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ESPECIFICACIONES TECNICAS HSM5

yolty30 de Septiembre de 2014

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INTRODUCCIÓN

1. OBJETO Y ALCANCE

a. Objeto:

El presente manual tiene por objeto establecer normas de carácter técnico básicas para la elaboración de los estudios, diseños técnicos y la construcción de un Hogar Múltiple para el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR I.C.B.F. en diferentes municipios del territorio Colombiano. En ellas se estipulan el alcance de los estudios y diseños, y las características, calidad, tipo, y modo de empleo de los materiales que se usarán en la construcción.

b. Alcance:

La aplicación de este manual es obligatoria para el ejecutor del proyecto.

2. GENERALIDADES

El ejecutor debe tener en cuenta las siguientes normas:

1. Las especificaciones técnicas, planos y anexos que se entregan al Ejecutor se complementan entre sí y tienen por objeto explicar las condiciones y características constructivas relacionadas con el empleo de los materiales como figuran en los planos.

Cualquier detalle, material, actividad que se haya omitido en las especificaciones, en los planos o en ambos, pero que deba formar parte de la construcción, no exime al Ejecutor de su ejecución, ni podrá tomarse como base para reclamaciones o demandas posteriores.

El Ejecutor debe tener en cuenta que el lote en donde se va a desarrollar el proyecto, es en ladera, lo que implica, manejo de taludes, cortes y estructuras de contención. Las anteriores actividades fueron consideradas en el presupuesto y por lo tanto el ejecutor está obligado a ejecutarlas.

2. Si con base a las condiciones de construcción el ejecutor estima conveniente alguna modificación a los planos o especificaciones, debe someter por escrito a consideración de la Interventoría los planos y estudios correspondientes. Si la modificación es aprobada, el ejecutor debe entregar los planos respectivos, al Interventor, sin costo adicional; de ser rechazadas las modificaciones propuestas, el ejecutor se debe sujetar a los planos y especificaciones originales.

En caso de que se efectúen obras sin la respectiva autorización escrita de la Interventoría, éstas serán por cuenta y riesgo del Ejecutor.

3. Será obligación primordial del Ejecutor proyectar los estudios y diseños técnicos (los cuales deben ser aprobados previamente por la interventoría) a partir de los planos, detalles y especificaciones técnicas; y realizar la respectiva construcción. La ejecución de la obra incluye la mano de obra y el suministro de todos los materiales, equipos, transporte y todo lo necesario para su correcta ejecución

Los materiales a emplear y los procedimientos para la ejecución de todas las actividades deben ser aprobados previamente por la INTERVENTORIA.

4. Es obligación del Ejecutor verificar la correspondencia entre los planos, las especificaciones técnicas y la ejecución del proyecto. Cualquier inconsistencia debe ser aclarada en forma previa con la INTERVENTORIA. EL ICBF no se hace responsable por irregularidades presentadas por causa de la omisión a esta norma.

5. Cuando en éstas especificaciones se indique algún equipo o material por su nombre de fábrica, esto se hace con el objeto de establecer un standard de calidad y características, para lo cual el ejecutor puede usar productos equivalentes obteniendo previamente la aprobación de la INTERVENTORIA.

6. Los recibos parciales que por liquidaciones de obra ejecutada se hagan al Ejecutor, no implican aceptación final por parte de la Interventoría; únicamente su aceptación para efecto del pago de cuentas, en virtud de que la obligación del Ejecutor es la de entregar la obra terminada en su totalidad y lista para darla al servicio, de conformidad con las especificaciones técnicas acordadas, los diseños y planos aprobados y dentro de las condiciones estipuladas para su ejecución.

7. El Ejecutor presentara en un informe final de obra que contendrá un manual de mantenimiento de los ítems que la Interventoría determine y los respectivos planos récord de obra Arquitectónica, Estructural y de Instalaciones Hidrosanitarias y Eléctricas.

8. Las especificaciones técnicas para el diseño y construcción de todas y cada una de las obras a realizar por el ejecutor estarán dentro del marco de las normas que regulan la materia y que son aplicables a las obras objeto, las normas ambientales, seguridad industrial, seguridad social, las buenas prácticas de la construcción, los reglamentos y especificaciones de las Empresa de Servicios Públicos y la NSR-98. Lo relacionado a las instalaciones eléctricas de equipos y sus complementarios por las del CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL-ICONTEC 2050. Lo relacionado a las instalaciones hidrosanitarias por la norma ICONTEC - 1500. Norma TIA/EIA 568-A sobre Cableado Estructurado Lo relacionado a las instalaciones interiores de gas por la norma ICONTEC - 2505. Las condensadas en estas especificaciones técnicas y que de ellas se desprendan.

9. El Ejecutor gestionará ante las entidades competentes los permisos y la legalización de las instalaciones provisionales de servicios públicos siendo el responsable por el mantenimiento, la ampliación y los pagos.

3. ALCANCE DE LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS

El ejecutor para la ejecución de los estudios y diseños, deberá tener en cuenta las áreas mínimas de construcción de cada uno de los módulos arquitectónicos, así como las áreas mínimas de circulación cubiertas y no cubiertas, las cuales se pueden detallar en los planos de construcción y en el formulario de presupuesto. Así mismo deberá tener en cuenta los materiales y acabados requeridos para la ejecución del proyecto, los cuales se pueden apreciar en los planos de construcción y el presente anexo.

A continuación se describe el alcance de las actividades a ejecutar por parte del Ejecutor:

3.1 LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO DEL LOTE

Se debe elaborar el levantamiento topográfico detallado del predio en donde se desarrollará las obras de construcción de las edificaciones proyectadas según se indica a continuación:

• Materialización en terreno por lo menos ocho puntos de referencia o mojones para la localización de los ejes planteados, estos amarrados a las placas del IGAC.

• Levantamiento altimétrico: para tal fin el Ejecutor determinará una cuadricula de nivelación debidamente georeferenciada y dibujada en planos. El Ejecutor calculará curvas de nivel cada 50 cm y puntos de nivel cada cinco (5) mts.

• Secciones Transversales. el Ejecutor suministrará por lo menos tres (3) secciones transversales según el criterio del supervisor y por donde lo indique este último.

• Levantamiento de redes: El Ejecutor hará el levantamiento de todas las redes hidráulicas tanto de agua potable como de aguas servidas que afecten el predio, tuberías, cajas, pozos, válvulas, cañuelas, aliviaderos, sumideros, etc, del levantamiento de dichas redes se indicará en los planos: diámetros, pendientes, cotas claves, cotas del terreno, profundidades, sentidos de flujo, flujo transportado (ALL, AN, Combinado) materiales, estado actual de las redes y cualquier otra indicación solicitada por el supervisor.

• El Ejecutor hará el levantamiento de todas las redes eléctricas que afecten el proyecto, tanto aéreas como subterráneas, postes, tuberías, cajas, líneas de alta y media tensión, subestaciones, etc. Del levantamiento de dichas redes se indicará en los planos: diámetros, tipo de luminarias, tipo de material, cotas de las cajas, cotas del terreno, profundidades, tipo de cableado, materiales, estado actual de las redes y cualquier otra indicación solicitada por el supervisor.

• Archivo fotográfico.

• El Ejecutor deberá entregar un archivo fotográfico del área del proyecto mostrando los puntos más importantes del mismo. Mínimo se exigirá 20 fotografías. Deberán ser del tipo magnético o digital.

• En el plano topográfico, se indicará la posición y vistas de cada una de las fotos que se tomen.

• Cuadro de áreas.

• El Ejecutor deberá calcular cada una de las áreas dentro del predio discriminando las áreas duras, en concreto, asfalto o cualquier otro tipo existente.

• En el informe de topografía se hará un diagnostico de estructuras, materiales y estado de los diferentes elementos que hacen parte del predio.

• En la memoria topográfica se deben anexar las carteras topográficas de campo, cálculos de coordenadas y poligonal y los certificados del IGAC, a los cuales se amarra el proyecto.

• El Ejecutor deberá anexar a su informe copia del plano donde se determine el límite del polígono del proyecto.

• Cálculo de áreas verdes y su localización.

3.2 ESTUDIO DE SUELOS

El Ejecutor deberá realizar el estudio de suelos para el proyecto, para investigar y definir las propiedades geomecánicas y de deformabilidad del suelo de fundación, evaluar el estado de interacción suelo-estructura y entregar las recomendaciones para su cimentación. El Ejecutor deberá realizar sondeos, pruebas de campo y laboratorio, análisis geotécnico y recomendaciones.

Antes de iniciar las actividad de exploración, el Ejecutor presentará para aprobación del Interventor el programa de exploración de campo y ensayos de laboratorio, el

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