproco. El control político entre las dos entidades parlamentarias es el elemento predominante distintivo del sistema parlamentario, pues es la atribución recíproca que con mayor energía condiciona la política tanto del gabinete como del parlamento.

La igualdad entre el Ejecutivo y el Legislativo, la colaboración entre los dos poderes y la existencia de medios de acción recíproca de cada uno de los poderes sobre el otro, han sido considerados como principios que nutren al sistema. Para otros, el concepto más importante del sistema parlamentario, es la diferenciación entre los jefes del Estado y del gobierno, pues con ello el primero puede permanecer vitaliciamente, si es un rey, o por un periodo suficientemente largo, si es un presidente, dotándoles de un carácter inamovible. También se ha considerado como principio fundamental del sistema parlamentario el hecho de que el gobierno se apoye en la confianza de los representantes de elección popular y que sea permanentemente responsable ante el parlamento.

Características.

El sistema parlamentario de gobierno se identifica por los siguientes distintivos:

a) El Jefe del Estado y el parlamento son entidades distintas con injerencia excepcional. El primero puede, previa excitativa del Jefe de Gobierno, disolver a la asamblea; convocar a elecciones o actuar como mediador político entre el gabinete y las cámaras. El parlamento ocasionalmente puede intervenir en asuntos reservados para el Jefe del Estado (renuncia anticipada, etc.). Cabe aclarar que en este sistema podría no existir Jefe del Estado, sin embargo esta última aseveración es puramente teórica, pues no es posible ejemplificarla con algún modelo constitucional vigente en la actualidad. Podría entonces decirse que existe un ejecutivo doble, uno el Jefe del Estado (presidente o rey) y el otro el gabinete encabezado por el primer ministro (Jefe del Gobierno)

b) El parlamento se estructura por dos entidades a saber: el gabinete, órgano colegiado integrado principalmente por miembros del partido mayoritario vencedor,- o eventualmente por una coalición partidista- quien tiene a su cargo el cumplimiento de las misiones administrativas del Estado y actúa como brazo ejecutante de la asamblea ; y la asamblea propiamente dicha, la cual es representante popular y órgano legislativo.

c) El parlamento opera bajo el principio de coalición de funciones. El nacimiento y el desarrollo de las instituciones parlamentarias dependen del delicado equilibrio de fuerzas entre el poder central y los poderes periféricos;

d) Existe un control interorgánico entre la asamblea interparlamentaria y el gabinete, lo que supedita recíprocamente su permanencia. El gabinete debe contar con el apoyo (confianza) del parlamento: por eso, éste puede obligar al gabinete a renunciar dando un voto de desconfianza o presentando una moción de censura. El Ejecutivo puede disolver al parlamento y determinar la necesidad de convocar a elecciones generales para integrarlo nuevamente, de esta manera se compensa la facultad del voto de censura con el derecho de disolución. Así se logra entre ambos órganos una relación de equilibrio.

Tipos de régimen parlamentario

-Régimen parlamentario:

Este régimen pretende lograr que se establezca una colaboración entre el ejecutivo y el legislativo, que el régimen presidencial separa de manera rigurosa.

Aunque el gobierno parlamentario tiene diversas variantes, todas ellas tiene en común ciertos elementos estructurales que precisa señalar: ejecutivo dual o bicéfalo, el gabinete ministerial, el parlamento, la responsabilidad política.

-Régimen presidencial:

El sistema presidencial la separación de poderes está rigurosamente aplicada desde el Angulo teórico, el ejecutivo y el legislativo son independientes, cada uno actúa dentro de la esfera de competencia que le ha sido asignada por la constitución, pero ambos están obligados a cooperar en ciertos puntos estratégicos del proceso político, de ahí que el régimen presidencial este sujeto al principio de la interdependencia por coordinación.

-Formas de estado autoritario:

Bajo este rubro de estado autoritario, entendido en el sentido más amplio, se comprenden formas políticas numerosas y diversas, es tan notable el abanico de variantes que existen al respecto que, para efectos didácticos, se divide esta categoría en regímenes autoritarios tradicionales, regímenes totalitarios y regímenes autoritarios.

-Monarquías parlamentarias:

En las monarquías parlamentarias actuales, el monarca, aun manteniendo su posición como el jefe de estado, tiene poderes muy limitados o meramente simbólicos o ceremoniales. El poder ejecutivo es ejercido en su nombre por el gobierno, dirigido por un jefe de gobierno, primer ministro o presidente del gobierno. Éste es nombrado a través de procedimientos fijados por la ley o la costumbre, que en la práctica significan el nombramiento del líder del partido o coalición con mayor representación en un parlamento o cuerpo legislativo elegido democráticamente en orden hereditario (monarquía hereditaria), aunque en algunos casos se elige, bien por cooptación del propio monarca, bien por un grupo selecto (monarquía electiva -las monarquías de los pueblos germánicos o la primitiva monarquía romana-).

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

AUTOR: Quintana Valtierra Jesús.

LIBRO: Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa en México.

EDITORIAL: Porrúa AÑO: 2006 4.1 AL 4.4 Pág. 1 A LA 71

www.senado.gob.mx www.diputados.gob.mx

INTRODUCCIÓN AL TEMA IV

Los regímenes políticos, son los ámbitos espacio-temporales de carácter político que, en función de los condicionamientos que sufre por su inserción en el sistema global, que determina distintas formas estatales, dotadas de elementos y factores propios que, al mismo tiempo, expresan formas generales de organización de la vida política, configurando una concepción específica de la existencia humana y ciertos modos de ejercicio de la dominación política. En ese orden de ideas los regímenes políticos son responsables en parte de las acciones parlamentarias; ya decíamos anteriormente que el régimen político es una fuente de Derecho Parlamentario, pero además la política y el Derecho del Parlamento no son conceptos iguales, y que quizás se unan al compartir su objeto o fin consistente en buscar la solución de conflictos, pero sin que pase desapercibido que el Derecho Parlamentario, tal y como su nombre lo indica, consiste en una serie de reglas y normas jurídicas que regulan la actividad parlamentaria, normas que en la política no son muy evidentes, de ahí que derive su principal distinción. Ahora bien el régimen de gobierno como hoy lo conocemos tiene sus inicios desde que nuestra Nación adquiere el carácter de independiente, autónomo, libre y soberano, es decir al alcanzar históricamente la independencia mexicana, de entonces, se asientan las bases para obtener y ejercer un sistema político parlamentario, resulta interesante destacar que el sistema parlamentario mexicano, se conoce de esa forma en mucho por la democracia que en él se ejerce, distinto a los países en los que la monarquía constituye su forma de gobierno ya que entonces observaremos un régimen político monárquico. Detenidamente es parte de este temario observar dichos contenidos.

OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA IV

El alumno evaluará por medio de las conclusiones a las que llegué que el Derecho Parlamentario mexicano es parte de un régimen político parlamentario, y que esa aseveración la consigue a través de la democracia de la que nuestro país es parte, logrando entender porque los regímenes políticos son una fuente mucho muy importante e influyente del derecho en lo general y en particular del Derecho Parlamentario, asimismo en el presente tema el estudiante conocerá e investigará los antecedentes que constituyen el régimen de gobierno, distinguiendo entre su historia las decisiones relevantes que influyeron al derecho; podrá también tener conocimiento de los regímenes políticos monárquicos que en muchos países de lleva a cabo, efectuando una comparación entre los regímenes monárquico y la democrático, efectuando sus propias conclusiones al término de este tema.

AUTOEVALUACIÓN TEMA IV

1. ¿Qué es el régimen de gobierno?

2. Cite los antecedentes del régimen de gobierno mexicano.

3. ¿Qué es régimen político?

4. ¿Qué es régimen político monárquico?

5. ¿Qué es monarquía?

6. ¿Qué es régimen político parlamentario?

7. ¿Qué es democracia?

8. Expliqué ¿Cómo influye el régimen político internacional a nuestro país?

9. Expliqué ¿Cómo influye el régimen político internacional, en la creación de leyes mexicanas?

10. Exprese ¿Cómo influye el régimen político nacional, en la creación de leyes mexicanas?

11. Exponga ¿Cuál es la relación entre la política y el Derecho Parlamentario?

43¿Qué es el régimen de gobierno?

Forma de gobierno, forma política, forma política del Estado, régimen político, régimen de gobierno, sistema de gobierno, modelo de gobierno o modelo político son algunas de las diversas maneras de nombrar un concepto esencial de la ciencia política y la teoría del estado o derecho constitucional. Hace referencia al modelo de organización del poder constitucional que adopta un Estado en función de la relación existente entre los distintos poderes. Es la manera en la que se estructura el poder político para ejercer su autoridad en el Estado, coordinando todas las instituciones que lo forman, hace que cada forma de gobierno precise de unos mecanismos de regulación que le son característicos. Estos modelos políticos varían de un estado a otro y de una época histórica a otra. Su formulación se suele justificar aludiendo a muy diferentes causas: estructurales o idiosincráticas (imperativos territoriales, históricos, culturales, religiosos, etc.) o coyunturales (períodos de crisis económica, catástrofes, guerras, peligros o "emergencias" de muy distinta naturaleza, vacíos de poder, falta de consenso o de liderazgo, etc.); pero siempre como plasmación política de un proyecto ideológico.

44. Cite los antecedentes del régimen de gobierno mexicano.

Actualmente, el gobierno de México se encarga de hacer las leyes y vigilar que se cumplan, además de garantizar la libertad y la seguridad de todas las personas que viven su territorio. Pero México no siempre ha tenido la misma forma de gobierno, pues ésta ha cambiado a lo largo de su historia.

En la época prehispánica la forma de gobierno más común era la teocracia militar. Entre los aztecas, el gobernante principal recibía el título de "huey tlatoani" –huey: gran; tlatoani, el que tiene la palabra–, quien tenía amplia autoridad, sobre todo militar. Era apoyado por los tecuhtlatoques (sus consejeros) y el cihuacóatl (encargado de los asuntos religiosos). Al ser conquistado el territorio mexicano, el rey español impuso una nueva forma de gobierno llamada virreinato.

Después de once años de lucha por la independencia (1810-1821), Vicente Guerrero y Agustín de Iturbide (1783-1824) consumaron la independencia a través de la firma del Plan de Iguala o de las Tres Garantías: religión, independencia y unión, que estableció la Junta Provisional gubernativa que elaboró el Acta de Independencia.

Además de todos los problemas que se debían resolver, los mexicanos no lograban ponerse de acuerdo en el tipo de gobierno que establecerían. Algunos querían que se formara una república y otros una monarquía con un noble español al frente, otros deseaban que fuera Iturbide, quien aprovechando esos desacuerdos, hizo que lo coronaran emperador.

La actitud de Iturbide propició que Antonio López de Santa Anna se rebelara y proclamara el Plan de Casa Mata. Después de once meses en el poder, Iturbide renunció. En dicho Plan se proponía establecer una república, sólo que no se determinaba si ésta sería federal o central.

Finalmente, en la Constitución de 1824, México quedó organizado como una república federal. De entonces a la fecha hubo algunos intentos de establecer otros tipos de gobierno como la monarquía y la dictadura; pero el pueblo mexicano luchó para que fuera respetada su decisión de constituirse en una república representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos

45. ¿Qué es régimen político?

Régimen político, en ciencia política, es el nombre que se da al conjunto de instituciones políticas por medio de las cuales un Estado organiza la manera de ejercer el poder sobre la sociedad. Cabe señalar que esta definición también es válida para los gobiernos considerados ilegítimos

46. ¿Qué es régimen político monárquico?

La monarquía es una forma de gobierno de un Estado (aunque en muchas ocasiones es definida como forma de Estado en contraposición a la república) en la que la jefatura del Estado o cargo supremo es:

• Personal, y estrictamente unipersonal (en algunos casos históricos se han dado diarquías, triunviratos, tetrarquías, y en muchas ocasiones se establecen regencias formales en caso de minoría o incapacidad o valimientos informales por propia voluntad).

• Vitalicia (en algunos casos históricos existieron magistraturas temporales con funciones similares, como la dictadura romana, y en muchos casos se produce la abdicación voluntaria o el derrocamiento o destronamiento forzoso, que puede o no ir acompañado del regicidio).

• Designada según un orden hereditario (monarquía hereditaria), aunque en algunos casos se elige, bien por cooptación del propio monarca, bien por un grupo selecto (monarquía electiva).

47. ¿Qué es monarquía?

La monarquía es una forma de gobierno de un Estado (aunque en muchas ocasiones es definida como forma de Estado en contraposición a la república) en la que la jefatura del Estado o cargo supremo es:

• Personal, y estrictamente unipersonal (en algunos casos históricos se han dado diarquías, triunviratos, tetrarquías, y en muchas ocasiones se establecen regencias formales en caso de minoría o incapacidad o valimientos informales por propia voluntad).

• Vitalicia (en algunos casos históricos existieron magistraturas temporales con funciones similares, como la dictadura romana, y en muchos casos se produce la abdicación voluntaria o el derrocamiento o destronamiento forzoso, que puede o no ir acompañado del regicidio).

• Designada según un orden hereditario (monarquía hereditaria), aunque en algunos casos se elige, bien por cooptación del propio monarca, bien por un grupo selecto (monarquía electiva).

48. ¿Qué es régimen político parlamentario?

El Parlamentarismo, también conocido como sistema parlamentario, es un mecanismo en el que la elección del gobierno (poder ejecutivo) emana del parlamento (poder legislativo) y es responsable políticamente ante éste. A esto se le conoce como principio de confianza política, en el sentido de que los poderes legislativo y ejecutivo están estrechamente vinculados, dependiendo el ejecutivo de la confianza del parlamento para subsistir. En sistemas parlamentarios el jefe de estado es diferente que el jefe de gobierno.

49. ¿Qué es democracia?

Democracia es una forma de organización social que atribuye la titularidad del poder al conjunto de la sociedad. En sentido estricto, la democracia es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a sus representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.

50. Expliqué ¿Cómo influye el régimen político internacional a nuestro país?

El régimen político internacional influye de una gran manera en nuestro país, ya que formamos partes de una infinidad de tratados internacionales, entre otros tipos de relaciones que nos sujetan a interactuar con otros estados nación, en el ámbito político, económico, social etc. Un ejemplo de ello es que México cuenta con una red de diez tratados de libre comercio con cuarenta y cinco países, treinta acuerdos para la promoción y protección recíproca de las inversiones y nueve acuerdos de alcance limitado en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

Además, México participa activamente en organismos y foros multilaterales y regionales como la Organización Mundial del Comercio (OMC), el Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y la ALADI. La participación de México en estos últimos organismos mencionados, influye gran parte en su régimen político internacional ya que al pertenecer a estos lleva consigo la intervención y mezcla de la economía de nuestro país con la de otros y viceversa. Este tipo de relaciones de política internacional traen consigo una gran variedad de ventajas pero al igual desventajas, ya que al estar entrelazadas las políticas de los estados miembros o, aun así los terceros, si se llegara a afectar la política interna o internacional de un estado antes mencionado, trae consigo la afectación de la política internacional de los demás estados que se entrelazan con este.

51. Expliqué ¿Cómo influye el régimen político internacional, en la creación de leyes mexicanas?

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52. Exprese ¿Cómo influye el régimen político nacional, en la creación de leyes mexicanas?

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53. Exponga ¿Cuál es la relación entre la política y el Derecho Parlamentario?

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